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Fue aprobada la ordenanza para su funcionamiento

COMISIONES VECINALES

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El concejal de la ciudad de Corrientes Gustavo Valdés informó que en la sesión del Consejo Deliberante del 18 de octubre, fue aprobada la ordenanza municipal que regulará la creación, el funcionamiento y la elección de las autoridades de las Comisiones Vecinales de la ciudad.


A continuación se transcribe el texto completo de la misma. ARTICULO Nº 1: Autorizar en la ciudad de Corrientes, el funcionamiento de entidades o asociaciones de bien público, que con el nombre de COMISIONES VECINALES estarán reconocidas por el Departamento Ejecutivo Municipal y homologadas por el Honorable Concejo Deliberante. ARTICULO Nº 2: Las Comisiones Vecinales, estarán integradas por vecinos con domicilio en el barrio, organizados, elegidos y reconocidos según lo prescripto en la presente ordenanza.- ARTICULO Nº 3: No podrá existir más de una comisión vecinal por barrio. Los límites territoriales de cada barrio, serán los aprobados por la ordenanza del Concejo Deliberante. ARTICULO Nº 4: Las comisiones vecinales tendrán como fines u objetivos generales fundamentalmente los siguientes: a) Representar genuinamente a la comunidad de la extensión territorial delimitada de su barrio, para lograr el bien común. b) Propender a mejorar las condiciones de vida de su comunidad, prescindiendo de cualquier tipo de sectarismo o discriminación y en cumplimiento de lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal en su artículo 110. c) Participar en las decisiones comunitarias ejerciendo la representación pertinente, con otras asociaciones sin fines de lucro. d) Coadyuvar en el control de la prestación de servicios sean estos del orden Nacional, Provincial, Municipal ejercitando cuando correspondiere la defensa de los vecinos. e) Difundir en su comunidad toda información que contribuya eficazmente al logro de lo indicado en este artículo. f) Integrar los organismos de contralor previsto en la Carta Orgánica Municipal y otras que se establezcan mediante ordenanza del Honorable Concejo Deliberante. ARTICULO Nº 5: Para el cumplimiento de los objetivos indicados en el artículo precedente las comisiones vecinales tendrán entre otras las siguientes funciones: a) Fomentar las actividades sociales, culturales y deportivas de los vecinos del barrio, colaborando con la protección de la integridad física y de la integridad de la familia. b) Estimular la participación comunitaria en los asuntos que hagan a los intereses de la comunidad, la conducta solidaria y generosa entre vecinos. c) Solicitar y brindar colaboración a otras entidades de bien público y a fines con la actividad de la comisión vecinal. d) Prestar colaboración con las autoridades Municipales, provinciales o Nacionales, en toda realización de obras que se ejecute o se proyecte ejecutar dentro de los límites territoriales del barrio; como también en las campañas dirigidas u orientadas al bienestar de la población y la preservación de la salud física y espiritual de los vecinos. e) Constituir uniones y/o federaciones para la concreción u obtención de soluciones de problemas estructurales y permitidas por la Carta Orgánica en sus artículos 109°,111° y concordantes. ARTICULO Nº 6: Los requisitos para ser integrante de lista de Comisiones Vecinales será: a) Ser Argentino nativo por opción, naturalizado o extranjero no naturalizado en condiciones de elegir y ser elegido Concejal de la Ciudad de Corrientes conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal en sus artículos N° 18 y 19 y no estar alcanzados por las incompatibilidades establecidas en el art. 21 de la misma. b) Estar incluido en el padrón electoral del barrio y acreditar una residencia efectiva de al menos 2 años, salvo que el barrio sea nuevo o que se trate del primer trámite reconocimiento de Comisión Vecinal en el Municipio. c) Tener como mínimo 18 años de edad. d) Tener documento Nacional de Identidad con domicilio en el barrio. ARTICULO Nº 7: Las Comisiones Vecinales se conformaran de acuerdo con los siguientes cargos: a) Presidente; b) Vicepresidente; c) Secretario; d) Tesorero; e) cinco Vocales titulares; f) cinco Vocales suplentes; g) Revisor de Cuentas Titular; h) Revisor de Cuentas Suplente Tendrán un apoderado titular y un apoderado suplente. En ningún caso se aceptará una lista de candidatos a la comisión vecinal que no contemple al menos los siguientes cargos: a -Presidente; b- Secretario; c- Tesorero; d- Vocal 1º; e- Vocal2º; f- Vocal3º; g- Revisor de Cuentas (titular y suplente) y h- Apoderado titular. Durarán dos (2) años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por una única vez en el cargo. En caso de muerte, renuncia, abandono u otras causas que impidieran el desempeño del cargo de algún miembro, pasará a ocupar dicho cargo vacante el que sigue en el orden en la lista. Los integrantes no podrán percibir retribución de ninguna especie por el ejercicio del cargo. ARTICULO N° 8: El Presidente o en su caso el Vicepresidente en ejercicio, representará a la Comisión Vecinal con los siguientes deberes y atribuciones: Convocar a reunión de la Comisión Vecinal, por lo menos una vez al mes, las que se celebraran válidamente con la presencia de las mitad mas uno de sus miembros. Para las resoluciones que dicten se requerirá el voto de la mayoría de los presentes, salvo los casos de reconsideración que deberán ser aprobado por los dos tercios de los votos. Dirigir los debates de las reuniones de la comisión vecinal. Refrendar conjuntamente con el secretario, el acta de la reunión de la comisión vecinal. Autorizar, una vez aprobado por la Comisión Vecinal con los requisitos establecidos en el inciso 1) la inversión de los recursos propios velando para que estos no sean erogados con un fin distinto a lo prescripto por la presente ordenanza.- Velar por el funcionamiento y desarrollo de la entidad, cumpliendo y haciendo cumplir la Ordenanza de Comisiones Vecinales y su reglamento interno.- Votar en la reunión de la Comisión Vecinal.- Firmar conjuntamente con el Secretario o con el Tesorero, cuando la presente Ordenanza o el Reglamento Interno así lo requieran.- ARTICULO N° 9: El secretario tiene los siguientes deberes y atribuciones: Asistir a las reuniones de la Comisión Vecinal, labrando las actas respectivas en el Libro de Actas, las que firmará con el presidente. Refrendar conjuntamente con el Presidente toda documentación de la Entidad. Preparar la convocatoria a reuniones de la Comisión Vecinal. Llevar el Libro de Actas en legal forma y conjuntamente con el Tesorero, el registro de aportantes voluntarios si los hubiere. Comunicar a los vecinos toda resolución de interés general que adopte la Comisión.- ARTICULO N° 10: El Tesorero es el responsable inmediato de la gestión financiera, siendo sus deberes y atribuciones: Asistir a las reuniones de la Comisión Vecinal. Presentar a la Comisión Vecinal balances, semestrales y elaborar el balance anual general, las cuentas de gastos y recursos e inventario, las que previo dictamen del Revisor de Cuentas, será sometido a consideración y aprobación de la Comisión. Firmar con el presidente, toda la documentación de tesorería, realizando los pagos que resuelva la Comisión Vecinal. Exponer la situación económica en las reuniones de Comisión Vecinal. Preparar los balances y presentarlos ante la Dirección General de Participación y Convivencia Ciudadana. Confeccionar anualmente el inventario de Bienes de la Comisión Vecinal. ARTICULO N° 11: El revisor de cuentas tiene los siguientes deberes y atribuciones: Llevar un exhaustivo control de las tareas contables de la entidad.- Emitir dictamen acerca del balance mensual, trimestral y anual general, de la cuentas de gastos y recursos e inventario, sin el cual estos no podrán ser sometidos a consideración y aprobación de la Comisión Vecinal.- Exigir al Tesorero cuando lo crea conveniente, exponga la situación económica y patrimonial de la entidad en las reuniones de la Comisión Vecinal.- Firmar conjuntamente con el Presidente y Tesorero, todas los balances trimestrales.- El revisor de cuentas participará de las reuniones de la Comisión Vecinal, con voz pero sin voto.- El cargo de Revisor de Cuentas deberá ser desempeñado por el candidato al cargo correspondiente a la lista oficializada que represente a la primera minoría. ARTICULO N° 12: Todos los miembros titulares de la Comisión Vecinal, deberán asistir a las reuniones, con voz y voto, a excepción del Revisor de Cuentas que tendrá voz pero no voto. Deberán cumplir con las tareas que la Comisión Vecinal le encomiende y denunciar ante la misma cualquier irregularidad que observen en el seno de ella. Las reuniones serán públicas. ARTICULO N° 13: El patrimonio de las Comisiones Vecinales estará integrado por los bienes muebles e inmuebles de su propiedad, el aporte voluntario de los vecinos si los hubiere, donaciones, asignaciones, subsidios y subvenciones de los poderes públicos, los recaudado a través de rifas, espectáculos artísticos, deportivos, culturales y todo otro valor que legítimamente ingrese a dicho patrimonio. ARTICULO N° 14: La Comisión Vecinal, podrá fijar una cuota periódica voluntaria que será destinada al cumplimiento de los fines y objetivos establecidos en el Artículo 4 de la presente ordenanza.- ARTICULO N° 15: Los fondos serán depositados en un Banco Oficial de la Ciudad de Corrientes, en Cuenta Corriente o Caja de Ahorro a nombre de la Comisión Vecinal y a la orden conjunta del Presidente y Tesorero. La Dirección General de Participación y Convivencia llevará constancia expresa del movimiento de fondos a través de los libros rubricados por dicha repartición, la que podrá efectuar inspecciones contables periódicas independientes de las efectuadas trimestralmente. La Comisión Vecinal podrá llevar otros libros auxiliares de la labor contable, si así lo estableciera, los que también serán rubricados por dicho organismo.- ARTÍCULO 16: Las Comisiones Vecinales no podrán ceder sus bienes a título gratuito. La enajenación a título oneroso podrá realizarse, previa tasación efectuada por profesional idóneo en la materia, con el voto unánime de la Comisión Vecinal y notificando a la Dirección General de Participación y Convivencia.- ARTICULO 17: En caso de disolución de una Comisión Vecinal, sus bienes pasarán a la Dirección General de Participación y Convivencia, como depositaria, quien los recibirá previo inventario de los mismos, los que serán entregados a la nueva Comisión a constituirse en el Barrio. En caso de disolución definitiva dichos bienes serán entregados a una institución de bien público de la misma jurisdicción territorial, lo que deberá ser dispuesto por resolución fundada del Departamento Ejecutivo Municipal.- ARTICULO Nº 18: Las listas que soliciten participar de las elecciones para constitución de Comisiones Vecinales deberán presentar en la Dirección General de Participación y Convivencia, la siguiente documentación: a) Nota dirigida al Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes solicitando la conformación de la comisión vecinal. b) Fotocopia del documento nacional de identidad de cada uno de los integrantes de la lista. La misma servirán para acreditar que el integrante es mayor de 18 años y los dos años de antigüedad viviendo en el barrio. c) Domicilio de la sede. d) Plan de tareas, programa de acciones, resultados esperados. e) Plano del barrio certificado certificado por el área técnica competente del Municipio. f) Nombrar un apoderado titular y un suplente. De no realizarse esta designación, se tomara al primer candidato de la lista como apoderado titular y al segundo como suplente. g) Aval del 5 % de los vecinos que viven y se encuentran en padrón barrial. ARTICULO N° 19: La publicación de la convocatoria a elecciones de Comisiones Vecinales será efectuada por la Comisión Vecinal cuyo mandato se encuentra vigente en un plazo no menor de a 90 días de antelación a dicho vencimiento. Si no existiere Comisión Vecinal en el Barrio, la convocatoria podrá surgir de un número que no resulte inferior al 20% del padrón del Barrio o por el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección General de Participación y Convivencia cuando no lo hicieren los vecinos. Los gastos de publicación serán soportados por el convocante. ARTICULO N° 20: La convocatoria a elecciones deberá publicarse en un diario local de mayor tirada en la ciudad de Corrientes y otros medios comunicación durante dos (2) días, en el que se indicará claramente: Barrio que se convoca a elecciones, cargos a cubrir, sistema electoral aplicable, cronograma del proceso electoral, lugar, día y hora del acto eleccionario, el que solo podrá ser modificado previa autorización del municipio y notificación a los vecinos del barrio. En el caso de fracasar la convocatoria a elecciones se deberá cumplimentar con la publicación en igual forma, modo y término que se hiciera la convocatoria fracasada.- ARTICULO N° 21: Deberán confeccionarse dos padrones por orden alfabético, uno masculino y uno femenino, donde se asentará: nombre y apellido completo del vecino, su numero de documento nacional de identidad y su domicilio dentro del barrio. Los padrones serán confeccionados por la Dirección de Cómputos a requerimiento de la Dirección General de Participación y Convivencia teniendo como base en padrón electoral general vigente y acotado a los límites del barrio que se convoca a elecciones. El control de la confección estará a cargo de la mencionada Dirección. Cuando por razones técnicas el padrón no pudiera ser confeccionado por la Dirección de Cómputos podrá ser confeccionado por la autoridad de aplicación de la presente ordenanza, lo que una vez aprobado por la Junta electoral servirá de base de datos para los futuros actos eleccionarios. Los padrones provisorios serán puestos en exhibición hasta 60 (sesenta) días antes de las elecciones y por diez (10) días para conocimiento de los vecinos en la sede de la comisión vecinal, en la Dirección General de Participación y Convivencia, y en toda dependencia municipal que se encuentre ubicada en dicho barrio. En los barrios donde no se tenga dependencia municipal que se encuentre ubicada en dicho barrio. En los barrios donde no se tenga dependencia municipal, previa autorización, podrá ser exhibido en cualquier repartición provincial y/o nacional en dicho barrio y en ausencia de estas, en la repartición municipal más cercana.- Los vecinos que por cualquier causa no figuren en los padrones o estuvieran inscriptos erróneamente tendrán derecho a reclamar por escrito ante la Junta Electoral Municipal durante un plazo perentorio de 5 (cinco) días. Son causas de impugnación las establecidas en el Código Electoral Nacional. Las impugnaciones serán resueltas por la Junta Electoral Municipal dentro del término de 5 (cinco) días siguientes al reclamo. ARTICULO N° 22: Durante la exhibición de los padrones provisionales y hasta 10 (diez) días después podrá presentarse listas de candidatos para conformar Comisiones Vecinales. ARTICULO N° 23: Vencidos los términos para impugnación y resolución respectiva, si hubieran, se depurará el padrón en un plazo de 5 (cinco) días. Los padrones depurados constituirán el padrón electoral definitivo, que tendrá que hallarse impreso 30 (treinta) días antes de la fecha de elección y ser entregados para su exhibición en los lugares donde se exhibieron los provisionales. ARTICULO N° 24: La Dirección General de Participación y Convivencia será el órgano de aplicación de la presente ordenanza. A tal efecto deberá: a) Llevar un registro actualizado de los barrios de la Ciudad, determinando los que cuenten con Comisiones Vecinales constituídas, fecha de constitución, finalización del mandato, debiendo notificarles por lo menos con 90 (noventa) días de antelación al vencimiento de su mandato a los efectos de la convocatoria pertinente. b) Efectuar el control de la documentación exigida por esta Ordenanza a las listas presentadas de los barrios e iniciar el expediente administrativo correspondiente, a través del Departamento de Mesa de Entradas y Salidas del Departamento Ejecutivo Municipal. c) Cumplir con lo exigido en los artículos 20 y 21 de la presente Ordenanza. d) Requerir al área competente de la designación de los funcionarios que conformarán la Junta Electoral conforme al artículo 27º. e) Realizar cuanto mas trámites y/o gestiones fueren necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en los incisos anteriores. ARTICULO N° 25: Las Comisiones Vecinales electas deberán llevar como mínimo un libro de actas, un libro de caja, un libro de inventario de bienes y uno de registro de aportantes si lo tuviere, los que serán provistos foliados y rubricados por el órgano de aplicación. A tal efecto el órgano de aplicación podrá solicitar la colaboración de organismos técnicos municipales para su mejor controlador. ARTICULO N° 26: La Junta Electoral Municipal se constituirá y comenzará su tarea inmediatamente. Al conformarse se dirigirán a la Departamento Ejecutivo Municipal solicitando se dispongan las dependencias necesarias para cumplir sus funciones. ARTICULO N° 27: La Junta Electoral Municipal se formará por 3 (tres) funcionarios designados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y tres suplentes, de los cuales uno de ellos será el Presidente. En caso de ausencia, excusación o impedimento de algunos de los miembros será constituido por el subrogante legal respectivo. ARTICULO N° 28: Las resoluciones que dicte la Junta Electoral serán inapelables, con excepción de las referidas al comicio, escrutinio provisorio o definitivo, siendo recurribles ante el Departamento Ejecutivo Municipal, dentro del término de tres (3) días perentorios, contados a partir de la notificación que al respecto emita la junta electoral. El órgano de Alzada deberá resolver el recurso impetrado, previo dictamen del Servicio Jurídico Permanente, dentro del término de quince (15) días contados a partir de la fecha de que fueren recepcionadas las actuaciones.- En el caso de no resolverlo dentro del término indicado quedara firme lo resuelto por la Junta Electoral Municipal. ARTICULO N° 29: Son atribuciones de la Junta Electoral Municipal: a) Aprobar las boletas de sufragio. b) Designar un veedor titular y uno suplente que lo reemplazará en caso de ausencia o impedimento, quien cumplirá la función de fiscalización del acto eleccionario y escrutinio provisorio determinando la forma en el que el designado cumplirá dicha tarea. c) Decidir sobre las impugnaciones, votos recurridos y protestas que se sometan a su consideración. d) Decidir provisoriamente respecto de las causas que a su juicio funde la validez o nulidad de la elección. e) Realizar el escrutinio definitivo y remitir a la Dirección General de Participación y Convivencia lo resuelto quien enviará lo actuado al Departamento Ejecutivo para la confección de la pertinente Resolución y su posterior remisión al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones para su homologación. f) Designar las autoridades de mesas y asignar personal en comisión se servicios para cumplir tareas en la Secretaria Electoral con arreglo a lo dispuesto en la presente ordenanza. g) Arbitrar las medidas de orden, vigilancia y custodia relativa a documentos, urnas, efectos, etcétera. h) Llevar un libro especial de actas en el que se consignaran todo lo actuado en cada elección. ARTICULO N° 30: LAS boletas correspondientes a las listas de candidatos serán identificados únicamente con el número que otorgue la Junta Electoral, lo que servirá de oficialización de listas, llevando impreso los datos y cargos de los postulantes. ARTICULO N° 31: Las listas de candidatos presentadas podrán ser impugnadas asta 2 (dos) días después del plazo estipulado en el artículo 22º de la presente ordenanza. Las impugnaciones serán presentadas por escrito ante la Junta Electoral Municipal, quien resolverá dentro del término de 2 (dos) días. Vencido dicho termino sin que se hubieran objetado la o las listas presentadas o resueltas estas en el plazo antes indicado, la Junta Electoral Municipal, precederá por resolución a oficializar las listas notificándose lo resuelto a las partes. Las listas reconocidas, someterán a la aprobación de la Junta Electoral Municipal el modelo de boletas de sufragio destinados a ser utilizados en los comicios. Los ejemplares de boletas a oficializar se entregarán a la Junta Electoral Municipal adheridas a una hoja de papel oficio y con una nota de presentación debiendo la Junta Electoral Municipal expedirse sobre las mismas, notificándoseles fehacientemente al mismo tiempo y en forma inmediata a los representantes de las respectivas listas. ARTICULO N° 32: La realización de las elecciones se hará en una sola jornada desde las 8,00 hs. hasta las 18 hs. Siendo presidente de mesa el vecino designado por la Dirección General de Participación y Convivencia. Se labrará acta de apertura y acta de cierre del comicio, debiéndose asentar el resultado electoral en las planillas habilitadas al efecto y será suscripta por las autoridades de mesa y los representantes de las listas que fiscalizaron el comicio y luego serán entregadas a la Junta Electoral Municipal.- ARTICULO N° 33: El veedor será designado por la Dirección General de Participación y Convivencia y tendrá como función presenciar el acto comicial desde su apertura hasta el cierre. Asimismo deberá presenciar del escrutinio provisorio de la mesa electoral, realizando un informe respecto al desenvolvimiento del comicio que deberá entregarlo a la mencionada Dirección General. En el caso de presentarse inconvenientes con el desenvolvimiento de las elecciones, deberá dar aviso en forma inmediata tanto a la Junta Electoral Municipal, como al la Dirección General de Participación y Convivencia.- ARTICULO N° 34: Las impugnaciones del acto comicial o del escrutinio provisorio se presentará ante la Junta Electoral Municipal hasta 24 (veinticuatro) horas después del comicio. Quien se expedirá dentro del plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas con notificación a las partes. Las resoluciones de la Junta Electoral Municipal podrán ser apeladas ante la autoridad mencionada en el artículo 28º de la presente ordenanza. ARTICULO N° 35: Solo podrán votar los vecinos desde los 18 (dieciocho) años cumplidos, que no tengan ninguna de las inhabilidades previstas en el Código Electoral Nacional. El voto podrá emitirse previa verificación por las autoridades del acto eleccionario, de los datos de identificación del elector, los que deberán ser concordantes con los obrantes en el padrón, en el que se dejara constancia de que ha sufragado. Para la emisión del voto se utilizara el sobre habilitado por la Junta Electoral Municipal, el que se depositara en la urna habilitada al efecto. El voto será secreto, directo y universal. ARTICULO N° 36: Cumplido con el escrutinio establecido en el artículo 32º la Junta Electoral Municipal, realizará el escrutinio definitivo y proclamará la lista ganadora, si no hubiere impugnación, remitiendo la documentación a la Dirección General de Participación y Convivencia y ésta al Departamento Ejecutivo Municipal, para la confección de la resolución de reconocimiento de la comisión vecinal electa que será enviada al Honorable Concejo Deliberante para su homologación. Luego de los treinta (30) días de haber ingresado la Resolución de homologación sin que el Honorable Concejo Deliberante se expidiere, se considerará homologada. ARTICULO N° 37: El sistema electoral a utilizarse será el de elección de listas, correspondiendo a la mayoría o a la primer minoría dos tercios (2/3) de los cargos a cubrir y el tercio (1/3) restante a la segunda minoría, cuando hubieren mas de dos listas. Corresponde a la mayoría, el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Vocales. A la segunda minoría tres (3) tres Vocales. El Revisor de Cuentas Titular y Suplente, será siempre de la lista ganadora.- ARTICULO N° 38: Solo podrá actuar en representación del barrio ante las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales la comisión que haya sido designada siguiendo el procedimiento establecido en la presente ordenanza. El municipio no reconocerá tal carácter a las que aun contando con personería jurídica, se hayan formado sin observar para su constitución la normativa indicada en la presente ordenanza. ARTICULO N° 39: La Municipalidad de la Ciudad de Corrientes podrá intervenir la Comisión Vecinal cuando se den las causales especificadas en este artículo. Los vecinos tendrán la iniciativa de solicitar la intervención presentando una lista de avales del 25% de electores correspondientes a su padrón y con la pertinente fundamentación. La decisión de intervenir deberá ser dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal con comunicación al Honorable Concejo Deliberante quien podrá rectificar, tal decisión en su carácter de órgano legislativo. Transcurrido un plazo de 30 (treinta) días sin expedirse el Honorable Concejo Deliberante quedará firme. No habrá necesidad de ratificación cuando el Honorable Concejo Deliberante esté en receso y lo hará ad-referéndum. La intervención podrá ser por las siguientes causales: a) Que la comisión directiva no cumpla con los objetivos dispuestos en los artículos 4 y 5º. b) Cuando se produzca un desmembramiento de la comisión directiva de tal magnitud que la Municipalidad estime que no podrá cumplir con su objetivo. c) Cuando exista una inactividad total de la comisión vecinal por un lapso superior a cuatro meses y haya sido probada por el órgano de aplicación. En este último caso se dictara la intervención en forma inmediata y convocara a elecciones siguiendo el procedimiento establecido en la presente ordenanza. d) Que se constate un irregular manejo de los fondos por parte de la comisión vecinal. e) En cualquiera de los casos la intervención no superara el plazo de cuatro meses, finalizando dicho plazo la Municipalidad dará a publicidad los resultados de la intervención. ARTICULO N° 40: Las cuestiones no previstas en la presente ordenanza y que resulte compatibles de acuerdo a la naturaleza del acto serán resueltas por el Código Electoral Nacional y la ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Corrientes, como norma supletoria. ARTICULO N° 41: Derogase la ordenanza 2666 y 2936 y toda otra normativa que se oponga a la presente ordenanza. ARTICULO N° 42: DE FORMA

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Un basural de más de 20 años, transformado en un nuevo paseo de la ciudad

LA MUNICIPALIDAD YA RECUPERÓ 70 ESPACIOS

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Con un mural alusivo a la sustentabilidad, y a través del programa de mitigación de basurales, distintas áreas municipales intervinieron en la emblemática esquina de Exvías y Héroes Civiles. Además de la obra de arte, se realizó el parquizado, mejoramiento de veredas y  el acondicionamiento del lugar con una dársena para estacionamiento. “Esta esquina era un punto problemático por la proliferación de un basural de hace muchos años, y ahora es un hermoso paseo con un enorme mural para que lo disfruten todos nuestros vecinos”, aseguró el intendente Eduardo Tassano.


El intendente Eduardo Tassano inauguró las obras de recuperación de un espacio ubicado en la intersección de las calles Exvías y Héroes Civiles (continuación de La Rioja), lugar en el que históricamente se concentró un basural a cielo abierto. Con esta obra, la Municipalidad logró complementar los trabajos de asfalto ya ejecutados en el barrio San Martín por el Gobierno de la Provincia.

 

La implementación del programa de mitigación de basurales, que ejecuta la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, fue la herramienta  para realizar un cambio sustancial en un espacio que hoy transformó su fisonomía exhibiendo un mural alegórico, obra que fue realizada por el Departamento de Arte Público de la Municipalidad.

 

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En el mismo punto, además, se ejecutaron trabajos para la adecuación del lugar, como una dársena para estacionamiento y las tareas de embellecimiento de las veredas.

 

Con la recuperación de este sitio, el programa que ejecuta el municipio logró sumar el 70º espacio recuperado, que es a su vez el 4º destinado a una expresión artística; en este caso, a través de una obra que cuenta con una extensión de 50 metros de longitud por unos 4,5 de altura.

 

Del acto inaugural participaron, además del intendente Tassano, el ministro de Coordinación y Planificación de la Provincia, Horacio Ortega; la coordinadora provincial del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (Girsu), Andrea Panceri; el viceintendente, Emilio Lanari; los secretarios de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y de Turismo, Cultura y Deportes,  Javier Rodríguez y Juan Esteban Maldonado Yonna; funcionarios de distintas áreas, artistas del Departamento de Arte Público de la Municipalidad y vecinos del barrio San Martín.

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COMPROMISO CON EL AMBIENTE

 

La intersección de las calles Exvías y Héroes Civiles se transformó en un nuevo espacio sustentable de la ciudad, dando muestras de uno de los principales ejes de gestión, según señaló el intendente: “Esta esquina era un punto problemático por la proliferación de un basural. Hace algunas semanas estuvimos en este lugar junto con el gobernador Gustavo Valdés, inaugurando la pavimentación de este tramo de Exvías, y faltaba complementar este espacio con la recuperación que la hicimos con un mural”, indicó Tassano, y agregó que “el trabajo artístico estuvo a cargo de nuestro equipo de Arte Público, representando temas ambientales, desde la  destrucción del ambiente por el hombre, hasta la recuperación y reciclado, pasando por varias etapas”.

 

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El intendente detalló además los trabajos realizados en el lugar, marco en el cual resaltó que “es un mural muy grande en el que se plasmaron diversos temas y desde este momento se va a incorporar a los paseos habituales de la ciudad”, sobre lo cual añadió que “la obra incluyó además la construcción de veredas y un estacionamiento, un trabajo completo para la recuperación del área, así que estamos muy contentos”.

 

Con la erradicación de un basural de 20 años de antigüedad en la ciudad, se ratificaron varios de los ejes de la gestión municipal, además de reflejar el trabajo mancomunado de las distintas áreas. “En este último acto del año queríamos cerrar evidenciando nuestro compromiso con el ambiente y la sustentabilidad, y específicamente en esta recuperación en la que se trabajó en equipo con la intervención de varias áreas del municipio”, señaló Tassano.

 

En ese sentido, agregó que “la obra refleja varios ejes de la gestión municipal: trabajar por una ciudad amigable y sustentable, pero además, logrando un trabajo mancomunado con equipos de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Ambiente y de Cultura”.

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“PRODUCTORA DE NATURALEZA”

 

A su turno, el ministro de Coordinación y Planificación remarcó la necesidad dar continuidad a este tipo de acciones ambientales en una provincia “productora de naturaleza”.

 

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“Esta es una acción más que llevamos a cabo entre los gobiernos de Corrientes y de la ciudad, en este caso, interviniendo con el equipo de Gestión Integral de Residuos de la Provincia, área que está trabajando fuertemente”, sostuvo.

 

Ortega se refirió además a los múltiples beneficios que generan obras como las ejecutadas en la intersección de calles Exvías y Héroes Civiles. “Vemos reflejado hoy los resultados de un espacio recuperado, del mismo modo el desarrollo artístico y del arte urbano que es muy importante para la ciudad, pero sobre todo reflejando el compromiso que se crea a través de este tipo de trabajos con el vecino, logrando justamente que la ciudad sea un lugar amigable y en la que los habitantes tengamos expresiones artísticas que son muy importantes”, indicó el ministro, al tiempo que destacó que “es destacable lo hecho por la gestión del intendente para recuperar este espacio, además de dar sustento a una política de Estado como es el saneamiento del vacío ambiental que hay en toda la provincia, ya que Corrientes es productora de naturaleza”.

 

ARTE Y CONCIENTIZACIÓN

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De igual forma, el viceintendente ponderó la recuperación de un nuevo espacio y transmitió un mensaje de concientización plasmado en la obra artística que se levanta hoy en el lugar: “Toda el área de Exvías era un sector históricamente de acumulación de basura, pero teníamos este punto en la intersección con la calle La Rioja donde la situación era compleja; y gracias al esfuerzo que están haciendo el gobernador Valdés y el intendente Tassano se va viendo una transformación de la ciudad”, consideró Lanari, remarcando además que “en este lugar se hizo un trabajo paulatino, se colocó iluminación, se pavimentó y, por último, se le dio al lugar una impronta artística”.

 

En referencia a la obra realizada por el equipo de Arte Público Municipal, el viceintendente destacó que “el valor de este mural, además de lo artístico, es el mensaje que se busca dar a la sociedad, el daño que se le hace a la madre tierra y de qué forma podemos repararlo”.

 

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POR UNA CIUDAD SUSTENTABLE

 

El secretario de Desarrollo y Ambiente Municipal puso el acento en la sustentabilidad, tanto en el desarrollo del programa como en el objetivo que se persigue para la ciudad: “Es la última intervención que hacemos con el programa de mitigación de basurales en el año, en un lugar paradigmático, ya que esto era tierra de nadie, la basura cortaba prácticamente la calle, pero la intervención, con apoyo de las distintas áreas municipales y de los vecinos, permitió transformar esta cuadra”, señaló Rodríguez.

 

Sobre la obra, el funcionario comunal consideró que “esta recuperación tiene la particularidad de haberse hecho en parte con material reciclado; específicamente el cordón que se construyó fue hecho con materiales que fueron tratados en la planta de transferencia de residuos secos, lo que da muestras de que estamos frente a un programa sustentable y vamos rumbo a una ciudad sustentable”.

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TRABAJO CONJUNTO

 

Por su parte, Juan Esteban Maldonado Yonna hizo hincapié en la posibilidad que brinda el programa de mitigación de basurales a la hora de su ejecución. “El programa viene generando un trabajo en equipo muy fuerte con todas las áreas del municipio, particularmente con esta iniciativa de poner en valor espacios en los que antiguamente proliferaron basurales”, consideró el secretario de Turismo, Cultura y Deportes Municipal.

 

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Luego, agregó que “el programa que encabeza la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable ofrece la posibilidad de que áreas como Cultura puedan hacer su aporte, en este caso, transmitiendo un mensaje sobre el cuidado del ambiente y la concientización”.

 

UNA OBRA, VARIOS MENSAJES

 

Marcelino Gauna, uno de los artistas que intervino en la confección del mural que se erigió en el barrio San Martín, consideró a la obra como un material de concientización sobre el daño que se le hace al medioambiente.

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“El mural lleva un claro mensaje de concientización, detalla algunos factores dañinos contra el planeta. Desforestación, industrias contaminantes, incendios y otras tantas acciones del hombre que son nocivas para el ambiente”, explicó, y seguidamente manifestó que “con la obra pretendemos que los vecinos u ocasionales transeúntes puedan reflexionar sobre la problemática”.

 

UN ESPACIO PARA DISFRUTAR

 

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Marcelo, vecino del barrio San Martín, evidenció su alegría por la nueva imagen que ofrece la intersección de la calles Exvías y Héroes Civiles tras la intervención municipal. “Es destacable el trabajo que hizo el municipio en un lugar donde los vecinos lidiamos con un basural muy grande durante años. Es un cambio es significativo; acá se tiraban desperdicios de todo tipo, y hoy tenemos un espacio que podemos aprovechar y disfrutar”, expresó Marcelo.

 

El vecino del barrio dio relevancia además a lo expuesto en la obra artística instalada en el lugar: “Los mensajes que se reflejan en el mural son muy importantes, promueven el cuidado de los espacios, el reciclado y la protección de los animales”, recalcó.

 

DETALLES DE LA OBRA

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La intervención municipal para la recuperación del espacio ubicado en la intersección de las calles Exvías y Héroes Civiles mantuvo la metodología del programa “mitigación”, dándoles a los vecinos la oportunidad de hacer su aporte para el destino final que se le da al sitio en cuestión.

 

En ese sentido, en este espacio se pintó un mural en el que, artistas de la talla de Daniela Almeida, Marcelino Gauna, Germán de los Reyes, Hugo Gómez y Marcos Kura, plasmaron imágenes referidas a la idiosincrasia correntina, sus costumbres y su historia, pero además elevando un claro  mensaje de concientización sobre la necesidad de cuidar el ambiente.

 

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En lo que hace a la infraestructura, en espacio fue adecuado como dársena para estacionamiento, y se trabajó en la reconstrucción de los cordones con vidrio reciclado. A su vez, el embellecimiento de las veredas se realizó con una ornamentación con plantas y maderas recicladas.

 

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Municipales

Personas mayores de 70 años pueden reactivar su SUBE sólo acercándola a una TAS

REACTIVACIÓN DE TARJETAS

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Teniendo en cuenta la situación de pandemia y con el objetivo de cuidar la salud de las personas mayores de 70 años, la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes implementará -desde el 4 de enero- un sistema para que los mismos tengan que movilizarse lo menos posible para reactivar sus tarjetas SUBE.


El trámite de reactivación de los plásticos para los adultos mayores es muy sencillo y automático: se debe pasar la tarjeta por la Terminales Automáticas de SUBE (TAS) por lo que no es necesario que se acerquen a los puntos de atención. No obstante, en caso de que lo necesiten, se dispuso de un cronograma de atención personalizada para los adultos mayores conforme a la terminación de DNI, para evitar aglomeraciones. El trámite también puede realizarlo un familiar de la persona mayor, con el DNI del interesado y su tarjeta SUBE.

 

“Esto se dará a partir del 4 de enero de 2021 buscando simplificar no sólo el trámite sino para cuidarlos ante esta situación pandémica que se está viviendo, dándole prioridad y seguridad a su salud y brindándoles la posibilidad de que las personas mayores de 70 años puedan enviar también a alguien de su confianza para realizar éste trámite esencial para ellos a la hora de movilizarse por la ciudad”, aseveró el secretario de Movilidad Urbana y Seguridad Ciudadana, Jorge Sladek.

 

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ATENCIÓN SEGÚN TERMINACIÓN DE DNI

Lunes 04/01: 0

Martes 05/01: 1

Miércoles 06/01: 2

Jueves 07/01: 3

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Viernes 08/01: 4

Lunes 11/01: 5

Martes 12/01: 6

Miércoles 13/01: 7

Jueves 14/01: 8

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Viernes 15/01: 9

 

PUNTOS DE ATENCIÓN:

·         Palacio Municipal – 25 de Mayo 1132.

·         COM – Plaza Vera (por Agustín González)

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·         Delegación San Martín- Lavalle al 1200.

·         Delegación Dr. Nicolini- Centro Comercial, local 8.

·         Delegación 17 de Agosto- Av. Cazadores Correntinos 5650.

·         Delegación Molina Punta – Las Margaritas y José Negro

 

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TRÁMITE POR PRIMERA VEZ

Si el trámite es por primera vez, sí es necesario que concurra la persona mayor con su último DNI y una SUBE nueva. Atendiendo al siguiente cronograma, según la terminación de su DNI:

18/01 y 19/01: 0 y 1

20/01 y 21/01: 2 y 3

22/01 y 25/01: 4 y 5

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26/01 y 27/01: 6 y 7

28/01 y 29/01: 8 y 9

 

UBICACIÓN DE LAS TAS (TERMINALES AUTOMÁTICAS SUBE)

Palacio Municipal – 25 de Mayo 1132.

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Delegación Barrio Esperanza – SUM Padre Mujica (calle 7 y Revidatti).

Delegación Barrio Pirayuí Nuevo – Plaza de las 200 Viviendas.

Delegación Barrio Güemes  – Centro Comercial (Las Heras 4450).

Delegación Barrio 17 de Agosto – Av. Cazadores Correntinos 5650.

Delegación Barrio Dr. Montaña – Florencio Varela 516.

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Delegación Barrio Laguna Brava – Ministro Fernández y Mosito Acuña.

Delegación Barrio Molina Punta – Las Margaritas y José Negro.

Delegación Barrio Dr. Nicolini  – Centro Comercial, local 8.

Delegación Barrio Ponce –  Álvarez y Moresi.

Delegación Barrio Quintana – Cangallo entre Ramos Mejía y Sánchez de Bustamante.

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Delegación Barrio Madariaga – Av. Raúl Alfonsín al 3800

Delegación Barrio San Martín –  Mercado Municipal de Productos Frescos (Lavalle al 1200).

Casa del Bicentenario del barrio San Gerónimo (Laprida y Alfonsín).

Terminal de Ómnibus –  Avenida Maipú 2500.

Caja Municipal de Préstamos – Brasil 1279.

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Centro de Operaciones Municipales (Plaza Vera por Agustín González)

CIC Barrio Anahí- Cristo Obrero 360.

CIC Barrio Ciudades Correntinas -Turín y Tupac Amaru.

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Municipales

El intendente Osella inauguro pavimento de calle Cabral en Barrio La Rotonda

PROGRAMA “MITA Y MITA”

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El Intendente Ignacio Osella destacó la importancia del trabajo conjunto y de equipo. Recordó que la obra inaugurada forma parte de un compromiso  asumido en su momento con los vecinos del barrio La Rotonda, quienes también colaboraron a través del programa Mita y mita.


El lunes a la noche, el Intendente Francisco Ignacio Osella inauguró el  tramo de pavimento de la calle Cabral, entre Tucumán y Evaristo López, ubicado en el barrio La Rotonda.

 

En una noche típicamente veraniega se llevó a cabo el acto que estuvo cargado de mensajes de mucha emotividad de parte de los vecinos quienes recalcaron su agradecimiento al gobierno municipal y a todos quienes creyeron y contribuyeron para hacer posible la obra. En la oportunidad hablaron los vecinos Mercedes Marón;  Roxana Velázquez  y Maximiliano Bilbao.

 

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Finalmente lo hizo el Intendente Osella quien remarcó en su alocución que el objetivo ahora es el trabajo conjunto y destacó que los goyanos son un ejemplo de cómo se ha tratado el tema de la pandemia. Después se procedió al tradicional corte de cintas.

 

VECINOS AGRADECIDOS

 

La vecina Mercedes Marón dijo que "es un día muy especial para nosotros por la obra realizada, que nos cambió la vida a los vecinos de la cuadra. Fueron muchos años de esperar que suceda. Usted, señor intendente cumplió nuestro sueño. Agradezco al equipo de trabajo. Un reconocimiento a los vecinos que iniciaron este pedido, Cardozo, Fernández, Maciel, Lippi, y Monticelli".

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Roxana Velázquez destacó por su parte: "Muchas gracias señor intendente por cumplir su palabra respecto al Mita y mita. También quiero agradecer al Municipio que con su ayuda se hizo en 19 pasillos el mini asfalto, con iluminación y cloacas. Gracias al señor Director de Luminotecnia, Hugo Lorenzini; al señor Coordinador de Consejos vecinales, José Casco; al presidente del Consejo Plenario Vecinal, Carlitos Vázquez; al Secretario de Obras Públicas, Guillermo Peluffo, a la presidenta del barrio Norma Moreira y al señor Intendente Osella".

 

Maximiliano Bilbao dijo por su parte: "Quiero agradecer a los vecinos, después de 30 años por fin tuvimos este sueño, que lo inició un grupo de vecinos para mejorar el barrio. Los vecinos estuvieron incansablemente, para juntar firmas, cuando había que pedir cemento –recordó-, y el intendente Osella que lo pudo concretar. Un aplauso para todos", concluyó.

 

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INTENDENTE OSELLA

 

Por su parte, el Intendente Osella expresó: "Es una alegría enorme el inaugurar el pavimento. Es la frutilla del postre de todo un proceso que se vive acá en el barrio La Rotonda. Nosotros en el 2005 estuvimos haciendo campaña electoral. Los que son vecinos viejos se acordarán de las cunetas con agua servida. No había otra forma. Era septiembre y hacía calor y el olor de las cunetas era muy fuerte. En esa campaña les decíamos a los vecinos que íbamos a hacer las cloacas del barrio. No nos creyeron algunos y otros sí. Y al ganar las elecciones, una de las primeras obras que hicimos acá en el barrio La Rotonda fue las cloacas. Por lo menos eran 15 cuadras que faltaban hacer y se hicieron. Quedaban pasillos. Empezamos a pavimentar, a hacer pavimento mediante el sistema de Mita y mita. También se hizo la Tucumán con el asfalto frío que duró porque se hizo bien el trabajo.

 

También realizamos los pasillos porque nos habíamos comprometido. Nos están quedando cuatro pasillos por terminar. Pero antes, concretamos las cloacas para que no haya agua servida en el pasillo. Y donde podemos vamos haciendo el pavimento, que es la última etapa del proceso de urbanización que se debe hacer.

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Lo importante es que trabajemos juntos como lo hicimos en esta oportunidad, de modo compartido, en equipo. Cuando hablamos de que el municipio es el equipo de todos, es eso. Básicamente, es un equipo que trabaja por toda la ciudad, no para un sector político sino para todos, no es una sola persona. Los vecinos agradecieron a las distintas Secretarías, y hay muchas secretarías que no se las ve. Si un día no se realiza la recolección de residuos, la basura se empieza a acumular. No es la que más luce pero es la que más trabaja, la Dirección de Servicios haciendo la recolección de residuos. O también está la Dirección de Luminotecnia. Este es un equipo que requiere la colaboración de todos los vecinos.

 

En este año han sido muchas las demandas y hemos respondido bien. Hoy puedo decirles que estoy orgulloso del equipo de goyanos que ha trabajado en este tiempo.

 

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Los goyanos hemos dado un ejemplo. Por supuesto que siempre hay quienes no hacen bien las cosas, pero la mayoría lo ha hecho bien. Hoy vivimos en una ciudad en libertad, que tiene 85 mil habitantes, en la ciudad, y solamente hemos tenido 80 casos de Covid en la ciudad. Hoy estamos con  tres casos activos. Por eso les  pido que se cuiden nomás. Porque están llegando los parientes, los que pueden por supuesto, están viniendo y pueden traer el virus. Pero tenemos que cuidarnos entre todos".

 

"Tenemos que trabajar en equipo. Ese es el objetivo que tenemos ahora. Hemos hecho mucho trabajo, obras importantísimas y vamos a seguir haciéndolas. En marzo vamos a terminar el mita y mita. Hoy estamos con varios frentes de obra que ya se están terminando. Pero para que esto funcione bien tenemos que evitar focos de contagio y eso significa cuidarnos. Lavarnos las manos, usar el tapaboca, mantener la distancia de dos metros…, si lo hacemos bien vamos a poder seguir tranquilamente nuestras vidas”, volvió a recordar.

 

“Agradezco a todos por el trabajo que hicieron todo este tiempo. A todas las secretarías y en este caso que estamos inaugurando pavimento, a la Secretaría de Obras Públicas y a los vecinos por el acompañamiento que hemos tenido. No ganamos el partido. Todavía hay posibilidades de que el COVID nos meta algún gol. Tenemos que estar siempre atentos, que tengan todos un próspero y feliz año 2021, seguramente será mejor que este", dijo el jefe comunal.

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