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Política

Incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad

NUEVA DENUNCIA PENAL

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El señor Juez de Instrucción N°3 de la ciudad de Corrientes Cocchia Breard, recibió de Miguel Fernando Soto, una nueva denuncia penal contra el Jefe de Policía de la Provincia Comisario General Rodolfo Victorio Fernández por conductas que el denunciante estima de carácter delictuoso y subsumibles en los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad, omisión de deberes del oficio y falsedad ideológica”. Hay que recordar que es la segunda ya que la primera fue radcada en la Fiscalía del doctor Raúl Passeto.


El texto completo de la denuncia dice: Miguel Fernando Soto, D.N.I.N°22.731.617, con domicilio real en 536 viviendas, monoblock 38, piso 2 departamento 7 de esta ciudad capital, por derecho propio se presenta y respetuosamente DICE: OBJETO: Vengo a radicar denuncia penal por escrito contra el Sr. Jefe de Policía de la Provincia de Corrientes Crio. General Rodolfo Victorio Fernández, con domicilio laboral en calle Quintana N°853(ciudad) y el Director de Asuntos Internos de la Policía de la Provincia Crio. Inspector Juan Alfredo Ojeda, con domicilio laboral en Catamarca N° 355(ciudad), por conductas que estimo de carácter delictuoso y subsumibles en los delitos de INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO Y ABUSO DE AUTORIDAD, OMISIÓN DE DEBERES DEL OFICIO y FALSEDAD IDEOLÓGICA. Que en tal sentido declaro bajo juramento de ley conocer las penalidades que el Código Penal prevé para los falsos denunciantes, art. 245. HECHOS: Que soy empleado de la Policía de la Provincia de Corrientes desde hace dieciséis años y once meses, ostentando a la fecha el grado de Oficial Principal. Es en ese empleo en el que me desempeñé durante el lapso temporal que menciono y a lo largo de mi carrera, he sido promovido desde la jerarquía de Of .Subayudante, a Ayudante, a Auxiliar y por último a Principal no teniendo inconveniente alguno. Es más, he decidido perfeccionarme en mi puesto laboral y he cursado los estudios de grado de la carrera universitaria de Abogacía, obteniendo el título de grado de Abogado en el año 2005, realizando cursos de perfeccionamiento policial y de pos grado para cumplir acabadamente y de la mejor manera la función que se me encomiende dentro de la Institución Policial. Es así que todos los años he recibido, tal como prevé el reglamento, la calificación anual que supera o iguala los 80 puntos recibiendo las más elevadas consideraciones por parte de mis superiores siendo felicitado en varias ocasiones por mi labor. Que en el presente año, entre el mes de Abril y Mayo ocurrieron en la provincia lo que podemos calificar como LAMENTABLES HECHOS como ser la necesaria MANIFESTACION de PERSONAL POLICIAL en reclamo de sus derechos, situación que terminó con el dictado de dos normas, un Decreto por parte del Poder Ejecutivo y una Ley por parte del Poder Legislativo, en la primera de ellas el Sr.Gobernador dispuso el pago de un adicional de PESOS SEISCIENTOS($600) en tres cuotas de PESOS DOSCIENTOS($200), mientras que la segunda, la Ley llamada de AMNISTÍA ADMINISTRATIVA dejaba sin efecto cualquier tipo de sanción y/o procedimiento sancionatorio que se hubiere aplicado o que esté en vías de aplicación al personal dependiente de la administración pública que hubiere participado en las protestas. Cabe agregar que mientras duró la situación de conflicto, en fecha que no recuerdo, pero estimo fue en la segunda quincena del mes de Abril patrociné una Denuncia Penal contra el Sr. Jefe de Policía por ante la Fiscalía del Dr. Passeto. Que paso entonces a relatar los hechos que considero infringen las normas penales a las que me refiriera, consistentes en que a partir del cese de la situación conflictiva, y tal como adelantara a lo largo del conflicto, el Sr. Jefe de Policía ha venido tomando represalias para con el personal policial haciendo abuso de su autoridad en reiteradas ocasiones, por si mismo, o dando las órdenes a los oficiales jefes y superiores para que sometan a los participantes de la protesta a cualquier tipo de actos o hechos que pueden ser calificados como VIOLENCIA LABORAL, ya que ha ordenado sanciones, pases y traslados y hasta la sustanciación de Sumarios Administrativos por situaciones inverosímiles y hasta irrisorias solo con el afán de tomar revancha por los hechos acaecidos. Para graficar lo dicho, puedo mencionar que se me ha iniciado desde ese momento a la fecha, lapso de seis meses, la friolera de CUATRO (4) Sumarios Administrativos, se me ha sancionado con nueve días (9) de arresto por causas irreales actuando con el solo propósito de lograr mi apartamiento de la Institución Policial en grado de CESANTÍA, mientras que como dijera arriba en los casi diecisiete años de servicio activo, solo he recibido ascensos y felicitaciones, habiendo estado sumariado en solo tres oportunidades (sancionado con 9 días de arresto en la primera, sobreseido en las otras dos). Es así que hasta se me inició Sumario Administrativo por haber concurrido el 9 de Agosto (día de la Policía) a tomar mate con unos compañeros en la plazoleta del monumento fundacional de la ciudad. Ante ello ME PREGUNTO, puede un funcionario ser calificado durante toda su carrera como casi excelente y en seis meses convertirse en un elemento tan nocivo que deba ser DESTITUIDO?. Que como dijera, las represalias han ido increscendo, problema sufrido por muchos camaradas, lo que sumado al incumplimiento de lo prometido a quienes actuáramos como voceros de los policías en lo atinente al BLANQUEO de las sumas abonadas en NEGRO, la conformación de una mesa de discusión en torno a las condiciones de prestación del servicio y de la remuneración y otras tantas que son de público y notorio conocimiento, motivó que las movilizaciones comenzaran nuevamente en el pasado mes de octubre, siendo comisionado por mis compañeros para manifestar el descontento que existe en las filas, en los retirados y en la familia de los policías, comisión que acepté de buen grado en razón de que como hombre de derecho, entiendo que las prerrogativas constitucionales nos alcanzan también a los uniformados, que no por estar sometidos a un Régimen Disciplinario al cual desde ya tacho de inconstitucional dejamos de ser ciudadanos de la República Argentina. Es en esa comisión que he redactado notas de queja y petitorios a las autoridades, las que fueron entregadas por la FAMILIA POLICIAL a cuanto funcionario de jerarquía quisiera recibirlas no obteniendo a la fecha respuesta alguna. Fue así que en asamblea de la asociación creada al efecto A.P.Pol.O. (Asociación Penitenciaria Policial Organizada) se decidió la implementación de medidas de acción directa como expresar primero nuestro malestar ante los medios de difusión de información pública, ejerciendo por así llamarlo algún tipo de PRESIÓN a nuestros mandos naturales para que nos den una solución que esté en la órbita de sus facultades (no continuar con la persecución y violencia laboral). Que la situación de persecución continuó sin embargo agravándose, por lo que decidimos hacer oír nuestros reclamos acompañando las movilizaciones de los otros empleados públicos (Docentes, Salud Pública) al entender que formamos parte de la sociedad, que no estamos, por vestir un uniforme en una situación de CAPITIS DIMINUTIO con respecto a las normas supra legales. En ese sentido hemos participado como asociación de la modalidad de protesta que se lleva adelante desde hace un tiempo en la cabecera del Puente General Belgrano por parte de los empleados públicos. Ante esta modalidad de protesta, en la que participara activamente, se ha iniciado por Orden del Sr. Jefe de Policía RESOLUCIÓN J.P.N°1651/08 un Sumario Administrativo que desde la mencionada RESOLUCIÓN y hasta la ultima foja a la que he podido acceder hasta el momento reputo como NULAS de NULIDAD ABSOLUTA E INSANABLE calificándola como ACTO INEXISTENTE según nuestra doctrina Administrativista, pero que además en su accionar, tanto el Crio.General Victorio Fernandez, como el Instructor Dr.(abogado él) Juan Alfredo Ojeda han violado preceptos constitucionales y legales cuyos agravios hacen rememorar los viejos y tan discutidos procedimientos desplegados en las peores épocas del terrorismo de estado y represión, sin entender que somos una INSTITUCIÓN CIVIL ARMADA y no una FUERZA MILITAR. Es así que como dijera en el sumario administrativo identificado en el párrafo anterior se ha incorporado fotografías tomadas por PERSONAL DEL Departamento INTELIGENCIA CRIMINAL como supuestas pruebas de las infracciones administrativas, tomas en las que no aparece firma alguna de responsable y en las que se identifica como CUASI CRIMINALES no solo a personal policial en actividad y retirado, si no también a familiares de policías, a docentes, a personal de la salud y ciudadanos comunes. Que todas las personas con vinculación alguna a la institución policial han sido amenazadas en forma indirecta y encubierta diciéndoles que se les separaría de las filas policiales a los activos, a los parientes que se encuentren en actividad en el caso de los familiares y a los retirados. Estas amenazas que han sido anónimas, no han quedado en categoría de simple acto tendiente a infundir temor, sino que el expediente administrativo se ha desglosado para el inicio de una nuevo procedimiento sancionatorio al personal RETIRADO hechos estos de suma gravedad por no decir MAFIOSOS. Continuando con las irregularidades configurativas de los delitos que denuncio agrego que al ser citado para el ejercicio de mi defensa material, he hecho uso del derecho acordado por las normas de procedimiento del reglamento previsto por el art. 182 inc. c y d, a saber : Art. 182. El imputado tiene derecho a: Inc. c) Negarse a declarar sin que su silencio implique presunción de culpabilidad. d) A rubricar cada una de las fojas y pedir que así lo haga el instructor. Es así que he rubricado las fojas y he agregado junto a mi rubrica en algunas de ellas leyendas que hacen constar irregularidades procedimentales como la falta de firmas (rúbricas) en algunas pseudo pruebas, que al llegar a la foja con la foliatura N°14 he notado que estaba el sello de la repartición y la firma y sello identificatorio solo del secretario, más no del instructor, lo que convertía en nulo dicho acto (plasmado en un documento)y dejaba abierta la posibilidad de refutar de nulidad el mismo y todos los que se hayan realizado a continuación en aplicación de principios procesales. He hecho constar esa falencia haciendo constar de mi puño y letra al lado de mi rúbrica con la leyenda (No está rubricado por el Instructor). Comprenderá cual fue mi sorpresa e indignación cuando al corrérseme vista del expediente aparece firmado y sellado tratando de salvar su error por el Instructor contituyendo con esa acción una CUANDO MENOS FALSEDAD IDEOLOGICA. No bastando con este procedimiento, al finalizar el acto de mi indagatoria, solicito por escrito COPIA CERTIFICADA de las actuaciones, escrito incorporado en fecha 05 de noviembre, y cuya concesión sin limitación alguna para el correcto ejercicio de mi derecho constitucional de defensa, es regulada por el Cod. De Proced. Administratv. Ley 3460 art.268. Que esta copia certificada, me comentó el secretario de actuaciones se me estaría entregando al otro día 06/11/2008, y fue tal mi sorpresa al concurrir en forma personal el 06/11/08 y encontrarme con manifestaciones verbales del Subcomisario Miguel Angel Almirón y el Oficial Principal Pedro Miguel Navarro de que el DIRECTOR (Ojeda) había ordenado que no se me entregue si no hasta después de notificado del Art. 217 del R.R.D.P. y N.P. (Reglamento Disciplinario y Normas de Procedimiento) abusando de esa manera de su investidura para restringir mi defensa técnica. Ante ello reitero la solicitud instando y exigiendo la entrega peticionada por medio de escrito adjuntado al expte como foja 138, el que es seguidamente proveído sosteniendo que la entrega se haría en oportunidad de la notificación del art. 217 denegándoseme nuevamente. Que en fecha 07/11/2008, en horas de la mañana, se presenta en mi estudio el Oficial Navarro con el expediente para facilitarme la copia y diciéndome que quería evitar problemas pero pese a ello el RETARDO configurativo de la OMISIÓN DE DEBERES DEL OFICIO estaba perfeccionado por parte de Ojeda, a más de la FALSEDAD e INCUMPLIMIENTO mencionados. En cuanto a las conductas que atribuyo al Sr. Jefe de Policía y que considero como subsumible en el tipo penal del art. 248 del C.P., a más de estar expresadas a lo largo del memorial como las de violencia y persecución laboral. Es de hacer notar que estimo se hallaba impedido de ordenar persé la sustanciación del Sumario administrativo debiendo haberse inhibido por haber yo patrocinado denuncia en su oportunidad en su contra además de una infinidad de abusos funcionales que por ser tantos se me pasan por alto. CALIFICACIÓN DE LOS HECHOS: 1-BIEN JURÍDICO TUTELADO: Haciendo un tratamiento que justifique la calificación como delito que atribuyo a las conductas realizadas por estos funcionarios consistentes en la lesión del BIEN JURÍDICO TUTELADO por el capitulo todo, es de mencionar parafraseando a Donna, que son los que la Constitución considera absolutamente ilegal, la doctrina desprecia, el ciudadano común rechaza y nosotros abominamos. Es el que pone a la persona sobre la ley en consecuencia admite cualquier orden ilegal del “jefe” sólo por serlo, el que usufructúa el Estado como un coto de caza propio, en fin el que se olvida del bien común. En síntesis, y para evitar cualquier confusión, se parte del punto de vista de que el Estado, al cual nos referimos, es aquel surgido de la Constitución a la cual están sujetos todos los poderes. Todos deben obediencia a la ley, por sobre el partido político, la corporación y , es más, por sobre sus deseos de REVANCHA. Que los actos enunciados implican un acto de deslealtad con respecto a la jerarquía del sistema normativo, anteponiendo un reglamento vetusto e inconstitucional como el R.R.D.P. y N.P. (Dec. 4.218/95) a la normativa supra legal. Continuando con la aseveración de la lesión al bien jurídico tutelado podemos seguir a Cerezo Mir cuando dice ” los preceptos del Derecho Penal que regulan los delitos de los funcionarios públicos tienen como fin, el mantener a los mismos en la observancia de sus deberes y el contribuir a la mejor organización y legalidad de las funciones estatales”. En ese sentido es coincidente la doctrina al afirmar que la esencia de los delitos de funcionario está dada por el abuso de la autoridad como violación del deber de funcionario. Además, como un atque contra la pureza del ejercicio del cargo, y como un peligro en el hacer del funcionamiento de la administración del Estado. También se afirma que es un ataque interno contra el poder del Estado. Pero en general se puede afirmar, que el bién jurídico es la fidelidad a la pureza de la función pública. Se pretende asegurar la conducta de los funcionarios, quienes con la inobservancia de los deberes a su cargo obstaculizan esa regularidad funcional, dañando no solo la función en si, sino a los particulares y subalternos. Que la conducta desplegada por los por mí imputados lleva aparejada la infracción de un deber jurídico específico cual es el RESPETO A la Constitución Nacional, La Constitución Provincial y las leyes, esta infracción específica se da por cuanto el Estado ha delegado en la persona del estos malos funcionarios, la potestad de formar o ejecutar su voluntad, lo que lleva aparejado que su violación a los preceptos compromete al Estado todo. A decir de MOLINARIO y AGUIRRE OBARRIO, tomando en cuenta la Exposición de Motivos de la sanción de la norma, se trata del funcionario que, traicionando la confianza depositada en él por el pueblo o alguno de los poderes públicos, emplea la autoridad recibida como instrumento para violar la Constitución y las Leyes cuyo guardián celoso debería ser, ya que ” si no tiñéramos la disposición con la idea de que se trata de una traición a la confianza, de usar la autoridad como instrumento para violar la Constitución o las leyes, es decir, si no exigimos un toque de alevosía, el delito se desdibujaría y podría castigarse a todos funcionario y juez”. 2-PRIMER TIPO PENAL: 2-A. Comenzaré por mencionar el art. en el que creo se subsumen alguna de las acciones, siendo este el: ARTICULO 248. – Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere. SUBSUNCIÓN EN EL TIPO PENAL: Analizadas las acciones, la conducta desplegada no contienen en si mismas particularidad alguna que refleje su ilicitud, pues son actos funcionales de dictar resoluciones o una orden. Se convierten en ilícitas cuando su sustento subjetivo es DOLOSO, es decir, se dictan a sabiendas y con intención de menoscabar derechos constitucionales en este caso de sus subalternos. “Al respecto se ha sostenido que el tipo penal está destinado a sancionar el dictado, por parte de funcionarios de relevancia, de resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales, o la inejecución de las leyes cuyo cumplimiento le incumbiera, y no el mero incumplimiento de funciones administrativas. Es un delito de omisión consistente en no hacer lo que la ley manda en razón de su cargo, traicionando la confianza peositada en él por el pueblo o alguno de los poderes públicos” (C.C.Corr.Fed., sala II, Zambianchi, C.A. y otros”, B.J., N°1, enero-abril 1986, p.159). La norma penal prevé tres supuestos como ser: 1. Cuando el Func. Dicta resoluciones u órdenes contrarias a la constitución o a las leyes nacionales o provinciales. 2. Cuando ejecute las órdenes contrarias a dichas disposiciones y; 3. Cuando no ejecute las leyes cuyo cumplimiento le incumba. Estimamos las conductas relatadas por el Sr. Jefe de Policía y el Crio. Inspector Ojeda como perfectamente retratadas por los tres supuestos. 2-B. Podría hablarse de la infracción por parte de Ojeda en cuanto a la concesión retardada de copia y NO CERTIFICADA de las actuaciones, del art. 249 C.P. ARTICULO 249. – Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio. 3-VIOLACIONES NORMATIVAS VERIFICADAS: Estimo con las conductas relatadas se ha violado con los arts. De la C.Nac. que se transcriben: Art. 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender. Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial. Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo. El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna. PRINCIPIO DE DEFENSA Art. 18.- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice. Art. 28.- Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. Violan la Constitución Provincial en: Artículo 6°: La libertad de la palabra hablada y escrita es un derecho. Toda persona puede ilimitada y libremente, en cualquier forma, manifestar sus ideas y opiniones, examinar y censurar la conducta de los poderes y funcionarios públicos, pero será responsable del abuso que haga de esta libertad. No se dictarán leyes ni medida alguna que restrinjan el ejercicio de aquella y en las causas a que diera lugar su abuso, se admitirá la prueba, siempre que fuese el injuriado un funcionario o empleado público. Es obligación de los funcionarios o empleados públicos, acusar toda publicación en que se les imputen faltas o delitos cuya averiguación interese a la sociedad. Artículo 7°: No se dictarán leyes que limiten el derecho de reunión pacífica para tratar asuntos públicos o privados. Todo acto u omisión de las autoridades de la Provincia debidos a coacción o requisición de fuerza armada o de reunión rebelde o sediciosa, son nulos. Artículo 27: Los principios, garantías y declaraciones establecidos en esta Constitución no podrán ser alterados, bajo pena de nulidad, por las leyes que los reglamenten. Toda ley, decreto, orden o resolución emanados de las autoridades, que impongan a los principios, libertades y derechos consagrados por esta Constitución, otras restricciones que las que la misma permite o priven a los habitantes de la Provincia de las garantías que ella asegura, serán nulos y sin valor alguno. Sin perjuicio de las reclamaciones por inconstitucionalidad, los damnificados por las disposiciones podrán deducir ante quienes corresponda las acciones procedentes contra los funcionarios o empleados públicos, hayan o no cesado en su mandato, que las hubieran autorizado o ejecutado, sin que puedan eximirse de responsabilidad en caso alguno, alegando orden o aprobación superior. Artículo 28: La administración pública provincial está regida por los principios de legalidad, eficacia, austeridad, congruencia normativa, desconcentración operativa, capacidad, imparcialidad, equidad, igualdad y publicidad de las normas y actos. Su actuación tiende a lograr economía, sencillez e informalismo en el trámite, celeridad, participación y el debido procedimiento público para los administrados. Los funcionarios y empleados públicos deben ajustar su actuación a dichos principios. Ningún funcionario público debe ejercer violencia laboral sobre los empleados a su cargo o bajo su dependencia. La violación de este precepto constituye falta grave. Artículo 31: Los derechos, declaraciones y garantías consignados en esta Constitución, no serán interpretados como mengua o negación de otros no enumerados o virtualmente retenidos por el pueblo, que nacen del principio de la soberanía popular y de la forma republicana de gobierno y que corresponden al hombre en su calidad de tal. Artículo 35: En ningún caso autoridad alguna puede suspender la observancia de esta Constitución ni la de la Nación, ni la vigencia efectiva de las garantías y derechos establecidos en ambas. Esta Constitución no pierde vigencia aun cuando por acto violento o de cualquier naturaleza se interrumpa su observancia y aplicación. Cualquier disposición adoptada por las autoridades en presencia o a requisición de fuerza armada o reunión sediciosa que se atribuya los derechos del pueblo, es nula de nulidad absoluta. Es deber de todo ciudadano contribuir al restablecimiento del orden constitucional y de sus autoridades legítimas, y oponerse al gobierno usurpador. En caso de ruptura del orden constitucional, cualquiera que ejerciere funciones previstas por esta Constitución para las autoridades legítimas, será considerado usurpador y quedará inhabilitado a perpetuidad para ocupar cargo o empleo público en la Provincia o en sus Municipios. Sus actos serán insanablemente nulos. A los fines previsionales, no se computará el tiempo de sus servicios ni los aportes que, por tales conceptos, realice. Nadie debe obediencia a quienes asumen funciones en violación de los procedimientos que la Constitución y las leyes establecen. Tampoco rige en tal caso el principio de obediencia debida a los superiores ni a quienes se atribuyen el mando. A todos los efectos se consideran vigentes, hasta la finalización del período para el que fueron elegidos, los mandatos y prerrogativas de los funcionarios electos por el pueblo de acuerdo con las disposiciones de esta Constitución. Atenta contra el sistema democrático todo aquél que cometa delito doloso grave en perjuicio de la Provincia o de un Municipio, que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado para ocupar cargos públicos durante el tiempo que las leyes determinen. La inhabilitación será perpetua cuando se tratare de delitos de lesa humanidad. 4-SEGUNDO TIPO PENAL: FALSEDAD IDEOLÓGICA: ARTICULO 293.- Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, el que insertare o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio. Es éste el precepto en el cual considero se halla contemplada la violación realizada por el Comisario Inspector Ojeda en cuanto estampó su firma (rubrica) en una foja (documento público) del expediente administrativo luego de la observación por mi parte de la falta de ese requisito. PRUEBAS: DILIGENCIAS SOLICITADAS: 1-Se libre oficio solicitando informe a la Jefatura de Policía sobre las causas administrativas en las que me hallo imputado en el período temporal que va desde el 24 de Mayo a la fecha. 2-Se solicite copia certificada de las actuaciones administrativas identificadas ut supra, en especial la iniciada por RESOLUCIÓN J.P.N°1651/08. 3-Se reciba declaración testimonial a los secretarios de actuaciones del antenombrado expediente (Almirón y Navarro). 4-Se reciba declaración testimonial a los funcionarios policiales (activos y retirados) identificados en los expedientes administrativos, así como a los ciudadanos ajenos a la institución que se hallan retratados en el mismo. DOCUMENTAL: Se adjunta: 1-Copias simples de fojas del sumario administrativo que refiriera como cuerpo en el que se cometieran algunas de las conductas típicas referidas. PETITUM: Por lo expuesto solicito: a-Se tenga por realizada denuncia penal. b-Se lleve adelante, de considerar necesario las pruebas y diligencias solicitadas. SERÁ JUSTICIA.

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Política

Se presentó el Programa Potenciar en Corrientes

EN FORMA VIRTUAL

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Este miércoles 30, se llevó a cabo la presentación del Programa Potenciar Corrientes a través de una reunión virtual, llevada a cabo entre el Ministro de Desarrollo Social de la Provincia, Adán Gaya, la Directora de Comercialización de Corrientes, Débora Galarza Alcaraz y el Ministro de Desarrollo Social de la Nación, Daniel Arroyo.


El Programa Potenciar consiste en una iniciativa dispuesta en tres ejes fundamentales (socio-productivo, socio-comunitario y socio-laboral), por medio de la cual podrán desarrollarse los 21 proyectos presentados por la Provincia ante Nación con esto van a ser beneficiados más de 2400 titulares de toda la provincia con una inversión de 163 millones de pesos, presupuesto que será desembolsado por el fondo de Desarrollo Social de Nación y a partir de enero comenzarán los trabajos pertinentes para lograr este objetivo.

 

EL Programa Potenciar constituye una serie de iniciativas que tiene como receptores principales a titulares de los Programas Sociales “Salario social complementario” y “Ellas hacen” que se fusionan para la creación del programa “Potenciar”.

 

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La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y Nación, busca impulsar el desarrollo productivo de los beneficiarios de los programas sociales "Salario social complementario" y "Ellas hacen”.

 

El proyecto se plantea objetivos en tres dimensiones:

 

Socio-laboral: por medio del cual se buscará lograr la terminalidad educativa, la formación para el empleo y mejorar las capacidades de autogestión de emprendimientos y asociativismo de titulares del programa. En esta dimensión se incluyen 11 (once) opciones de formación, cuyos ejes principales son: Innovación para la terminalidad educativa de titulares, formación profesional de titulares para incrementar su empleabilidad, formación para el empleo mediante capacitaciones en oficios a titulares y alfabetización financiera y Cooperativismo.

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Socio-productivo: se generarán actividades de autoempleo para fortalecer emprendimientos y crear canales de comercialización para los productos generados por titulares del programa con el objeto de obtener nuevas fuentes que fortalezcan sus ingresos. En esta dimensión están incluidos 7 proyectos que trabajan los siguientes ejes: Producción de alimentos en huertas comunitarias y familiares, servicios ambientales; creación, fortalecimiento de emprendimientos y comercio de productos de la economía social desarrollado por titulares e infraestructura social.

 

Socio-comunitario: se brindarán herramientas para la detección y abordaje de los consumos problemáticos y tareas de sensibilización en la población tendientes a generar conciencia frente a la situación de pandemia y reproducir los hábitos de cuidado. Se incluyen actividades culturales, deportivas y acciones que beneficiarán a usuarios de los centros de promoción del menor y comedores, que tendrán como ejes: la prevención en tránsito y de consumos problemáticos, tareas de cuidado y actividades recreativas.

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Política

La pandemia no impidió el desarrollo industrial de Corrientes durante el 2020

BALANCE

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El Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio pone énfasis en su anuario en los logros que se alcanzaron a pesar de las dificultades que ocasionó la pandemia del coronavirus. Un repaso por algunos de los puntos más fuertes de la gestión del titular del organismo, Raúl Schiavi, y de las tres subsecretarías.


El Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio, a cargo de Raúl Schiavi, realizó durante el 2020 una serie de trabajos en línea con los ejes de modernización, desarrollo e inclusión social trazados por el gobernador de Corrientes, Gustavo Valdés, al inicio de su gestión. Fue un año atípico producto de la pandemia de la COVID-19, lo que provocó cambios en la gestión que determinaron un nuevo esquema de trabajo donde la virtualidad tomó un notable protagonismo. A pesar de las consecuencias de la cuarentena, la Provincia siguió su camino hacia la industrialización, logrando nuevas inversiones y fortaleciendo sectores estratégicos de la economía.

 

En su discurso de apertura del Periodo de Sesiones Ordinarias -1 de marzo-, Valdés destacó el programa Red de Parques Industriales de Corrientes con el que desde el Ministerio trabajan en organizar, planificar y administrar los predios destinados a las empresas.

 

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En lo que respecta a la atracción de inversiones en el sector industrial, por gestiones del Ministerio de Industria, se concretaron importantes proyectos de radicación de empresas en los parques industriales.

 

Vale recordar cuando Valdés firmó un Acta de Compromiso con 11 empresas para que se instalen en el parque industrial de Ituzaingó. Asimismo, en otra ocasión el viceintendente de la ciudad de Corrientes, Emilio Lanari, y el ministro Schiavi firmaron un convenio para que el parque industrial de Santa Catalina forme parte de la Red de Parques Industriales.

 

Este año también se produjeron importantes avances en la obra del Parque Tecnológico Corrientes-UNNE, que se construye en el Campus Deodoro Roca de la capital.

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En un encuentro celebrado en el parque forestoindustrial Santa Rosa, Schiavi y empresarios acordaron la modalidad de administración del predio.

 

En materia de infraestructura, este año se dio un importante paso en la obra de conexión de gas natural al parque industrial de Mercedes porque llegaron los caños de la conexión.

 

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En Bella Vista, funcionarios provinciales mantuvieron un encuentro con sus pares del municipio, empresarios e integrantes de la Cámara de Comercio local para finiquitar aspectos del proyecto ejecutivo del terreno destinado a concentrar al parque industrial de esa ciudad.

 

En agosto se conoció que la empresa Transporte Snaider SRL invertirá 70 millones de pesos para instalarse en el parque industrial y centro logístico Paso de los Libres.

 

Este año también el Ministerio generó un aporte clave a la hora de medir a los sectores industriales al lanzar su propio Índice de Producción Industrial. A través de encuestas realizadas a decenas de empresas instaladas en la provincia se obtienen datos útiles para la implementación de políticas públicas. La iniciativa es llevada adelante por los Ministerios de Industria y de Hacienda, a través de la Dirección de Estadística y Censos.

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Hubo un fuerte compromiso entre el Gobierno provincial y la Municipalidad de Santa Rosa para trabajar mancomunadamente en la prevención de incendios en aserraderos.El ministro Schiavi y el intendente Pedro Maidana acordaron una serie de tareas para alentar a la relocalización de las empresas en el parque forestoindustrial. Justamente, dicha localidad fue noticia en septiembre porque se confirmó que la empresa Chriscar SRL se instalará en el parque y destinará 30 millones de pesos para la construcción de una planta de aserrado y un secadero, generando así trabajo para los correntinos.

 

Entre otras de las gestiones realizadas, Schiavi, recibió al intendente de Bella Vista, Walter Chávez, y al presidente de la empresa UTE BV S.A, Roger Paul Sabourin, la primera firma que manifestó su interés en radicarse en el futuro parque industrial de esa localidad. El funcionario provincial explicó las instancias que atraviesa el proyecto ejecutivo del parque industrial y los estudios que restan.

 

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Uno de los parques industriales más prometedores es el de Libres porque además está planificado que incluya un centro logístico y eso cautivó a varias empresas. En ese sentido, el presidente de CARPAL S.A y el ministro Schiavi rubricaron un documento que establece formalmente la intención de la compañía de instalarse en el predio industrial y generar empleo local. La Provincia le otorga al proyecto los beneficios contemplados en el Régimen de Promoción de Inversiones.

 

Siguiendo con las gestiones de articulación con los municipios, desde el organismo garantizaron apoyo para impulsar el parque industrial de San Carlos.

 

Luego de los lamentables incendios que arrasaron con importantes extensiones de tierras y en algunos casos dañaron a aserraderos, el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio definió un protocolo para evitar focos ígneos en zonas de actividad industrial y también la manera de proceder en caso de que ocurran. Se trata de un trabajo amplio que considera todos los aspectos a cumplir por los trabajadores del sector.

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Cerca del cierre del año, Schiavi comenzó a trabajar en junto a productores de cerveza artesanal para que ganen más mercado. Como resultado de esa gestión, el Gobierno provincial y la Municipalidad de Corrientes firmaron un Convenio Marco de Cooperación con la Cámara de Cerveceros Artesanales de la Provincia de Corrientes.

 

Procurando llevar la gestión a cada rincón de la provincia, Schiavi logró que Mocoretá se sume a la Red de Parques Industriales de Corrientes y se generaron encuentros de articulación entre Provincia y el municipio de Colonia Liebig para apuntalar la zona industrial de la ciudad.

 

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Otra de las acciones de Gobierno provincial fue el otorgamiento de 280 mil m²  de terrenos para ejecución de proyectos madereros en Ituzaingó.

 

En tanto, en La Cruz se avanzó con la firma de un convenio para la radicación de cinco industrias en el parque industrial. Schiavi y los responsables de las empresas rubricaron un convenio que plasma la intención de radicarse en el parque industrial de la ciudad.

 

Una de las importantes gestiones del año también fue la constitución de la Mesa Textil Industrial de Corrientes

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Cerca de fin de año, Schiavi puso en funciones a dos nuevos funcionarios: la directora de Industria, Mariel Gabur, y el director de Pymes, Damian Garavano. Ambos procedentes del interior, la primera de Liebig, y Garavano de Paso de los Libres; aportándole al área una participación de mujeres y jóvenes del interior.

 

Además de todo lo anterior, el Ministerio también estuvo abocado a realizar constantemente trabajos de mantenimiento, mejoramiento y fortalecimiento de la infraestructura de los parques industriales de carácter provincial.

 

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Fue un año difícil para la gestión del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio por las complicaciones que generó el coronavirus, pero vale destacar que el titular de la cartera manifestó que “muchos de los proyectos que teníamos y programas que habíamos lanzado, con la impronta del gobernador Gustavo Valdés de industrialización de nuestra producción primaria, parecían que podían postergarse o ralentizarse con la pandemia, pero la buena noticia es que no fue así”.

 

Subsecretaría de Industria

 

Para la Subsecretaría de Industria, a cargo de Edgar Benitez, el 2020 fue un reto importante porque tras dos años de realizar capacitaciones presenciales en oficios a lo largo y ancho de la provincia, surgió la necesidad de adaptarse a un nuevo contexto.

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El universo industrial de Corrientes estuvo parado un tiempo, pero rápidamente se activó con protocolos sanitarios, y capacitaciones del personal y la Subsecretaría estuvo ahí para ayudarlos.

 

Durante la pandemia, el subsecretario y sus técnicos visitaron más de 20 localidades (Ituzaingó, San Carlos, Garrucho, Garabí, Goya, Cruz de los Milagros, Pago de los Deseos, Mburucuyá, San Miguel, Concepción, Mercedes, Curuzú Cuatía, Santa Rosa, Gobernador Virasoro, Monte Caseros, La Cruz, Villa Olivari, Yapeyú, entre otros) entregando bienes de capital y recabando información de problemáticas y brindando consejos a distintos actores industriales de la provincia, desde las micro, pequeñas y medianas empresas hasta las grandes cooperativas que exportan a todo el mundo.

 

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Este año entró en operación la planta de biomasa de Genergíabio Corrientes, ubicada en el parque de Santa Rosa, y se espera por la de FRESA, en Virasoro. Se trata de proyectos que aprovechan los subproductos de la industria forestal y la transforman en electricidad para los pobladores de las zonas aledañas.

 

Siguiendo este camino de las energías renovables, la cartera a cargo de Benitez realizó una exitosa capacitación virtual sobre Energías Fotovoltaicas a nivel hogareño, empresarial e institucional con más de 300 asistentes. Además, se generó una labor articulada con la Asociación de Comercio de Curuzú Cuatiá y a la Universidad de la Cuenca del Plata para realizar durante el último trimestre del año una serie de webinars sobre identidad, packaging y otras habilidades para el emprendedor.

 

También desde el área se fortaleció la Red de Parques Industriales de Corrientes, una red pensada como una gran tela de araña para generar unidad a pesar de las distancias geográficas entre los distintos parques, logrando una sinergia entre empresarios, municipios y prestadores locales de bienes y servicios. Se iniciaron expedientes para unas 30 empresas (6 en Santa Rosa, 19 en Ituzaingó, 5 en Mercedes y 3 en Paso de los Libres) y se están tramitando la incorporación de otras.

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“El 2020 fue un año atípico, pero nos pudimos adaptar rápido y seguir respondiendo a las problemáticas de aquellos que quieren apostar por la industria correntina y llevar adelante el desarrollo, la modernización y la inclusión social de todos los correntinos”, dijo el subsecretario Benitez.

 

Subsecretaría de Trabajo

 

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El organismo a cargo de Jorge Rivolta realizó distintas capacitaciones a lo largo del año, incorporando la modalidad de manera remota por el contexto de pandemia y las medidas sanitarias definidas en consecuencia.

 

De las jornadas participaron 1575 alumnos, de los cuales 524 son de la ciudad de Corrientes y los restantes 1051 participantes residen en otros puntos de la provincia. Aproximadamente se llegó al 75 por ciento de la provincia, alcanzando a un total de 58 localidades.

 

Las capacitaciones abordaron en total 20 oficios: Auxiliar Administrativo, Auxiliar Contable, Bioseguridad, Capacitación Administrativa y Contable, Ceremonial y Protocolo, Community Manager, Cuidados Gerontológicos, Gestoría Administrativa, Introducción al Marketing, Lengua de Señas, Manipulación de Alimentos, Oportunidad Laboral Pospandemia, Oratoria, Primeros Auxilios, Secretariado Jurídico, Secretariado Jurídico Administrativo, Seguridad e Higiene Laboral, Valores en el ámbito laboral.

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El curso con más participantes fue el de Lenguaje de Señas con 218 alumnos.

 

Por otra parte, Trabajo avanzó en la creación de una comisión tripartita contra la violencia laboral. Junto a organizaciones sindicales, cámaras empresariales y autoridades universitarias diagramaron políticas conjuntas para combatir este flagelo en Corrientes.

 

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También reforzaron el llamado a adherirse a la Rúbrica Digital, la iniciativa que permite la firma de documentación laboral a través de Internet, de manera segura, gratuita y rápida. En este sentido, Rivolta expresó que “la modernización del Estado es imprescindible porque puede hacer frente a cualquier contingencia” en el marco de la pandemia.

 

Entre las gestiones del subsecretario de Trabajo se destacan las reuniones que mantuvo con legisladores para impulsar la Ley de Conciliación Laboral. Rivolta, participó de distintos encuentros para explicar el proyecto que busca la adhesión para contener al trabajador y darle una alternativa rápida de resolución de un conflicto laboral. En esa línea, los sindicatos le entregaron a Rivolta propuestas para la Ley de Conciliación Laboral.

 

La cartera laboral dictó talleres para reforzar la seguridad sanitaria en más de 200 comedores como parte de la lucha contra el coronavirus. Junto a la Dirección de Seguridad Alimentaria capacitaron al personal de los centros comunitarios en medidas de higiene y manipulación de alimentos con el fin de unificar criterios para desarrollar las actividades.

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Cerca de fin de año Trabajo expuso acciones contra la explotación infantil en una capacitación del RENATRE. En el ciclo realizado a través de plataforma Zoom “Trabajo cultural, cosecha y empaque de arándanos”, la Subsecretaría de Trabajo generó aportes y participó en la organización del mismo.

 

A modo de síntesis de lo que dejó el año, en contexto de pandemia Trabajo avanzó con mil conciliaciones laborales. Desde junio de este año se lograron mil acuerdos para evitar conflictos en los lugares de trabajo, más precisamente para colaborar en el cumplimiento y efectivización de protocolos sanitarios, acercando a las partes para buscar soluciones en común.

 

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Subsecretaría de Comercio

 

En lo que respecta a las gestiones del organismo a cargo de Juan José Ahmar, las gestiones realizadas estuvieron vinculadas en resguardar y garantizar los derechos de los consumidores haciendo controles en comercios, concretando capacitaciones, ampliando la presencia de las delegaciones en el interior provincial y realizando mediaciones entre empresas y usuarios.

 

Una de las actividades más relevantes del año de la Subsecretaría de Comercio fue en marzo cuando Schiavi inauguró una delegación de Defensa del Consumidor en Gobernador Virasoro. Es la tercera oficina de la Dirección de Defensa del Consumidor en el interior provincial y en la nueva sede se toman denuncias por reclamos a empresas de bienes y servicios, evitando traslados a la Capital por trámites.

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La Subsecretaría es la entidad encargada del cumplimiento y control de comercios porque así lo dispone la Nación. En materia de controles, el año inició con los agentes del organismo recorriendo las librerías que ofrecían la Canasta Escolar Correntina; pero una vez que se desató la pandemia en todo el territorio nacional, en la provincia se abocaron a constatar precios y disponibilidad de alcohol en gel y repelentes en farmacias y droguerías de Capital para verificar la existencia y los precios de esos productos. Para evitar maniobras desleales, Comercio inspeccionó también droguerías por la faltante de alcohol en gel. En ese contexto complicado, desde la cartera industrial pidieron a Nación que intime a los fabricantes de este producto para distribuir y abastecer a la comunidad.

 

Las inspecciones incluyeron también a los comercios adheridos al programa Precios Cuidados para asegurar la presencia de los productos en las góndolas. Gracias a este trabajo se logró que los precios de supermercados se retrotraigan y se ajusten a los acuerdos realizados.

 

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Las verdulerías y fruterías de la Capital también estuvieron en la agenda de Comercio con el fin de evitar abusos de precios. En algunos casos detectaron irregularidades y se labraron actas por no exponer los costos de los alimentos.

 

Los controles de precios también llegaron a municipios del interior. Desde el inicio de los operativos de control de Precios Máximos, la Subsecretaría de Comercio diagramó un sistema de trabajo coordinado con las municipalidades de la ciudad de Corrientes, Ituzaingó, Gobernador Virasoro, Bella Vista, Goya, Alvear y Mburucuyá.

 

Dada la continuidad de la cuarentena y con las medidas obligatorias de prevención del coronavirus, se verificaron la disponibilidad y los precios de venta de barbijos y alcohol en gel.

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Los inspectores de Comercio controlaron los Precios Máximos en Itá Ibaté, y se reunieron con el intendente para avanzar con la apertura de una delegación en la localidad.

 

El precio del gas -como todos los años- es otro de los temas sensibles del área y en el 2020 no fue la excepción porque se realizaron numerosos controles de los precios de venta del gas envasado en distribuidoras de Capital. En la mayoría de los casos, en los centros de distribución de respetaba el precio máximo establecido por la Nación.

 

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Los controles también abarcaron el cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria en supermercados. Por decisión de Ahmar, los comercios de Capital fueron visitados por los agentes para corroborar el cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas para la lucha contra el coronavirus.

 

En lo que respecta a fiscalizaciones también se verificó el correcto uso de las Tarjetas Sapucay y Mbareté, y ya en el último mes del año se corroboraron el cumplimiento de los Precios Cuidados y la disponibilidad de la canasta navideña. También controlaron el tiempo máximo de espera en las filas de las cajas y las medidas sanitarias de prevención del coronavirus.

 

Este año profundizó las relaciones entre empresarios y funcionarios del Ministerio porque ante la pandemia, se realizaron una serie de encuentros para desplegar un plan de tareas en los comercios con el fin de llevar tranquilidad a la población y garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención de la COVID-19.

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En algunos casos, los controles derivaron en sanciones por incumplimiento. En este caso se labraron actas por irregularidades en los precios establecidos por la Nación. Como autoridad de aplicación, la Subsecretaría actuó clausurando supermercados en la capital y el interior provincial, fundamentalmente en casos donde se detectaron productos vencidos y se decomisaron alcohol en gel de dudosa procedencia.

 

Los locales de cobranzas extrabancarias también fueron apercibidos por el organismo. Tras recibir denuncias por cobros de plus, cargos o adicionales los agentes públicos realizaron controles y detectaron incumplimientos y labraron actas de infracción para desalentar las prácticas abusivas.

 

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En Paso de la Patria y Mburucuyá se verificó el cumplimiento del régimen de Precios Máximos y al identificar productos que se vendían a valores superiores y se labraron actas de infracción.

 

Desde agosto rige la nueva etapa del programa Precios Cuidados y en Corrientes se aplica en las sucursales de las cadenas nacionales. En sus recorridas, los agentes detectaron faltantes y labraron actas de infracción.

 

La gestión de Ahmar incluyó también este año una capacitación a trabajadores de delegaciones de Defensa del Consumidor de Ituzaingó y Gobernador Virasoro. El objetivo del evento fue brindar mejor atención y asesoramiento al público.

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Otro de los puntos fuertes del 2020 fue el lanzamiento de la aplicación para teléfonos celulares Precios Correntinos, la cual permite constatar el valor de los productos contemplados por el programa nacional Precios Máximos. La app posee una solicitud para realizar denuncias anónimas, ante las irregularidades que se puedan presentar.

 

Este año la Justicia confirmó las multas aplicadas por la Subsecretaría de Comercio. El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó las sanciones en causas iniciadas de oficio por el organismo para dar respuesta a reclamos realizados por consumidores. Los fallos fueron resueltos por unanimidad.

 

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Ya en el cierre del año, Comercio estuvo ocupado en un trabajo articulado para lograr una tienda virtual para comerciantes y artesanos. El ministro Schiavi; el subsecretario Ahmar, y el gerente de APICC, Carlos Vasallo, dialogaron sobre el Plan de Transformación Digital dirigida a comerciantes y artesanos correntinos. La pandemia aceleró el proceso de digitalización de la compra-venta, por lo cual se proyecta una herramienta de comercio electrónico.

 

 

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Política

Corrientes 2030. Recta final por una década de objetivos consensuados

PLAN ESTRATÉGICO PARTICIPATIVO

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“Tenemos que pensar y planificar la Corrientes del 2030”, dijo el gobernador Gustavo Valdés cuando presentó en octubre pasado el Plan Estratégico Participativo que lleva adelante la elaboración del Nuevo Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social. Desde entonces, se concretaron decenas de charlas y talleres virtuales abiertos con miles de participantes, en los cuales se recolectaron cientos de propuestas sobre Desarrollo, Modernización, Inclusión y Género. Ahora, se preparan entrevistas a diversos referentes y talleres de consultas para culminar en la redacción final del acuerdo que se espera firmar en abril próximo. De esta forma, el Mandatario planteó “mirar hacia adelante con objetivos claros, definidos y consensuados por todos”.


El equipo técnico Corrientes 2030 procesa las propuestas que se aportaron en los talleres virtuales que convocaron recientemente a unas 6 mil personas de toda la provincia. Es así que se logró recoger una importante cantidad de ideas y aspiraciones de los muy diversos sectores de la sociedad, las cuales se pondrán a disposición para la redacción del Nuevo Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social.

 

“Corrientes 2030 es un espacio de diálogo, trabajo conjunto y planificación en el que miramos el mañana por fuera de la coyuntura”, indicó Valdés en una de sus publicaciones de redes sociales, sosteniendo que el mismo es “abierto y transparente con el foco puesto en el fortalecimiento de la participación ciudadana”.

 

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Con estas premisas, se realizaron a través de videoconferencias ocho charlas de sensibilización y 25 talleres participativos para las distintas regiones de la provincia, en los cuales participaron unas 6 mil personas, pertenecientes a diversos ámbitos de la sociedad. Los mismos se dividieron en los cuatro ejes de este plan estratégico: Desarrollo, Modernización, Inclusión y Género, concluyendo en el último destinado exclusivamente para jóvenes, el cual abordó estas cuatro temáticas.

 

En tanto, en las charlas de sensibilización que se realizaron previamente a los talleres, los ministros y otros funcionarios explicaron la tarea que llevan adelante desde sus respectivas áreas y la visión que guía sus pasos, en tal sentido.

 

Cabe señalar que para cada eje se convocaron especialistas en cada taller y fue así que para Desarrollo, los académicos Fabio Quetglas y Vicente Donato, remarcaron la importancia de establecer conectividad con países limítrofes para abrir nuevos mercados; mientras que en Modernización, el ingeniero Carlos Pallotti explicó su importancia para la economía y la transformación de la sociedad; luego, la socióloga Gabriela Agosto describió el rol de la educación y los gobiernos locales en la Inclusión; y en el eje Género, Julia Pomares (CIPPEC), planteó la necesidad de políticas públicas para una mayor inserción de la mujer en el ámbito laboral.

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Ahora, la siguiente etapa de este Plan Estratégico Participativo consiste en la realización de entrevistas en profundidad a distintos referentes, tanto de los sectores público como privado, las cuales tendrán a su cargo un equipo especializado del ámbito académico, durante el mes de febrero. La información que se obtenga de este trabajo se sumará al conjunto de propuestas obtenido de los talleres y con ello, el equipo técnico Corrientes 2030 redactará el primer borrador del Pacto.

 

Con este documento preliminar se realizará durante el mes de marzo una nueva ronda de talleres de consulta y validación, a fin de consensuar la versión definitiva con los municipios y los Consejos Regionales, en los cuales se nuclean diversas instituciones públicas y privadas, y que integran el Consejo Provincial para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social, órgano representativo con rango constitucional.

 

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Al respecto, Valdés señaló que “con la puesta en marcha del Plan Estratégico Participativo Corrientes 2030, abrimos las puertas para que cada uno de los correntinos y las correntinas puedan hacer su aporte a través de las organizaciones de la sociedad civil. Así, mediante los talleres virtuales participativos, recibimos cientos de ideas para impulsar el desarrollo, la modernización, la inclusión social, con un acento puesto en hacer efectivos los derechos de las mujeres y los jóvenes”.

 

 “Ahora vamos a procesar todas esas propuestas para que sean revisadas y ordenadas de cara a una nueva consulta”, afirmó luego, a fin de que “tengan el consenso necesario para que antes que finalice el PEP 2021, podamos firmar el Nuevo Pacto Correntino para el Desarrollo Económico y Social que guiará a nuestra provincia durante los próximos 10 años”. Cabe señalar que el primer Pacto fue firmado el 5 de diciembre de 2013 con Ricardo Colombi como gobernador, tras un proceso similar al que actualmente se lleva adelante con Valdés como principal impulsor y con la firme decisión política de rubricar este nuevo acuerdo en abril próximo.

 

“Cumplimos el primer paso”, había dicho el Mandatario en referencia al PEP 2021 cuando presentó el 16 de octubre pasado el nuevo Plan Estratégico Participativo, sosteniendo que “ahora tenemos que pensar y planificar la Corrientes del 2030”. Y consideró que este proceso “tiene que ver con proyectar el presupuesto a ese período: son los recursos que tenemos para crecer, desarrollarnos y para mirar hacia adelante, pero fundamentalmente para brindar calidad institucional con objetivos claros, definidos y consensuados por todos en una provincia que necesita tener definiciones de futuro”.

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