El País
Oficializan las normas para transparentar las compras en efectivo o con tarjeta
ECONOMIA
El Gobierno oficializó este miércoles las normas que obligan a los establecimientos comerciales a diferenciar el precio al contado en efectivo de los productos del de cuotas con tarjetas de crédito, con lo cual el consumidor puede evaluar el costo financiero de sus compras en un marco de mayor transparencia en el comercio.
El Gobierno oficializó este miércoles las normas que obligan a los establecimientos comerciales a diferenciar el precio al contado en efectivo de los productos del de cuotas con tarjetas de crédito, con lo cual el consumidor puede evaluar el costo financiero de sus compras en un marco de mayor transparencia en el comercio.
La Resolución 51 – E de la Secretaría de Comercio, publicada hoy en el Boletín Oficial, recuerda la prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta que se realicen en un solo pago, establecida en el inciso C del Artículo 37 de la Ley 25.065.
La medida para transparentar las compras en efectivo y con tarjetas había sido adelantada ayer por el ministro de Producción, Francisco Cabrera, y el secretario de Comercio, Miguel Braun, durante una conferencia de prensa celebrada en Casa de Gobierno.
En los considerandos de la Resolución 51 – E, se destaca que "en la actualidad es frecuente la publicidad de venta de productos bajo la modalidad de cuotas 'sin interés', siendo esta modalidad especialmente atractiva para los consumidores".
En ese sentido, menciona que "el hecho de que no se diferencie el valor total de la suma de las cuotas del precio ofrecido por compra al contado, no implica que el costo de la financiación sea nulo", y que "en la estructura actual de financiamiento en cuotas, el costo financiero está implícito en el precio de los productos y servicios".
Considera la Secretaría de Comercio que "tal modalidad impide la transparencia, dificulta la competencia en precios y perjudica a los consumidores con menor acceso a medios de pago electrónicos, que en general son los consumidores de menores recursos, lo cual implica un impacto distributivo regresivo".
Menciona además el inciso C del Artículo 37 de la Ley 25.065 en el sentido que la no diferencia "de precio entre operaciones al contado y con tarjeta", se circunscribe a las compras con tarjeta de débito, compra o de crédito en un único pago; "ya que en las operaciones en cuotas se presume que el costo de la financiación implica un precio diferente a la operación efectuada en un solo pago".
La Resolución 51- E sustituye el Artículo 4° de la Resolución 7 del 3 de junio de 2002 de la ex Secretaría de la Competencia, la Dsregulación y Defensa del Consumidor, por el siguiente: "Cuando los precios se exhiban financiados deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total".
También se establece que "quienes comercialicen productos y/o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por internet, entre otras) la frase "sin interés" (o cualquier otra similar), cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor".
"Se entenderá que el costo de financiación ha sido trasladado al precio de venta al consumidor cuando el comerciante deba abonar el costo de la financiación a algún proveedor de servicios financieros de forma directa, o a través de un descuento en la liquidación de la venta", señala la normativa.
La información del costo financiero total de la operación deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas, en una tipografía en color destacado de idéntica fuente y tamaño al menos cinco veces mayor –conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho– al que se utilice para informar la tasa de interés efectiva anual aplicada y/o la cantidad de cuotas y/o su importe.
Se establece además que "las entidades bancarias, financieras y emisoras de tarjetas de crédito, compra o débito, así como las administradoras de las mismas, serán responsables del cumplimento de las normas vigentes en materia de exhibición e información de precios, cuando realicen o participen en forma conjunta en el ofrecimiento, promoción o en las acciones publicitarias de productos y/o servicios ofrecidos bajo la modalidad de venta financiada en cuotas".
La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación, detuvo ayer a Walter Daniel Abregú, alias “El Dulce”, líder de una organización criminal familiar dedicada al acopio, fraccionamiento, distribución y venta de cocaína en Rosario, provincia de Santa Fe, que fue desbaratada en octubre del año pasado por esta fuerza.
El fugitivo tenía pedido de captura vigente desde entonces por lo que se estableció una coordinación con el Comando Unificado Federal de Recaptura de Evadidos (CUFRE), junto con el cual se desarrolló el análisis de la información aportada por el Programa Nacional de Coordinación para la Búsqueda de Personas Ordenadas por la Justicia (BUSCAR). Además, desde junio el Ministerio de Seguridad de la Nación había ofrecido medio millón de pesos de recompensa para dar con su paradero.
Tras amplias tareas investigativas de la fuerza que conduce Alejandro Itzcovich Griot, los oficiales pudieron determinar dónde se encontraba el prófugo. Al allanar un domicilio de la Avenida Rivarola al 7000 de Rosario, el narco intentó escapar pero fue rápidamente detenido por los policías aeroportuarios, quedando a disposición del Juzgado Federal N° 4 de dicha ciudad, a cargo de Marcelo Bailaque.
La organización que lideraba “El Dulce” fue desarticulada el 24 de octubre del año pasado, cuando la PSA realizó 17 allanamientos en Rosario, Coronda y Piñero donde se aprehendieron a sus padres entre otras personas, y se desbarató una cocina de droga, en el marco de una pesquisa que tuvo un aporte fundamental de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), a cargo de Diego Iglesias, y de la Fiscalía Federal N° 2, a cargo de Claudio Kishimoto. Luego, en noviembre, los oficiales detuvieron en la vía pública a su pareja, hermana, cuñado y suegra, como así también a un suboficial que prestaba servicios en el área Científica de la Policía de Investigaciones (PDI), acusado de tener estrechos vínculos con el clan narcocriminal.
El País
La PSA designó a una mujer al mando de su Guardia de Infantería
ES LA PRIMERA VEZ EN UN ORGANISMO DE SEGURIDAD
La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación, asignó como responsable de la Guardia de Infantería Aeroportuaria (GIA) a la inspectora Silvia Alejandra Miers, convirtiéndose en la primera mujer al mando de este tipo de grupos especiales en una fuerza federal de seguridad.
Con 25 años de trayectoria en el organismo y una destacada profesionalización, la inspectora Miers admitió que se trata de uno de los desafíos más importantes en su carrera: “Estar a cargo de la GIA representa un sinfín de valores que debemos recalcar a quienes integran esta agrupación ya que las funciones a cumplir son distintas al resto de los oficiales. Aquí se requieren una preparación, una templanza y una personalidad especial que irán moldeando el perfil adecuado para este tipo de tareas.”
Tanto el director nacional, Alejandro Itzcovich Griot, como el director ejecutivo del Centro de Análisis, Comando y Control (CEAC), comisionado general Miguel Ángel Martino, coincidieron en encomendar esta función a una oficial con mucha experiencia en conducción de personal policial y ordenamiento de unidades. “Me llenó de orgullo saber que mi nombre haya sido uno de los primeros que surgieron para asumir esta responsabilidad. Ambos manifestaron creer que estaré a la altura de las circunstancias y me han dado su plena confianza”, dijo la inspectora.
Miers, madre de dos hijos, reconoció que su nombramiento “causó cierta sorpresa por ser mujer, pero después vino la calma y el entendimiento sobre la necesidad de una modificación en el curso de la GIA. Haremos un trabajo muy fuerte, tenemos que lograr una imagen institucional importante y sólida. Debemos estar preparados para llegar al lugar del conflicto y que a través de nuestro nombre se entienda perfectamente para qué estamos y qué hacemos.”
La GIA en la PSA fue creada hace dos años y sus funciones se abocan a la protección de instalaciones ante el intento de toma, ocupación o destrucción de las mismas por parte de terceros. Asimismo evita el bloqueo de rutas y accesos a los aeropuertos, auxilia a la Justicia en allanamientos de baja y media complejidad, y puede estar presente en desalojos y detenciones. También protege objetivos sensibles dentro de la jurisdicción aeroportuaria (torre de control, depósitos de combustibles, perímetros) y participa en respuesta a actos de interferencia ilícita como secuestro de aeronaves y toma de rehenes, entre otros.
El País
La Unión Europea mostró conformidad con el sistema de control y certificación del maní
EXPORTACIONES
Los inspectores auditaron los controles en aflatoxinas en maní, que realiza el Senasa, para asegurar que las partidas enviadas a ese destino se encuentren dentro de las tolerancias establecidas.
Una delegación de la Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria (DG-Sante) de la Unión Europea verificó el sistema sanitario de control y certificación de aflatoxinas en maní en establecimientos argentinos.
Durante la reunión final realizada en la sede del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) en Buenos Aires, los auditores europeos manifestaron su conformidad con los controles y con el sistema de certificación que lleva a cabo el Senasa.
En el encuentro estuvieron el presidente del Senasa, Ricardo Negri, el vicepresidente, Guillermo Rossi, el director nacional de Protección Vegetal, Diego Quiroga, los directores de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen Vegetal, Alejandro Fernández, de Laboratorio Vegetal, Jorge Kempny y el coordinador de Relaciones Internacionales, Miguel Donatelli.
Del 6 al 16 de mayo, los inspectores europeos auditaron los controles que realiza el Senasa en la provincia de Córdoba para asegurar que las partidas enviadas a ese destino se encuentren dentro de las tolerancias establecidas por la Unión Europea.
La verificación incluyó la visita a 4 establecimientos habilitados para procesar y exportar a este destino y 3 laboratorios inscriptos y autorizados por el Senasa, que son los encargados de hacer los muestreos, los análisis y la certificación de contenido de aflatoxinas, que son un tipo de toxinas producidas por cepas toxigénicas de hongos en cultivos agrícolas como el maíz, el maní, la semilla de algodón y los frutos secos, de cáscara dura como las nueces. Las aflatoxinas son frecuentemente aisladas de alimentos como maíz, arroz, y maní, que han tenido un mal manejo de postcosecha.
"La delegación de la UE considera que el sistema de control argentino sobre este producto es muy completo y muy bueno. Para nosotros fue muy positiva la auditoría. Continuaremos evaluando en conjunto recomendaciones para seguir mejorando determinadas cuestiones dentro del proceso de control", explicó Fernández.
El funcionario del Senasa además subrayó que “Argentina es el principal exportador que tiene la Unión Europea, por eso hacen especial hincapié en verificar el proceso completo de producción, elaboración, transporte y exportación de maní argentino. La Argentina siempre trabaja para producir alimentos seguros”.
La Argentina produce 1.100.000 toneladas de maní al año y el 85% de la producción corresponde a Córdoba. Cabe destacar que Argentina exporta alrededor de 370.000 toneladas de maní a la UE.