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Política

Ley de amparo para protección del medio ambiente

GUSTAVO CANTEROS

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A través de esta normativa se fijaran las pautas para la preservación de los recursos naturales en el ámbito de la provincia de Corrientes. Esta especialmente dirigida a controlar aquellas arbitrariedades e ilegalidades que amenacen, alteren o dañen la diversidad del medio ambiente.


Para ello tendrán amplio margen de acción para solicitar tal amparo, cualquier persona, el defensor del pueblo, hasta el Fiscal de Estado, cuando se considere que tal actividad es lesiva al medio natural. Este mismo proyecto de ley crea también un Fondo Provincial del Medio Ambiente y que se fijara a través del Presupuesto General de la provincia; a su vez contara con recursos provenientes de multas a quienes lesionaron los recursos naturales y se insistirá, vía judicial, en la reparación del daño ambiental. De persistir el incumplimiento se aplicaran sanciones que podrán ir de 3.000 y 300.000 pesos. TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO (Expediente 2261) FUNDAMENTOS Visto los términos de la Ley N° 5.067/97, leyes concordantes y subsiguientes; respetándose, asimismo, los Principios de la Ley General del Ambiente N° 25.675/02, consagrados en su artículo 4º; de la Constitución de la Provincia de Corrientes reformada en el año 2.007 y de la Constitución Nacional reformada en el año 1.994. Y considerando que es imperativo sancionar una Ley de Amparo Ambiental sobre las pautas de gratuidad, celeridad, simplicidad, eficacia, y publicidad de las Sentencias que garantice la efectiva vigencia de los derechos en materia de preservación del medio ambiente, los recursos naturales y la vida en su acepción más amplia. Que, al efecto se ha tomado en consideración el inestimable aporte del trabajo realizado por miembros del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción, esbozados en el trabajo presentado ante el Poder Legislativo por la Dra. Norma Pérez, experta en temas ambientales como así también otros aportes y sugerencias de distintos sectores de la sociedad civil. Por lo expuesto, a los Señores Senadores de la Provincia de Corrientes se solicita el acompañamiento y aprobación del presente proyecto de ley.- EL PROYECTO CAPÍTULO I – De los Derechos y Deberes de los Habitantes. Artículo 1°.- El Estado Provincial garantiza a todos sus habitantes los siguientes derechos: Inciso a) A gozar de un ambiente sano, adecuado para el desarrollo armónico de la persona. Inciso b) A la información vinculada al manejo de los recursos naturales que administre el estado. Inciso c) A participar de los procesos en que esté involucrado el manejo de los recursos naturales y la protección, conservación, mejoramiento y restauración del ambiente en general, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación de la presente. Inciso d) A solicitar a las autoridades la adopción de medidas tendientes al logro del objetivo de la presente ley, y a denunciar el incumplimiento de la misma. Artículo 2°.- Los habitantes de la Provincia tienen los siguientes deberes: Inciso a) Proteger, conservar y mejorar el medio ambiente y sus elementos constitutivos efectuando las acciones necesarias a tal fin. Inciso b) Abstenerse de realizar acciones u obras que pudieran tener como consecuencia la degradación del ambiente de la Provincia de Corrientes. CAPÍTULO II –Ámbito de aplicación – Objeto – Principios rectores Artículo 3º.- Ámbito de aplicación. La presente ley, conforme lo dispone la Constitución de la Provincia de Corrientes, tiene por objeto la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Corrientes, a fin de preservar la vida en su sentido más amplio; asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica. Artículo 4°.- Objeto. La acción de amparo ambiental procederá contra todo acto u omisión de particulares y órganos o agentes de la Administración Pública que de modo actual o inminentemente, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, amenace con alterar, perturbar, lesionar o dañar el equilibrio ambiental existente al momento de incoarse la demanda. No existirá plazo de caducidad para interponer la Acción de Amparo Ambiental. Artículo 5°.- Principios rectores. La tramitación de la acción de amparo ambiental se realizará bajo la aplicación de los principios de gratuidad, celeridad, simplicidad, eficacia, impulso de oficio por el Juez o Tribunal actuante y publicidad de las Sentencias. CAPÍTULO III – De las partes y la legitimación para accionar. Artículo 6º.- Legitimación activa. La acción de amparo ambiental podrá ser promovida por toda persona física o jurídica que promueva la defensa del medio ambiente, y que considere afectado el derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano; el Defensor del Pueblo, y en su defecto el Fiscal de Estado. Artículo 7°.- En caso de ser una persona jurídica, deberá hallarse, al momento de promover la demanda, debidamente inscripta y registrada. Los jueces tendrán facultades para admitir la legitimación de sujetos colectivos razonablemente interesados en la defensa de dichos intereses. Artículo 8°.- En el caso del Defensor del Pueblo o del Fiscal de Estado, la promoción de la acción de amparo ambiental cuando existe daño mesurable es una carga pública obligatoria ejecutable a partir del conocimiento del hecho, acto o evento lesivo; su inobservancia constituye falta grave, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieran corresponder. Artículo 9°.- Partes. Serán partes en la Acción de Amparo Ambiental: quienes lo requieran, se trate de personas físicas o jurídicas; el Fiscal de Estado, y el Defensor del Pueblo, si lo hubiere; y el o los causantes de la actividad considerada riesgosa o lesiva para el equilibrio ambiental. Cuando se tratase de actividades llevadas a cabo por el Estado, sea de la Administración central, o de sus entes autárquicos, el Fiscal de Estado, previamente a la interposición de la acción, elevará un informe circunstanciado al Gobernador explicando los fundamentos que motivan la necesidad del inmediato cese de la actividad considerada riesgosa o lesiva.” CAPITULO IV – Disposiciones procesales Artículo 10°.- Competencia. Será competente para entender en la acción de amparo ambiental, el Juez o Sala de Cámara con jurisdicción en el lugar donde el acto se exteriorice o donde éste pudiera tener efecto, o el del domicilio del afectado, a su opción. Se aplicarán en lo pertinente las reglas sobre competencia en razón del turno. En caso de duda razonable acerca de la aplicación de las mismas, entenderá obligatoriamente el juez requerido. Cuando una misma decisión, hecho, acto u omisión afecte el derecho de varias personas, se podrá optar por el órgano jurisdiccional que hubiere prevenido, disponiéndose la acumulación de autos en su caso. Artículo 11º.- Principios procesales. El proceso de amparo ambiental se ajusta a los siguientes principios y directivas de actuación de los jueces: Inciso a) Los jueces y tribunales tienen amplias facultades de dirección del proceso y esclarecimiento de la verdad de los hechos, podrán instar a los demandantes a completar sus postulaciones y cubrir defectos probatorios. Suplirán el derecho invocado fallando de acuerdo a los principios constitucionales, impondrán a las partes o asumirán de oficio las tareas necesarias para suplir los defectos formales de las demandas de amparo o postulaciones ulteriores. Regirá el principio del informalismo para el particular reclamante de su protección. Inciso b) Rige el impulso procesal de oficio y por iniciativa del tribunal o a petición de parte, se habilitarán los días y horas necesarios para el mejor cumplimiento de la función protectora. Artículo 12º.- Exención. La Acción de Amparo Ambiental está exenta del pago de Tasas Judiciales, incluyendo toda sobretasa por habilitación. Artículo 13°.- Competencia. Puede iniciarse la Acción de Amparo Ambiental en los Tribunales letrados de cualquier fuero, grado, o jurisdicción que corresponda por competencia territorial y turno, con excepción del Superior Tribunal de Justicia. Serán improcedentes en esta acción, la recusación sin expresión de causa, las excepciones previas, las cuestiones de competencia, y los incidentes. Artículo 14º.- Suspensión del acto impugnado. A petición de parte el juez o tribunal podrá ordenar bajo la responsabilidad del peticionante la suspensión del acto impugnado, si se acreditare la verosimilitud de la denuncia, el daño amenazado y la urgencia en prevenirlo. Esta y toda otra medida que se imparta deberá ser inmediatamente obedecida. Inciso a) El demandado podrá requerir el levantamiento de la suspensión fundado en hechos claros que demuestren que se producirá un daño grave para el interés público. Si se accediere al levantamiento de la suspensión el mismo se decretará bajo la responsabilidad del peticionante por los prejuicios que produzca la ejecución. Inciso b) La responsabilidad por los prejuicios que ocasione la suspensión o continuación del acto impugnado, se instrumentará mediante fianza real o personal que se exigirá al peticionante en el modo y monto que el tribunal establezca según el caso. Artículo 15º.- Pedido de informe. Admitida la Acción de Amparo Ambiental, el Juez o Tribunal requerirá quien corresponda, un informe circunstanciado sobre los antecedentes y fundamentos de la decisión que autoriza la realización de actividades riesgosas o lesivas para el equilibrio del Medio Ambiente, además del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Ambos informes deberán ser contestados dentro de un plazo máximo de ocho (8) días hábiles de notificada la resolución que los ordena. En el requerimiento, al que se adjuntará copia de la demanda, se hará saber a la accionada bajo pena de nulidad, que la recepción del mismo importa el traslado correspondiente y la oportunidad para ser oída en el término referido. Las partes requeridas deberán cumplir con la carga de ofrecer todas las pruebas de que intenten valerse, en la oportunidad de contestar los informes. Una vez agregados el informe y el Estudio de Impacto Ambiental, o vencido el plazo sin haberse presentado, no habiendo pruebas pendientes, se dictará Sentencia dentro de los cinco (5) días hábiles, concediendo o rechazando el Amparo Ambiental. Artículo 16º.- De los pedidos de informes y mandamientos judiciales. Los pedidos de informes y mandamientos judiciales extendidos en la acción de amparo serán cumplidos por los funcionarios y particulares requeridos al efecto en le modo y plazo que aquellos establezcan sin que valga contra ellos la excusa de obediencia debida ni otra alguna. El incumplimiento determinará la comisión de un acto de naturaleza grave, causal de cesantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal. Artículo 17°.- Pruebas – Audiencia. Cuando se hubiesen ofrecido pruebas, se ordenará su inmediata producción, disponiéndose de oficio la celebración de una Audiencia en los términos del artículo 36 inciso 2º) C.P.C. y C.; ello, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de dicho cuerpo legal. La Audiencia prescripta por esta Ley deberá realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles de contestados los informes previstos. Artículo 18°.- Testimonial. En caso de admitirse la prueba testimonial, serán a cargo de la parte que los ofreció todos los gastos necesarios para su producción. La prueba de Declaración de Partes es inadmisible. Artículo 19°.- Pericial – Dictamen técnico. Si fuere necesario un dictamen técnico para suplir o complementar los ya realizados en la Evaluación de Impacto Ambiental, el Juez o Tribunal nombrará de oficio una terna de especialistas en el área específica, teniendo en consideración las circunstancias concretas del caso, y la índole del daño ambiental amenazado o concretado, dando especial prelación a profesionales graduados en Universidades Públicas y Organizaciones No Gubernamentales. Una vez aceptado el cargo por parte de los profesionales del área respectiva, dentro del plazo perentorio de cinco (5) días hábiles de convocados, con las formalidades de ley, el Juez o Tribunal brindará toda la colaboración necesaria – incluyendo el auxilio de la fuerza pública, de ser necesario – para la correcta evaluación de la magnitud de los daños amenazados o concretados. La terna de peritos, así nombrada, deberá presentar un dictamen fundado, dentro de los quince (15) días hábiles de practicadas las pericias necesarias; en casos de extrema complejidad, podrá, el Juez o Tribunal, ampliar dicho plazo en diez (10) días hábiles, por única vez. Artículo 20°.- Prórroga plazo probatorio. Si hubiera pruebas pendientes de producción por causas ajenas a la diligencia de las partes, el Juzgado o Tribunal podrá prorrogar el término probatorio, por única vez, por igual plazo.- Artículo 21°.- Incomparencia – Audiencia Supletoria. En caso de incomparecencia de las partes el Juez preverá una Audiencia supletoria, dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles, con carácter de segunda citación, sin perjuicio de mantener vigente la medida cautelar que hubiese ordenado. En la cédula de citación se notificarán ambas audiencias bajo apercibimiento de que si faltaren a la primera en forma injustificada, se hará comparecer a las partes con el auxilio de la fuerza pública y se les impondrá una multa cuyo monto fijará y actualizará el Superior Tribunal. Artículo 22°.- Sentencia Contestados los informes previstos la presente Ley, y realizada la Audiencia, el Juzgado o Tribunal dictará Sentencia dentro de cinco (5) días hábiles. Artículo 23°.- Inconstitucionalidad – Astreintes. La Sentencia que admita la Acción de Amparo Ambiental podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se basó la iniciación y/o continuación de la actividad u omisión riesgosa o lesiva para el equilibrio Medio Ambiental, e impondrá la obligación de cesar inmediatamente con la producción de los daños. Para asegurar el cumplimiento de la Sentencia y la correspondiente recomposición ambiental, el Juez o Tribunal quedan expresamente facultados para imponer las astreintes previstas por el artículo 37 del C.P.C. y C., hasta el momento en que se verifique el efectivo cumplimiento de la Sentencia. Artículo 24°.- Apelación. Una vez notificada la Sentencia definitiva, las partes tendrán tres (3) días hábiles para apelar ante el Superior Tribunal de Justicia. La apelación deberá fundarse en el mismo escrito, bajo pena de inadmisibilidad; el Juzgado o Tribunal se pronunciarán en el mismo día, con respecto a su admisión o rechazo. Si el Juez o Tribunal, declarasen formalmente admisible el Recurso de Apelación, elevarán, sin más trámite, dentro de las veinticuatro (24) horas, la causa al Superior Tribunal. Es deber del Secretario del Juzgado o Tribunal interviniente, asegurarse de que el Superior Tribunal de Justicia reciba el expediente dentro de las veinticuatro (24) horas de concedido el Recurso de Apelación. Artículo 25°.- Una vez concedido el Recurso, el Juzgado o Tribunal comunicará fehacientemente a los interesados que podrán hacer valer sus derechos, dentro del tercer día, por ante el Superior Tribunal de Justicia. El Superior Tribunal señalará a las partes, por su orden, un plazo máximo de dos (2) días para sostener sus agravios, bajo apercibimiento de tenerlas por desistidas del Recurso. Vencidos dichos términos, el Superior Tribunal dictará Sentencia dentro de los tres (3) días hábiles pronunciándose sobre la queja y, en su caso, sobre el fondo de la cuestión.” Artículo 26°.- Costas. Las costas se impondrán a los causantes del daño ambiental, aunque el proceso hubiere finalizado por cualquiera de los modos anómalos previstos por el C.P.C. y C.; en caso de litisconsorcio necesario, se impondrán en proporción al caudal económico de cada uno de los que contribuyeron a crear el riesgo o causar el daño al Ambiente. En caso de cesar las actividades riesgosas o lesivas para el Ambiente antes de la contestación de los informes previstos, el Juez o Tribunal, previo a todo otro trámite, asegurará el cumplimiento de la obligación de recomponer los daños causados mediante una caución real suficiente, considerando las circunstancias del caso concreto. Verificado el depósito judicial de la suma fijada en tal concepto, el Juez o Tribunal, previa notificación fehaciente a la autoridad de aplicación en materia ambiental, autorizará la transferencia de los fondos depositados a la cuenta que del Fondo Provincial del Medio Ambiente, a los fines de la disposición de los mismos. Artículo 27°.- Términos – Irrecurribilidad. Todos los términos son de carácter perentorio. Sólo son recurribles las resoluciones previstas expresamente en la presente Ley. CAPITULO V – Del Fondo Provincial del Medio Ambiente Artículo 28°.- Del financiamiento. Se crea el Fondo Provincial del Medio Ambiente que será aplicado a las erogaciones consideradas necesarias por parte de la Autoridad de Aplicación o las que fueran requeridas judicialmente, y se integra por los siguientes recursos: Inciso a) Con las sumas que anualmente fijará el Presupuesto General de la Provincia en forma obligatoria Inciso b) Toda otra suma resultante de asignaciones extraordinarias que se dispongan legal y reglamentariamente. Inciso c) Con el recupero de multas y gastos realizados en el marco de la presente ley en instancias administrativas o judiciales por la Administración Provincial. Las sumas que conforman el Fondo Provincial del Medio Ambiente se depositarán en cuenta bancaria abierta al efecto en el Banco Provincia de Corrientes S.A., o en cuenta de la banca pública provincial que existiere.- Artículo 29°.- De los gastos. Los gastos que demande la evaluación ambiental, y su repercusión económica y sanitaria, así como los necesarios para recomponer el equilibrio ambiental, estarán a cargo de las personas físicas o jurídicas responsables de la contaminación o degradación; en su defecto, por la Administración Pública, a través de la autoridad de aplicación, cuando el denunciante hubiese actuado en defensa del interés público y no hubiere contribuido a causar el daño. Artículo 30°.- De las multas. Fijado un plazo por la Autoridad judicial o de aplicación tendiente a la reparación del daño ambiental causado, de persistir el incumplimiento del responsable, se podrán imponer astreintes y multas coercitivas sucesivas no inferiores a PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) y hasta un máximo de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-) cada una. Dichas sumas se actualizarán regularmente por la autoridad de aplicación.- Artículo 31°.- Los gastos de la ejecución subsidiaria, multas, e indemnización por los daños y perjuicios irrogados al ambiente, serán exigibles por la vía del Apremio Fiscal. Artículo 32º.- Orden Público. La Ley de Amparo Ambiental es de Orden Público y su aplicación será prioritaria en todo el territorio de la Provincia. Artículo 33°.- De forma.

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Política

Se presentó el Programa Potenciar en Corrientes

EN FORMA VIRTUAL

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Este miércoles 30, se llevó a cabo la presentación del Programa Potenciar Corrientes a través de una reunión virtual, llevada a cabo entre el Ministro de Desarrollo Social de la Provincia, Adán Gaya, la Directora de Comercialización de Corrientes, Débora Galarza Alcaraz y el Ministro de Desarrollo Social de la Nación, Daniel Arroyo.


El Programa Potenciar consiste en una iniciativa dispuesta en tres ejes fundamentales (socio-productivo, socio-comunitario y socio-laboral), por medio de la cual podrán desarrollarse los 21 proyectos presentados por la Provincia ante Nación con esto van a ser beneficiados más de 2400 titulares de toda la provincia con una inversión de 163 millones de pesos, presupuesto que será desembolsado por el fondo de Desarrollo Social de Nación y a partir de enero comenzarán los trabajos pertinentes para lograr este objetivo.

 

EL Programa Potenciar constituye una serie de iniciativas que tiene como receptores principales a titulares de los Programas Sociales “Salario social complementario” y “Ellas hacen” que se fusionan para la creación del programa “Potenciar”.

 

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La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y Nación, busca impulsar el desarrollo productivo de los beneficiarios de los programas sociales "Salario social complementario" y "Ellas hacen”.

 

El proyecto se plantea objetivos en tres dimensiones:

 

Socio-laboral: por medio del cual se buscará lograr la terminalidad educativa, la formación para el empleo y mejorar las capacidades de autogestión de emprendimientos y asociativismo de titulares del programa. En esta dimensión se incluyen 11 (once) opciones de formación, cuyos ejes principales son: Innovación para la terminalidad educativa de titulares, formación profesional de titulares para incrementar su empleabilidad, formación para el empleo mediante capacitaciones en oficios a titulares y alfabetización financiera y Cooperativismo.

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Socio-productivo: se generarán actividades de autoempleo para fortalecer emprendimientos y crear canales de comercialización para los productos generados por titulares del programa con el objeto de obtener nuevas fuentes que fortalezcan sus ingresos. En esta dimensión están incluidos 7 proyectos que trabajan los siguientes ejes: Producción de alimentos en huertas comunitarias y familiares, servicios ambientales; creación, fortalecimiento de emprendimientos y comercio de productos de la economía social desarrollado por titulares e infraestructura social.

 

Socio-comunitario: se brindarán herramientas para la detección y abordaje de los consumos problemáticos y tareas de sensibilización en la población tendientes a generar conciencia frente a la situación de pandemia y reproducir los hábitos de cuidado. Se incluyen actividades culturales, deportivas y acciones que beneficiarán a usuarios de los centros de promoción del menor y comedores, que tendrán como ejes: la prevención en tránsito y de consumos problemáticos, tareas de cuidado y actividades recreativas.

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Política

La pandemia no impidió el desarrollo industrial de Corrientes durante el 2020

BALANCE

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El Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio pone énfasis en su anuario en los logros que se alcanzaron a pesar de las dificultades que ocasionó la pandemia del coronavirus. Un repaso por algunos de los puntos más fuertes de la gestión del titular del organismo, Raúl Schiavi, y de las tres subsecretarías.


El Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio, a cargo de Raúl Schiavi, realizó durante el 2020 una serie de trabajos en línea con los ejes de modernización, desarrollo e inclusión social trazados por el gobernador de Corrientes, Gustavo Valdés, al inicio de su gestión. Fue un año atípico producto de la pandemia de la COVID-19, lo que provocó cambios en la gestión que determinaron un nuevo esquema de trabajo donde la virtualidad tomó un notable protagonismo. A pesar de las consecuencias de la cuarentena, la Provincia siguió su camino hacia la industrialización, logrando nuevas inversiones y fortaleciendo sectores estratégicos de la economía.

 

En su discurso de apertura del Periodo de Sesiones Ordinarias -1 de marzo-, Valdés destacó el programa Red de Parques Industriales de Corrientes con el que desde el Ministerio trabajan en organizar, planificar y administrar los predios destinados a las empresas.

 

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En lo que respecta a la atracción de inversiones en el sector industrial, por gestiones del Ministerio de Industria, se concretaron importantes proyectos de radicación de empresas en los parques industriales.

 

Vale recordar cuando Valdés firmó un Acta de Compromiso con 11 empresas para que se instalen en el parque industrial de Ituzaingó. Asimismo, en otra ocasión el viceintendente de la ciudad de Corrientes, Emilio Lanari, y el ministro Schiavi firmaron un convenio para que el parque industrial de Santa Catalina forme parte de la Red de Parques Industriales.

 

Este año también se produjeron importantes avances en la obra del Parque Tecnológico Corrientes-UNNE, que se construye en el Campus Deodoro Roca de la capital.

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En un encuentro celebrado en el parque forestoindustrial Santa Rosa, Schiavi y empresarios acordaron la modalidad de administración del predio.

 

En materia de infraestructura, este año se dio un importante paso en la obra de conexión de gas natural al parque industrial de Mercedes porque llegaron los caños de la conexión.

 

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En Bella Vista, funcionarios provinciales mantuvieron un encuentro con sus pares del municipio, empresarios e integrantes de la Cámara de Comercio local para finiquitar aspectos del proyecto ejecutivo del terreno destinado a concentrar al parque industrial de esa ciudad.

 

En agosto se conoció que la empresa Transporte Snaider SRL invertirá 70 millones de pesos para instalarse en el parque industrial y centro logístico Paso de los Libres.

 

Este año también el Ministerio generó un aporte clave a la hora de medir a los sectores industriales al lanzar su propio Índice de Producción Industrial. A través de encuestas realizadas a decenas de empresas instaladas en la provincia se obtienen datos útiles para la implementación de políticas públicas. La iniciativa es llevada adelante por los Ministerios de Industria y de Hacienda, a través de la Dirección de Estadística y Censos.

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Hubo un fuerte compromiso entre el Gobierno provincial y la Municipalidad de Santa Rosa para trabajar mancomunadamente en la prevención de incendios en aserraderos.El ministro Schiavi y el intendente Pedro Maidana acordaron una serie de tareas para alentar a la relocalización de las empresas en el parque forestoindustrial. Justamente, dicha localidad fue noticia en septiembre porque se confirmó que la empresa Chriscar SRL se instalará en el parque y destinará 30 millones de pesos para la construcción de una planta de aserrado y un secadero, generando así trabajo para los correntinos.

 

Entre otras de las gestiones realizadas, Schiavi, recibió al intendente de Bella Vista, Walter Chávez, y al presidente de la empresa UTE BV S.A, Roger Paul Sabourin, la primera firma que manifestó su interés en radicarse en el futuro parque industrial de esa localidad. El funcionario provincial explicó las instancias que atraviesa el proyecto ejecutivo del parque industrial y los estudios que restan.

 

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Uno de los parques industriales más prometedores es el de Libres porque además está planificado que incluya un centro logístico y eso cautivó a varias empresas. En ese sentido, el presidente de CARPAL S.A y el ministro Schiavi rubricaron un documento que establece formalmente la intención de la compañía de instalarse en el predio industrial y generar empleo local. La Provincia le otorga al proyecto los beneficios contemplados en el Régimen de Promoción de Inversiones.

 

Siguiendo con las gestiones de articulación con los municipios, desde el organismo garantizaron apoyo para impulsar el parque industrial de San Carlos.

 

Luego de los lamentables incendios que arrasaron con importantes extensiones de tierras y en algunos casos dañaron a aserraderos, el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio definió un protocolo para evitar focos ígneos en zonas de actividad industrial y también la manera de proceder en caso de que ocurran. Se trata de un trabajo amplio que considera todos los aspectos a cumplir por los trabajadores del sector.

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Cerca del cierre del año, Schiavi comenzó a trabajar en junto a productores de cerveza artesanal para que ganen más mercado. Como resultado de esa gestión, el Gobierno provincial y la Municipalidad de Corrientes firmaron un Convenio Marco de Cooperación con la Cámara de Cerveceros Artesanales de la Provincia de Corrientes.

 

Procurando llevar la gestión a cada rincón de la provincia, Schiavi logró que Mocoretá se sume a la Red de Parques Industriales de Corrientes y se generaron encuentros de articulación entre Provincia y el municipio de Colonia Liebig para apuntalar la zona industrial de la ciudad.

 

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Otra de las acciones de Gobierno provincial fue el otorgamiento de 280 mil m²  de terrenos para ejecución de proyectos madereros en Ituzaingó.

 

En tanto, en La Cruz se avanzó con la firma de un convenio para la radicación de cinco industrias en el parque industrial. Schiavi y los responsables de las empresas rubricaron un convenio que plasma la intención de radicarse en el parque industrial de la ciudad.

 

Una de las importantes gestiones del año también fue la constitución de la Mesa Textil Industrial de Corrientes

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Cerca de fin de año, Schiavi puso en funciones a dos nuevos funcionarios: la directora de Industria, Mariel Gabur, y el director de Pymes, Damian Garavano. Ambos procedentes del interior, la primera de Liebig, y Garavano de Paso de los Libres; aportándole al área una participación de mujeres y jóvenes del interior.

 

Además de todo lo anterior, el Ministerio también estuvo abocado a realizar constantemente trabajos de mantenimiento, mejoramiento y fortalecimiento de la infraestructura de los parques industriales de carácter provincial.

 

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Fue un año difícil para la gestión del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio por las complicaciones que generó el coronavirus, pero vale destacar que el titular de la cartera manifestó que “muchos de los proyectos que teníamos y programas que habíamos lanzado, con la impronta del gobernador Gustavo Valdés de industrialización de nuestra producción primaria, parecían que podían postergarse o ralentizarse con la pandemia, pero la buena noticia es que no fue así”.

 

Subsecretaría de Industria

 

Para la Subsecretaría de Industria, a cargo de Edgar Benitez, el 2020 fue un reto importante porque tras dos años de realizar capacitaciones presenciales en oficios a lo largo y ancho de la provincia, surgió la necesidad de adaptarse a un nuevo contexto.

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El universo industrial de Corrientes estuvo parado un tiempo, pero rápidamente se activó con protocolos sanitarios, y capacitaciones del personal y la Subsecretaría estuvo ahí para ayudarlos.

 

Durante la pandemia, el subsecretario y sus técnicos visitaron más de 20 localidades (Ituzaingó, San Carlos, Garrucho, Garabí, Goya, Cruz de los Milagros, Pago de los Deseos, Mburucuyá, San Miguel, Concepción, Mercedes, Curuzú Cuatía, Santa Rosa, Gobernador Virasoro, Monte Caseros, La Cruz, Villa Olivari, Yapeyú, entre otros) entregando bienes de capital y recabando información de problemáticas y brindando consejos a distintos actores industriales de la provincia, desde las micro, pequeñas y medianas empresas hasta las grandes cooperativas que exportan a todo el mundo.

 

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Este año entró en operación la planta de biomasa de Genergíabio Corrientes, ubicada en el parque de Santa Rosa, y se espera por la de FRESA, en Virasoro. Se trata de proyectos que aprovechan los subproductos de la industria forestal y la transforman en electricidad para los pobladores de las zonas aledañas.

 

Siguiendo este camino de las energías renovables, la cartera a cargo de Benitez realizó una exitosa capacitación virtual sobre Energías Fotovoltaicas a nivel hogareño, empresarial e institucional con más de 300 asistentes. Además, se generó una labor articulada con la Asociación de Comercio de Curuzú Cuatiá y a la Universidad de la Cuenca del Plata para realizar durante el último trimestre del año una serie de webinars sobre identidad, packaging y otras habilidades para el emprendedor.

 

También desde el área se fortaleció la Red de Parques Industriales de Corrientes, una red pensada como una gran tela de araña para generar unidad a pesar de las distancias geográficas entre los distintos parques, logrando una sinergia entre empresarios, municipios y prestadores locales de bienes y servicios. Se iniciaron expedientes para unas 30 empresas (6 en Santa Rosa, 19 en Ituzaingó, 5 en Mercedes y 3 en Paso de los Libres) y se están tramitando la incorporación de otras.

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“El 2020 fue un año atípico, pero nos pudimos adaptar rápido y seguir respondiendo a las problemáticas de aquellos que quieren apostar por la industria correntina y llevar adelante el desarrollo, la modernización y la inclusión social de todos los correntinos”, dijo el subsecretario Benitez.

 

Subsecretaría de Trabajo

 

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El organismo a cargo de Jorge Rivolta realizó distintas capacitaciones a lo largo del año, incorporando la modalidad de manera remota por el contexto de pandemia y las medidas sanitarias definidas en consecuencia.

 

De las jornadas participaron 1575 alumnos, de los cuales 524 son de la ciudad de Corrientes y los restantes 1051 participantes residen en otros puntos de la provincia. Aproximadamente se llegó al 75 por ciento de la provincia, alcanzando a un total de 58 localidades.

 

Las capacitaciones abordaron en total 20 oficios: Auxiliar Administrativo, Auxiliar Contable, Bioseguridad, Capacitación Administrativa y Contable, Ceremonial y Protocolo, Community Manager, Cuidados Gerontológicos, Gestoría Administrativa, Introducción al Marketing, Lengua de Señas, Manipulación de Alimentos, Oportunidad Laboral Pospandemia, Oratoria, Primeros Auxilios, Secretariado Jurídico, Secretariado Jurídico Administrativo, Seguridad e Higiene Laboral, Valores en el ámbito laboral.

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El curso con más participantes fue el de Lenguaje de Señas con 218 alumnos.

 

Por otra parte, Trabajo avanzó en la creación de una comisión tripartita contra la violencia laboral. Junto a organizaciones sindicales, cámaras empresariales y autoridades universitarias diagramaron políticas conjuntas para combatir este flagelo en Corrientes.

 

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También reforzaron el llamado a adherirse a la Rúbrica Digital, la iniciativa que permite la firma de documentación laboral a través de Internet, de manera segura, gratuita y rápida. En este sentido, Rivolta expresó que “la modernización del Estado es imprescindible porque puede hacer frente a cualquier contingencia” en el marco de la pandemia.

 

Entre las gestiones del subsecretario de Trabajo se destacan las reuniones que mantuvo con legisladores para impulsar la Ley de Conciliación Laboral. Rivolta, participó de distintos encuentros para explicar el proyecto que busca la adhesión para contener al trabajador y darle una alternativa rápida de resolución de un conflicto laboral. En esa línea, los sindicatos le entregaron a Rivolta propuestas para la Ley de Conciliación Laboral.

 

La cartera laboral dictó talleres para reforzar la seguridad sanitaria en más de 200 comedores como parte de la lucha contra el coronavirus. Junto a la Dirección de Seguridad Alimentaria capacitaron al personal de los centros comunitarios en medidas de higiene y manipulación de alimentos con el fin de unificar criterios para desarrollar las actividades.

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Cerca de fin de año Trabajo expuso acciones contra la explotación infantil en una capacitación del RENATRE. En el ciclo realizado a través de plataforma Zoom “Trabajo cultural, cosecha y empaque de arándanos”, la Subsecretaría de Trabajo generó aportes y participó en la organización del mismo.

 

A modo de síntesis de lo que dejó el año, en contexto de pandemia Trabajo avanzó con mil conciliaciones laborales. Desde junio de este año se lograron mil acuerdos para evitar conflictos en los lugares de trabajo, más precisamente para colaborar en el cumplimiento y efectivización de protocolos sanitarios, acercando a las partes para buscar soluciones en común.

 

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Subsecretaría de Comercio

 

En lo que respecta a las gestiones del organismo a cargo de Juan José Ahmar, las gestiones realizadas estuvieron vinculadas en resguardar y garantizar los derechos de los consumidores haciendo controles en comercios, concretando capacitaciones, ampliando la presencia de las delegaciones en el interior provincial y realizando mediaciones entre empresas y usuarios.

 

Una de las actividades más relevantes del año de la Subsecretaría de Comercio fue en marzo cuando Schiavi inauguró una delegación de Defensa del Consumidor en Gobernador Virasoro. Es la tercera oficina de la Dirección de Defensa del Consumidor en el interior provincial y en la nueva sede se toman denuncias por reclamos a empresas de bienes y servicios, evitando traslados a la Capital por trámites.

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La Subsecretaría es la entidad encargada del cumplimiento y control de comercios porque así lo dispone la Nación. En materia de controles, el año inició con los agentes del organismo recorriendo las librerías que ofrecían la Canasta Escolar Correntina; pero una vez que se desató la pandemia en todo el territorio nacional, en la provincia se abocaron a constatar precios y disponibilidad de alcohol en gel y repelentes en farmacias y droguerías de Capital para verificar la existencia y los precios de esos productos. Para evitar maniobras desleales, Comercio inspeccionó también droguerías por la faltante de alcohol en gel. En ese contexto complicado, desde la cartera industrial pidieron a Nación que intime a los fabricantes de este producto para distribuir y abastecer a la comunidad.

 

Las inspecciones incluyeron también a los comercios adheridos al programa Precios Cuidados para asegurar la presencia de los productos en las góndolas. Gracias a este trabajo se logró que los precios de supermercados se retrotraigan y se ajusten a los acuerdos realizados.

 

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Las verdulerías y fruterías de la Capital también estuvieron en la agenda de Comercio con el fin de evitar abusos de precios. En algunos casos detectaron irregularidades y se labraron actas por no exponer los costos de los alimentos.

 

Los controles de precios también llegaron a municipios del interior. Desde el inicio de los operativos de control de Precios Máximos, la Subsecretaría de Comercio diagramó un sistema de trabajo coordinado con las municipalidades de la ciudad de Corrientes, Ituzaingó, Gobernador Virasoro, Bella Vista, Goya, Alvear y Mburucuyá.

 

Dada la continuidad de la cuarentena y con las medidas obligatorias de prevención del coronavirus, se verificaron la disponibilidad y los precios de venta de barbijos y alcohol en gel.

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Los inspectores de Comercio controlaron los Precios Máximos en Itá Ibaté, y se reunieron con el intendente para avanzar con la apertura de una delegación en la localidad.

 

El precio del gas -como todos los años- es otro de los temas sensibles del área y en el 2020 no fue la excepción porque se realizaron numerosos controles de los precios de venta del gas envasado en distribuidoras de Capital. En la mayoría de los casos, en los centros de distribución de respetaba el precio máximo establecido por la Nación.

 

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Los controles también abarcaron el cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria en supermercados. Por decisión de Ahmar, los comercios de Capital fueron visitados por los agentes para corroborar el cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas para la lucha contra el coronavirus.

 

En lo que respecta a fiscalizaciones también se verificó el correcto uso de las Tarjetas Sapucay y Mbareté, y ya en el último mes del año se corroboraron el cumplimiento de los Precios Cuidados y la disponibilidad de la canasta navideña. También controlaron el tiempo máximo de espera en las filas de las cajas y las medidas sanitarias de prevención del coronavirus.

 

Este año profundizó las relaciones entre empresarios y funcionarios del Ministerio porque ante la pandemia, se realizaron una serie de encuentros para desplegar un plan de tareas en los comercios con el fin de llevar tranquilidad a la población y garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención de la COVID-19.

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En algunos casos, los controles derivaron en sanciones por incumplimiento. En este caso se labraron actas por irregularidades en los precios establecidos por la Nación. Como autoridad de aplicación, la Subsecretaría actuó clausurando supermercados en la capital y el interior provincial, fundamentalmente en casos donde se detectaron productos vencidos y se decomisaron alcohol en gel de dudosa procedencia.

 

Los locales de cobranzas extrabancarias también fueron apercibidos por el organismo. Tras recibir denuncias por cobros de plus, cargos o adicionales los agentes públicos realizaron controles y detectaron incumplimientos y labraron actas de infracción para desalentar las prácticas abusivas.

 

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En Paso de la Patria y Mburucuyá se verificó el cumplimiento del régimen de Precios Máximos y al identificar productos que se vendían a valores superiores y se labraron actas de infracción.

 

Desde agosto rige la nueva etapa del programa Precios Cuidados y en Corrientes se aplica en las sucursales de las cadenas nacionales. En sus recorridas, los agentes detectaron faltantes y labraron actas de infracción.

 

La gestión de Ahmar incluyó también este año una capacitación a trabajadores de delegaciones de Defensa del Consumidor de Ituzaingó y Gobernador Virasoro. El objetivo del evento fue brindar mejor atención y asesoramiento al público.

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Otro de los puntos fuertes del 2020 fue el lanzamiento de la aplicación para teléfonos celulares Precios Correntinos, la cual permite constatar el valor de los productos contemplados por el programa nacional Precios Máximos. La app posee una solicitud para realizar denuncias anónimas, ante las irregularidades que se puedan presentar.

 

Este año la Justicia confirmó las multas aplicadas por la Subsecretaría de Comercio. El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó las sanciones en causas iniciadas de oficio por el organismo para dar respuesta a reclamos realizados por consumidores. Los fallos fueron resueltos por unanimidad.

 

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Ya en el cierre del año, Comercio estuvo ocupado en un trabajo articulado para lograr una tienda virtual para comerciantes y artesanos. El ministro Schiavi; el subsecretario Ahmar, y el gerente de APICC, Carlos Vasallo, dialogaron sobre el Plan de Transformación Digital dirigida a comerciantes y artesanos correntinos. La pandemia aceleró el proceso de digitalización de la compra-venta, por lo cual se proyecta una herramienta de comercio electrónico.

 

 

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Política

Corrientes 2030. Recta final por una década de objetivos consensuados

PLAN ESTRATÉGICO PARTICIPATIVO

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“Tenemos que pensar y planificar la Corrientes del 2030”, dijo el gobernador Gustavo Valdés cuando presentó en octubre pasado el Plan Estratégico Participativo que lleva adelante la elaboración del Nuevo Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social. Desde entonces, se concretaron decenas de charlas y talleres virtuales abiertos con miles de participantes, en los cuales se recolectaron cientos de propuestas sobre Desarrollo, Modernización, Inclusión y Género. Ahora, se preparan entrevistas a diversos referentes y talleres de consultas para culminar en la redacción final del acuerdo que se espera firmar en abril próximo. De esta forma, el Mandatario planteó “mirar hacia adelante con objetivos claros, definidos y consensuados por todos”.


El equipo técnico Corrientes 2030 procesa las propuestas que se aportaron en los talleres virtuales que convocaron recientemente a unas 6 mil personas de toda la provincia. Es así que se logró recoger una importante cantidad de ideas y aspiraciones de los muy diversos sectores de la sociedad, las cuales se pondrán a disposición para la redacción del Nuevo Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social.

 

“Corrientes 2030 es un espacio de diálogo, trabajo conjunto y planificación en el que miramos el mañana por fuera de la coyuntura”, indicó Valdés en una de sus publicaciones de redes sociales, sosteniendo que el mismo es “abierto y transparente con el foco puesto en el fortalecimiento de la participación ciudadana”.

 

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Con estas premisas, se realizaron a través de videoconferencias ocho charlas de sensibilización y 25 talleres participativos para las distintas regiones de la provincia, en los cuales participaron unas 6 mil personas, pertenecientes a diversos ámbitos de la sociedad. Los mismos se dividieron en los cuatro ejes de este plan estratégico: Desarrollo, Modernización, Inclusión y Género, concluyendo en el último destinado exclusivamente para jóvenes, el cual abordó estas cuatro temáticas.

 

En tanto, en las charlas de sensibilización que se realizaron previamente a los talleres, los ministros y otros funcionarios explicaron la tarea que llevan adelante desde sus respectivas áreas y la visión que guía sus pasos, en tal sentido.

 

Cabe señalar que para cada eje se convocaron especialistas en cada taller y fue así que para Desarrollo, los académicos Fabio Quetglas y Vicente Donato, remarcaron la importancia de establecer conectividad con países limítrofes para abrir nuevos mercados; mientras que en Modernización, el ingeniero Carlos Pallotti explicó su importancia para la economía y la transformación de la sociedad; luego, la socióloga Gabriela Agosto describió el rol de la educación y los gobiernos locales en la Inclusión; y en el eje Género, Julia Pomares (CIPPEC), planteó la necesidad de políticas públicas para una mayor inserción de la mujer en el ámbito laboral.

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Ahora, la siguiente etapa de este Plan Estratégico Participativo consiste en la realización de entrevistas en profundidad a distintos referentes, tanto de los sectores público como privado, las cuales tendrán a su cargo un equipo especializado del ámbito académico, durante el mes de febrero. La información que se obtenga de este trabajo se sumará al conjunto de propuestas obtenido de los talleres y con ello, el equipo técnico Corrientes 2030 redactará el primer borrador del Pacto.

 

Con este documento preliminar se realizará durante el mes de marzo una nueva ronda de talleres de consulta y validación, a fin de consensuar la versión definitiva con los municipios y los Consejos Regionales, en los cuales se nuclean diversas instituciones públicas y privadas, y que integran el Consejo Provincial para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social, órgano representativo con rango constitucional.

 

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Al respecto, Valdés señaló que “con la puesta en marcha del Plan Estratégico Participativo Corrientes 2030, abrimos las puertas para que cada uno de los correntinos y las correntinas puedan hacer su aporte a través de las organizaciones de la sociedad civil. Así, mediante los talleres virtuales participativos, recibimos cientos de ideas para impulsar el desarrollo, la modernización, la inclusión social, con un acento puesto en hacer efectivos los derechos de las mujeres y los jóvenes”.

 

 “Ahora vamos a procesar todas esas propuestas para que sean revisadas y ordenadas de cara a una nueva consulta”, afirmó luego, a fin de que “tengan el consenso necesario para que antes que finalice el PEP 2021, podamos firmar el Nuevo Pacto Correntino para el Desarrollo Económico y Social que guiará a nuestra provincia durante los próximos 10 años”. Cabe señalar que el primer Pacto fue firmado el 5 de diciembre de 2013 con Ricardo Colombi como gobernador, tras un proceso similar al que actualmente se lleva adelante con Valdés como principal impulsor y con la firme decisión política de rubricar este nuevo acuerdo en abril próximo.

 

“Cumplimos el primer paso”, había dicho el Mandatario en referencia al PEP 2021 cuando presentó el 16 de octubre pasado el nuevo Plan Estratégico Participativo, sosteniendo que “ahora tenemos que pensar y planificar la Corrientes del 2030”. Y consideró que este proceso “tiene que ver con proyectar el presupuesto a ese período: son los recursos que tenemos para crecer, desarrollarnos y para mirar hacia adelante, pero fundamentalmente para brindar calidad institucional con objetivos claros, definidos y consensuados por todos en una provincia que necesita tener definiciones de futuro”.

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