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Reempadronamiento de empresas prestatarias de servicios

TRANSPORTE INTERURBANO

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La Dirección de Transporte y Puertos de la provincia, recuerda que se encuentra vigente el reempadronamiento de todas las empresas prestatarias de servicios de transporte interurbano de pasajeros en jurisdicción provincial y de los servicios que prestan, en sus distintas modalidades: Concesionarios de Servicios Públicos Regulares; Permisos de Servicios de Tráficos Libres; Permisos de Servicios Especiales Puerta a Puerta; Permisos de Servicios de Turismo; Permisos de Servicios Escolares; Permisos de Servicios Experimentales; Permisos de Servicios Contratados.


A continuación Corrientes al Día pone a disposición de los interesados los requisitos de la Disposición N° 40/2004; ART. 1: ORDENASE EL REEMPADRONAMIENTO de todas las empresas prestatarias de servicios de transporte interurbano de pasajeros en jurisdicción provincial y de los servicios que prestan, en sus distintas modalidades: a. Concesionarios de Servicios Públicos Regulares. b. Permisos de Servicios de Tráficos Libres. c. Permisos de Servicios Especiales Puerta a Puerta. d. Permisos de Servicios de Turismo. e. Permisos de Servicios Escolares. f. Permisos de Servicios Experimentales. g. Permisos de Servicios Contratados. ART. 2: Los Concesionarios de Servicios Públicos Regulares deberán presentar la siguiente documentación en original o fotocopia con certificación de su autenticidad por ante escribano público. Las fotocopias deberán ser legibles y serán cotejadas con los originales en casos dudosos o cuando la Dirección de Transporte y Puertos de la Provincia de Corrientes así lo disponga. a. En original Declaración Jurada de domicilio real y comercial. b. En original Declaración Jurada de domicilio especial dentro del radio de la ciudad de Corrientes donde serán validas todas las notificaciones relacionadas al servicio prestado, acorde con la obligatoriedad impuesta por la Ley de Procedimiento Administrativo N° 3460, Sección III, Titulada Constitución y Denuncia de Domicilios Artículos 252, 253 y 254. y Decreto Reglamentario 2074/69, Art. 22. c. En fotocopias autenticadas los instrumentos públicos (Decreto Provincial, Resolución Ministerial o Disposición de la Dirección de Transporte y Puertos) donde conste la adjudicación de la concesión o permiso de prestación de servicios otorgados por la autoridad competente. d. En fotocopias autenticadas los instrumentos públicos (Decreto Provincial, Resolución Ministerial o Disposición de la Dirección de Transporte y Puertos) donde consten los horarios autorizados por la autoridad competente. e. En original el cuadro de horarios detallando de cada uno de los servicios con los horarios de paso por cada una de las localidades intermedias. f. En original Declaración Jurada de parque móvil indicando el dominio, marca, modelo y cantidad de asientos de cada unidad. g. En fotocopias autenticadas, la Disposición de la Dirección de Transporte y Puertos de la Provincia de Corrientes donde consten la habilitación de cada una de las unidades utilizadas para prestar los servicios. h. En fotocopias autenticadas, el titulo de propiedad y cédula de identificación del automotor. i. En fotocopias autenticadas, el contrato de leasíng y formulario de inscripción de contratos de leasíng en el Registro de la Propiedad Automotor. j. En fotocopias autenticadas, el certificado de inspección técnica de cada unidad habilitada. k. En fotocopias autenticadas, la póliza de seguros de cada unidad habilitada. l. En original Declaración Jurada de empleados indicando el nombre y apellido, el número de documento, la edad, número de carné profesional, domicilio y fecha de inicio de la relación laboral con la empresa. m. En fotocopias autenticadas el formulario 931 – A.F.I.P. – D.G.I. de declaración jurada de empleadores. n. En fotocopias autenticadas, las Inscripciones en D.G.I., D.G.R. de los permisionarios. o. En fotocopias autenticadas, la inscripción en el Registro Publico de Comercio del titular del permiso o concesión. ART. 3: Los Permisionarios de Servicios de Tráfico Libres deberán presentar la misma documentación exigida en el Art. N° 2, en una misma presentación con los servicios concesionados como servicios públicos. ART. 4: Los Permisionarios de Servicios Especiales Puerta a Puerta deberán presentar la documentación exigida en los inc. a) , b), c), f), g), h), i), j), k), l), M), n) y o) del Art. N° 2 del presente y deberán presentar en original en carácter de declaración jurada la descripción del servicio ejecutado declarando el origen, destino y base operativa en cada una de las cabeceras. ART. 5: Los Permisionarios de Servicios de Turismo deberán presentar la documentación exigida en los inc. a) , b), c), f), g), h), i), j), k), l), M), n) y o) del Art. N° 2 del presente. ART. 6: Los Permisionarios de Servicios Experimentales deberán presentar la documentación exigida en los inc. a) , b), c), f), g), h), i), j), k), l), M), n) y o) del Art. N° 2 del presente. ART. 7: Los Permisionarios de Servicios Contratados deberán presentar la documentación exigida en los inc. a) , b), c), f), g), h), i), j), k), l), M), n) y o) del Art. N° 2 del presente. La disposición continúa citando las sanciones a quienes no cumplan con esta disposición.

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Sociedad

Canteros entregó distinción a los autores de la Marcha a Belgrano

“HACEDORES DEL BIEN COMÚN”

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El vicegobernador, Gustavo Canteros hizo entrega del reconocimiento “Hacedores del Bien Común” a Thierry Calderón de la Barca y Silvia Beatriz Romero, autores de la marcha al General Manuel Belgrano llamada “Forjado en bronce y macerado en plata”.


“Es loable el trabajo que desempeñaron estos docentes al destacar la figura de uno de nuestros próceres, un hombre inmenso como fue el General Manuel Belgrano, que en 1810 durante la campaña hacia el Paraguay pasó por Corrientes y fundó dos pueblos: Curuzú Cuatiá, Concepción de Yaguareté Corá”, expresó Canteros y destacó “la creatividad y el compromiso de Thierry Calderón de la Barca y Silvia Romero, de crear una marcha para homenajearlo”.

 

Durante el acto de entrega de la distinción los autores intercambiaron sus experiencias y anécdotas del proceso creativo y la repercusión que ha tenido. También se refirieron a las experiencias y desafíos en el ámbito educativo durante este año y las dificultades por las que atravesaron los alumnos y sus familias en momentos de pandemia.

 

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Vale recordar que la marcha “Forjado en bronce y macerado en plata”, que ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados, se encuentra en la Cámara de Senadores para su tratamiento. La aprobación permitirá que la misma se incorpore al Himnario Oficial.

 

Thierry Calderón de la Barca es dramaturgo, poeta, narrador y pedagogo de teatro. Es docente de la Escuela Nº 1 "Juana Manso" y en el Colegio Polimodal "Presidente Hipólito Irigoyen". Tiene en su haber premios nacionales e internacionales y diversas publicaciones, siempre referidas a la temática regional y sus personajes. Y fue el autor de la letra de la marcha.

 

Silvia Romero es bachiller con orientación docente, Profesora de Música en Enseñanza Primaria, Profesora Secundaria en especialización de piano y Post-título en Educación Musical, títulos docentes obtenidos dentro y fuera de la provincia. Es la compositora de esta esta canción patria en honor a Manuel Belgrano. Ejerce en las Escuelas Técnicas Nº 1 "Juana Manso" y Nº 2 "Bernardino Rivadavia", como así también en San Luis del Palmar.

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Valdés firmó un acuerdo con el intendente de Ituzaingó por regalías de Yacyretá

“HACEDORES DEL BIEN COMÚN”

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El gobernador Gustavo Valdés firmó un acuerdo con el intendente de Ituzaingó, Eduardo Burna. El mandatario provincial informó que la rúbrica se vincula a "una deuda histórica de la Nación" por las regalías de Yacyretá. De este modo, "finalizamos con 10 años de gestiones para que reconozcan un derecho de Corrientes", sostuvo luego, indicando que también hará lo propio con Isla Apipé y Villa Olivari.


“Es loable el trabajo que desempeñaron estos docentes al destacar la figura de uno de nuestros próceres, un hombre inmenso como fue el General Manuel Belgrano, que en 1810 durante la campaña hacia el Paraguay pasó por Corrientes y fundó dos pueblos: Curuzú Cuatiá, Concepción de Yaguareté Corá”, expresó Canteros y destacó “la creatividad y el compromiso de Thierry Calderón de la Barca y Silvia Romero, de crear una marcha para homenajearlo”.

 

Durante el acto de entrega de la distinción los autores intercambiaron sus experiencias y anécdotas del proceso creativo y la repercusión que ha tenido. También se refirieron a las experiencias y desafíos en el ámbito educativo durante este año y las dificultades por las que atravesaron los alumnos y sus familias en momentos de pandemia.

 

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Thierry Calderón de la Barca es dramaturgo, poeta, narrador y pedagogo de teatro. Es docente de la Escuela Nº 1 "Juana Manso" y en el Colegio Polimodal "Presidente Hipólito Irigoyen". Tiene en su haber premios nacionales e internacionales y diversas publicaciones, siempre referidas a la temática regional y sus personajes. Y fue el autor de la letra de la marcha.

 

Silvia Romero es bachiller con orientación docente, Profesora de Música en Enseñanza Primaria, Profesora Secundaria en especialización de piano y Post-título en Educación Musical, títulos docentes obtenidos dentro y fuera de la provincia. Es la compositora de esta esta canción patria en honor a Manuel Belgrano. Ejerce en las Escuelas Técnicas Nº 1 "Juana Manso" y Nº 2 "Bernardino Rivadavia", como así también en San Luis del Palmar.

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El Consejo Hídrico Federal prorrogó la elección de autoridades

“HACEDORES DEL BIEN COMÚN”

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Se realizó de manera virtual, la Asamblea Ordinaria N° 36 del Consejo Hídrico Federal (COHIFE) donde se aprobó la propuesta de prorrogar la elección de autoridades 2020-2021 hasta la próxima Asamblea Ordinaria de mayo de 2021, donde la provincia de Corrientes integra el Comité Ejecutivo.


“Es loable el trabajo que desempeñaron estos docentes al destacar la figura de uno de nuestros próceres, un hombre inmenso como fue el General Manuel Belgrano, que en 1810 durante la campaña hacia el Paraguay pasó por Corrientes y fundó dos pueblos: Curuzú Cuatiá, Concepción de Yaguareté Corá”, expresó Canteros y destacó “la creatividad y el compromiso de Thierry Calderón de la Barca y Silvia Romero, de crear una marcha para homenajearlo”.

 

Durante el acto de entrega de la distinción los autores intercambiaron sus experiencias y anécdotas del proceso creativo y la repercusión que ha tenido. También se refirieron a las experiencias y desafíos en el ámbito educativo durante este año y las dificultades por las que atravesaron los alumnos y sus familias en momentos de pandemia.

 

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Thierry Calderón de la Barca es dramaturgo, poeta, narrador y pedagogo de teatro. Es docente de la Escuela Nº 1 "Juana Manso" y en el Colegio Polimodal "Presidente Hipólito Irigoyen". Tiene en su haber premios nacionales e internacionales y diversas publicaciones, siempre referidas a la temática regional y sus personajes. Y fue el autor de la letra de la marcha.

 

Silvia Romero es bachiller con orientación docente, Profesora de Música en Enseñanza Primaria, Profesora Secundaria en especialización de piano y Post-título en Educación Musical, títulos docentes obtenidos dentro y fuera de la provincia. Es la compositora de esta esta canción patria en honor a Manuel Belgrano. Ejerce en las Escuelas Técnicas Nº 1 "Juana Manso" y Nº 2 "Bernardino Rivadavia", como así también en San Luis del Palmar.

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