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Política

Creación de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral

PROYECTO

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El Senador Jorge Eduardo Simonetti (PANU) presentó un proyecto de Ley para que se cree la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral y modificaciones en los textos del Código de Procedimientos en lo Contencioso Administrativo, Código Electoral Provincial y Ley Orgánica de Partidos Políticos.


FUNDAMENTOS Según Simonetti “la última reforma de nuestra Constitución Provincial, eliminó la competencia exclusiva del Superior Tribunal de Justicia en las causas contencioso administrativas”. Asimismo, “a través del artículo 82 la nueva carta magna establece que la justicia con competencia electoral tiene dos instancias de conformidad con la ley de la materia, y el artículo 83 constituye una Junta Electoral con integrantes distintos a los miembros del alto cuerpo judicial”. Para el legislador provincial, “la intención del constituyente en las reformas introducidas fueron, por una parte aliviar la tarea del máximo tribunal con el propósito de reforzar su misión de último intérprete del ordenamiento jurídico provincial, permitiendo que la ley organizara el fuero contencioso administrativo de conformidad con la agilidad que el vallado constitucional impedía”. “Por la otra, organizar una justicia electoral con dos instancias, disociadas de la tarea de gerencia electoral que se le confía a una Junta Electoral integrada ya no por miembros del Superior Tribunal”, explica en los fundamentos Simonetti. Es así que el proyecto de Ley que remite el senador, “dispone la creación de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral, que deberá conocer en instancia única, de las causas contencioso administrativas y en grado de apelación, de las decisiones de la Junta Electoral y de las resoluciones y sentencias dictadas por el Juez Electoral de primera instancia”. Con ello, ratifica Jorge Simonetti, “se logra, de tal manera, crear un tribunal de instancia única en la materia contencioso administrativa, manteniendo las características del procedimiento específico, y por la otra una segunda instancia en lo electoral con la nota de especialidad y de jurisprudencia obligatoria tan importante en dicho ámbito, disociando la tarea jurisdiccional –que estará a cargo de la Cámara- de la de la administración electoral –a cargo de la Junta Electoral- que con el régimen anterior estaban ambas en cabeza de los miembros del Superior Tribunal”. Considera el senador provincial que “con el proyecto en cuestión, se dará un avance cualitativo en la reformulación institucional de los órganos judiciales y en la transparencia, confiabilidad y eficacia de sus decisiones”. A continuación se transcribe textualmente el texto del proyecto de Ley enviado por el senador provincial Jorge Simonetti a Corrientes al Día. EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY Artículo 1º.- Créase en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral, que tendrá asiento en la ciudad de Corrientes, con competencia en todo el territorio provincial. Artículo 2º.- La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral estará integrada por tres (3) jueces quienes, además de reunir los requisitos previstos para los miembros de las Cámaras de Apelaciones en el artículo 181 de la Constitución Provincial, no deben haber ocupado cargos en partidos políticos hasta cuatro años antes de la fecha de su designación. Artículo 3º.- La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral conoce: En instancia única, de las causas contencioso administrativas; En grado de apelación, de las decisiones de la Junta Electoral; En grado de apelación, de las resoluciones y sentencias dictadas por el Juez Electoral de primera instancia. Artículo 4º.- En materia electoral, la jurisprudencia de la Cámara prevalece sobre los criterios de la Junta Electoral y del juez con competencia electoral de primera instancia, con el alcance previsto por el art. 27º bis del Decreto Ley Nº 26/00 – Orgánica de la Administración de Justicia (texto introducido por Ley Nº 5790). Artículo 5º.- La subrogación de los integrantes de la Cámara se realizará de conformidad con lo establecido por el primero y segundo párrafos del artículo 29 del Decreto Ley Nº 26/2000-Orgánica de la Administración de Justicia. Artículo 6º.- Con dependencia del Juzgado Electoral de primera instancia, créase la Secretaría Electoral, que asistirá en sus funciones al Juez Electoral. También actuará como Secretaría de la Junta Electoral, cuando este órgano deba cumplir las funciones establecidas en el artículo 83 de la Constitución Provincial. El Secretario Electoral es designado previo concurso y debe reunir los requisitos que la Constitución Provincial establece en el artículo 181 para los jueces de primera instancia y además no debe haber ocupado cargos en partidos políticos hasta cuatro años antes de la fecha de su designación. Artículo 7º.- Modifícanse los artículos 6, 9, 48, 49, 50 51, 52, 53, 58, 59, 60, 73, 74, 95, 99 y 108 de la Ley Nº 4106-Código de Procedimientos en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Corrientes, los que quedan redactados de la siguiente forma: “Artículo 6.- La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral intervendrá y decidirá en instancia única en las acciones y recursos reglados por la presente ley”. “Artículo 9.- Los conflictos de competencia entre un tribunal ordinario de la Provincia y la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral serán resueltos por el Superior Tribunal de Justicia”. “Artículo 48.- Antes de iniciar algunas de las acciones previstas en esta ley, el interesado deberá presentarse ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral, pidiendo que se solicite se remitan a éste las actuaciones donde recayó el acto cuestionado y las que se realizaron con motivo de la reclamación previa, si hubiera sido interpuesta”. “Artículo 49.- Dentro del plazo de cinco (5) días el presidente de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral , librará oficio al funcionario a quien la demanda contencioso administrativa debe notificarse según el art. 60, pidiendo se le emitan las actuaciones administrativas producidas, lo que deberá cumplirse dentro del plazo de quince (15) días”. “Artículo 50.- Si la administración no enviara el expediente en el plazo previsto por el artículo anterior, el presidente de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral librará oficio a la autoridad a quien la demanda debe notificarse según el art. 60, reiterando el pedido de remisión en un plazo perentorio de diez (10) días bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere, salvo el caso de fuerza mayor que apreciará el tribunal, el funcionario responsable de la no remisión se hará pasible de una multa equivalente a la vigésima parte de su sueldo mensual por día de atraso, y se perseguirá en incidente separado en el mismo juicio por el procedimiento establecido para el juicio de apremio. Todo ello sin perjuicio de las sanciones civiles, penales y administrativas que correspondieron. Para el supuesto de pérdida o extravío del expediente, la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral fijará a la Administración Pública un plazo no mayor de treinta (30) días para su reconstrucción. Si la administración informase de la imposibilidad de reconstruirlo, el procedimiento sólo podrá continuarse por el procedimiento ordinario del título quinto, quedando impedida la vía sumaria del título séptimo”. “Artículo 51.- Una vez llegadas las actuaciones a la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral, ellas serán puestas a disposición del interesado en la secretaría de aquel de lo que se notificará por cédula. Dentro de los diez (10) días el interesado deberá manifestar si hace uso de la opción a que se refriere el art. 95”. “Artículo 52.- Si transcurren los diez (10) días a que se refriere el art. 50 y el expediente no es remitido por la autoridad administrativa correspondiente, a petición del interesado, quien hará un sucinto, relato de los antecedentes, el presidente de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral tendrá, a este sólo efecto, por ciertos los hechos invocados por aquel y en su mérito resolverá lo establecido en él al 58, previa vista fiscal”. “Artículo 53.- Si transcurridos treinta (30) días desde la notificación a que se refiere el art. 50, no se formaliza ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral alguna de las acciones judiciales previstas en esta ley, las actuaciones administrativas serán devueltas a la oficina de origen”. “Artículo 58.- Presentada la demanda el presidente de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral resolverá si “prima-facie” corresponde a su competencia y reúne los requisitos formales. Si el asunto no fuere “prima facie” de su competencia, lo rechazará sin más trámite. Si en cambio, encontrara que falta “prima facie” un presupuesto procesal o no se han guardado las formas, previamente resolverá por auto simple que se subsanen los defectos u omisiones que serán individualizados en el auto- en el plazo de cinco (5) días. Vencido ese plazo sin que se hubiesen subsanado los defectos indicados, o declarada la incompetencia, se procederá al archivo de las actuaciones, previa devolución de los documentos y pruebas acompañadas. Contra la resolución que se dictare procederá el recurso de revocatoria ante el tribunal”. “Artículo 59.- Traslado de la demanda. Una vez resuelto que la cuestión planteada, “prima facie” es de competencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral y reúne los requisitos y preceptos determinados por esta ley en la forma establecida en el art.58 se correrá traslado de la demanda al demandado emplazándolo para que la conteste dentro de quince (15) días”. “Artículo 60.- Notificación. La demanda se notificará: a) Si se accionara por actos imputables a: 1) La administración centralizada o descentralizada, al Poder Ejecutivo; 2) Órgano del Poder Legislativo, al Poder Ejecutivo y al presidente del órgano legislativo de que se trate; 3) Órgano del Poder Judicial, al Poder Ejecutivo y al presidente del Superior Tribunal de Justicia; 4) Tribunal de Cuentas, Defensor del Pueblo, Fiscal de Investigaciones Administrativas, al titular de cada uno de ellos y al Poder Ejecutivo y Poder Legislativo; 5) Un ente estatal descentralizado al presidente del directorio del ente o a quien ejerza el cargo equivalente y al Poder Ejecutivo. b) Si fuere contra una municipalidad, se cumplirá la diligencia con el intendente; c) Si se interpone contra una entidad no estatal persona pública o privada individual o colectiva- a su representante legal o a ella individualmente según corresponda; d) En la acción por pretensión de lesividad, a el o los beneficiarios del acto impugnado”. “Artículo 73.- Incompetencia. El tribunal podrá declarar su incompetencia por razón de la materia: a) De oficio, solo en las actuaciones indicadas en los arts. 58 y 72. En este caso se remitirán las acciones al órgano jurisdiccional competente; b) A pedido del demandado, únicamente si éste lo hubiere planteado como excepción de pronunciamiento previo. Admitida la excepción de incompetencia se ordenará el archivo de las actuaciones producidas. Pasadas las oportunidades a que se refieren los incisos precedentes, la competencia del tribunal quedará radicada en forma definitiva. Asimismo en las demandas que se promovieren ante estos tribunales de la provincia, una vez declarada y consentida su competencia, o consentido o ejecutoriado el auto que dispone la apertura a pruebas o el que declare la cuestión de puro, derecho, en ningún caso podrá decretarse más la incompetencia para declarar que la cuestión debatida corresponde a la competencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral , y el procedimiento continuará hasta terminar, cualquiera fuese la naturaleza del debate y el sistema normativo que deba aplicarse al resolver, en los tribunales y por el procedimiento que corresponda al fuero del tribunal que hubiese dictado los autos que menciona la primera parte de este parágrafo”. “Artículo 74.- Cuando un expediente viniere a conocimiento de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral para ser tramitado según las normas de esta ley, por haberse declarado la incompetencia de otro tribunal por auto firme, el procedimiento seguirá en el estado en que se encuentra, debiendo el presidente del tribunal a su recibo y dentro de los cinco (5) días, disponer se cumplan los pasos que no se hubieren cumplido en el tribunal de origen y sean necesarios según esta ley”. “Artículo 95.- En este caso, llegadas que fuesen las actuaciones a la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral en la forma prevista en el Título Cuarto, el recurrente deberá expresar ante dicho tribunal, dentro del plazo a que se refiere el art. 50 en. forma expresa, que formaliza la opción a que se refiere el presente Título. En el mismo acto deberá expresar los agravios que le cause la resolución recurrida”. “Artículo 99.- La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral dictará sentencia definitiva dentro de veinte (20) días hábiles, pudiendo previamente, decretar las medidas para mejor proveer que estime conveniente en cuyo caso seguirá el procedimiento establecido en el Capítulo décimo del Título quinto”. “Artículo 108.- Ejecución directa. Vencidos los plazos que establece el artículo anterior sin que la sentencia haya sido cumplimentada, a petición de parte, el tribunal ordenará la ejecución directa mandando que el o los agentes correspondientes, debidamente individualizados, procedan a dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia determinando concretamente lo que deben hacer y el plazo en que deban realizarlo, bajo apercibimiento de hacer efectiva la responsabilidad que establece la Constitución de la provincia. La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral podrá adoptar, aún de oficio, todas las providencias y resoluciones que estime convenientes para poner en ejercicio las atribuciones que le confiere la Constitución, sin que puedan oponerse a aquéllas providencias o resoluciones las disposiciones que figuren en leyes, decretos o actos de cualquier naturaleza emanados o no de la administración, pero no podrá trabarse embargo en los bienes afectados por ley a la prestación de servicios públicos”. Artículo 8º.- Modifícanse los artículos 24, 36, 44 inciso 2), 47, 61 y 62 del Código Electoral Provincial (Decreto Ley Nº 135/2001), conforme a lo siguiente: Artículo 24 – Segundo Apartado- donde dice: ” EL Superior Tribunal de Justicia,…”, debe decir “La Cámara en lo Contencioso Administrativo Electoral…”. Artículo 36 – Tercer Apartado- donde dice:”… el Superior Tribunal de Justicia,…”, debe decir “…la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral…”. Artículo 44 inc. 2).- Primer párrafo donde dice: “…el Superior Tribunal de Justicia…”, debe decir: “…la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral…”. Artículo 47.- donde dice: “…Junta Electoral Permanente…”, debe decir “…Junta Electoral y a la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral…”. Artículo 61.- Primer Apartado- Segunda frase: donde dice: “…el Superior Tribunal de Justicia”, debe decir “…la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral…”. Artículo 62.- Primer Apartado y punto I del Segundó Apartado: donde dice: “…el Juez Electoral…”, debe decir “…la Junta Electoral…”. Artículo 9º.- Modifícase el Artículo 42 bis del Código Electoral Provincial (Decreto Ley Nº 135/2001), el que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 42 bis.- Recusación sin expresión de causa: No procede la recusación sin expresión de causa con respecto al Juez Electoral, a los integrantes de la Junta Electoral, a los miembros de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral, al Fiscal Electoral y al Secretario Electoral”. Artículo 10º.- Modifícanse los artículos 69 inciso e), 74 y 75 de la Ley Nº 3767-Orgánica de los Partidos Políticos, los que quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 69.-…e) Entenderá como tribunal de segunda instancia la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral y regirá subsidiariamente el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial, siendo deber de los órganos judiciales acentuar la vigencia de los principios de inmediación, concentración y celeridad”. “Artículo 74.- La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral de la Provincia entenderá como tribunal de segunda instancia en los recursos que se planteen respecto de las decisiones del Juez Electoral”. “Artículo 75.- En materia electoral no procede la recusación sin expresión de causa. Las causales de recusación serán las establecidas en el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial”. Artículo 11º.- La presente ley comenzará a regir el 1º de Enero de 2009. Artículo 12º.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, las autoridades competentes adoptarán las medidas para que al inicio de la vigencia de la presente ley estén constituidos los órganos judiciales creados. Artículo 13º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente ley, serán atendidos con los créditos que a tal fin se asignen en el Presupuesto General de la Provincia. Artículo 14º.- De forma.

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Política

Se presentó el Programa Potenciar en Corrientes

EN FORMA VIRTUAL

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Este miércoles 30, se llevó a cabo la presentación del Programa Potenciar Corrientes a través de una reunión virtual, llevada a cabo entre el Ministro de Desarrollo Social de la Provincia, Adán Gaya, la Directora de Comercialización de Corrientes, Débora Galarza Alcaraz y el Ministro de Desarrollo Social de la Nación, Daniel Arroyo.


El Programa Potenciar consiste en una iniciativa dispuesta en tres ejes fundamentales (socio-productivo, socio-comunitario y socio-laboral), por medio de la cual podrán desarrollarse los 21 proyectos presentados por la Provincia ante Nación con esto van a ser beneficiados más de 2400 titulares de toda la provincia con una inversión de 163 millones de pesos, presupuesto que será desembolsado por el fondo de Desarrollo Social de Nación y a partir de enero comenzarán los trabajos pertinentes para lograr este objetivo.

 

EL Programa Potenciar constituye una serie de iniciativas que tiene como receptores principales a titulares de los Programas Sociales “Salario social complementario” y “Ellas hacen” que se fusionan para la creación del programa “Potenciar”.

 

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La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y Nación, busca impulsar el desarrollo productivo de los beneficiarios de los programas sociales "Salario social complementario" y "Ellas hacen”.

 

El proyecto se plantea objetivos en tres dimensiones:

 

Socio-laboral: por medio del cual se buscará lograr la terminalidad educativa, la formación para el empleo y mejorar las capacidades de autogestión de emprendimientos y asociativismo de titulares del programa. En esta dimensión se incluyen 11 (once) opciones de formación, cuyos ejes principales son: Innovación para la terminalidad educativa de titulares, formación profesional de titulares para incrementar su empleabilidad, formación para el empleo mediante capacitaciones en oficios a titulares y alfabetización financiera y Cooperativismo.

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Socio-productivo: se generarán actividades de autoempleo para fortalecer emprendimientos y crear canales de comercialización para los productos generados por titulares del programa con el objeto de obtener nuevas fuentes que fortalezcan sus ingresos. En esta dimensión están incluidos 7 proyectos que trabajan los siguientes ejes: Producción de alimentos en huertas comunitarias y familiares, servicios ambientales; creación, fortalecimiento de emprendimientos y comercio de productos de la economía social desarrollado por titulares e infraestructura social.

 

Socio-comunitario: se brindarán herramientas para la detección y abordaje de los consumos problemáticos y tareas de sensibilización en la población tendientes a generar conciencia frente a la situación de pandemia y reproducir los hábitos de cuidado. Se incluyen actividades culturales, deportivas y acciones que beneficiarán a usuarios de los centros de promoción del menor y comedores, que tendrán como ejes: la prevención en tránsito y de consumos problemáticos, tareas de cuidado y actividades recreativas.

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Política

La pandemia no impidió el desarrollo industrial de Corrientes durante el 2020

BALANCE

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El Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio pone énfasis en su anuario en los logros que se alcanzaron a pesar de las dificultades que ocasionó la pandemia del coronavirus. Un repaso por algunos de los puntos más fuertes de la gestión del titular del organismo, Raúl Schiavi, y de las tres subsecretarías.


El Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio, a cargo de Raúl Schiavi, realizó durante el 2020 una serie de trabajos en línea con los ejes de modernización, desarrollo e inclusión social trazados por el gobernador de Corrientes, Gustavo Valdés, al inicio de su gestión. Fue un año atípico producto de la pandemia de la COVID-19, lo que provocó cambios en la gestión que determinaron un nuevo esquema de trabajo donde la virtualidad tomó un notable protagonismo. A pesar de las consecuencias de la cuarentena, la Provincia siguió su camino hacia la industrialización, logrando nuevas inversiones y fortaleciendo sectores estratégicos de la economía.

 

En su discurso de apertura del Periodo de Sesiones Ordinarias -1 de marzo-, Valdés destacó el programa Red de Parques Industriales de Corrientes con el que desde el Ministerio trabajan en organizar, planificar y administrar los predios destinados a las empresas.

 

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En lo que respecta a la atracción de inversiones en el sector industrial, por gestiones del Ministerio de Industria, se concretaron importantes proyectos de radicación de empresas en los parques industriales.

 

Vale recordar cuando Valdés firmó un Acta de Compromiso con 11 empresas para que se instalen en el parque industrial de Ituzaingó. Asimismo, en otra ocasión el viceintendente de la ciudad de Corrientes, Emilio Lanari, y el ministro Schiavi firmaron un convenio para que el parque industrial de Santa Catalina forme parte de la Red de Parques Industriales.

 

Este año también se produjeron importantes avances en la obra del Parque Tecnológico Corrientes-UNNE, que se construye en el Campus Deodoro Roca de la capital.

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En un encuentro celebrado en el parque forestoindustrial Santa Rosa, Schiavi y empresarios acordaron la modalidad de administración del predio.

 

En materia de infraestructura, este año se dio un importante paso en la obra de conexión de gas natural al parque industrial de Mercedes porque llegaron los caños de la conexión.

 

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En Bella Vista, funcionarios provinciales mantuvieron un encuentro con sus pares del municipio, empresarios e integrantes de la Cámara de Comercio local para finiquitar aspectos del proyecto ejecutivo del terreno destinado a concentrar al parque industrial de esa ciudad.

 

En agosto se conoció que la empresa Transporte Snaider SRL invertirá 70 millones de pesos para instalarse en el parque industrial y centro logístico Paso de los Libres.

 

Este año también el Ministerio generó un aporte clave a la hora de medir a los sectores industriales al lanzar su propio Índice de Producción Industrial. A través de encuestas realizadas a decenas de empresas instaladas en la provincia se obtienen datos útiles para la implementación de políticas públicas. La iniciativa es llevada adelante por los Ministerios de Industria y de Hacienda, a través de la Dirección de Estadística y Censos.

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Hubo un fuerte compromiso entre el Gobierno provincial y la Municipalidad de Santa Rosa para trabajar mancomunadamente en la prevención de incendios en aserraderos.El ministro Schiavi y el intendente Pedro Maidana acordaron una serie de tareas para alentar a la relocalización de las empresas en el parque forestoindustrial. Justamente, dicha localidad fue noticia en septiembre porque se confirmó que la empresa Chriscar SRL se instalará en el parque y destinará 30 millones de pesos para la construcción de una planta de aserrado y un secadero, generando así trabajo para los correntinos.

 

Entre otras de las gestiones realizadas, Schiavi, recibió al intendente de Bella Vista, Walter Chávez, y al presidente de la empresa UTE BV S.A, Roger Paul Sabourin, la primera firma que manifestó su interés en radicarse en el futuro parque industrial de esa localidad. El funcionario provincial explicó las instancias que atraviesa el proyecto ejecutivo del parque industrial y los estudios que restan.

 

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Uno de los parques industriales más prometedores es el de Libres porque además está planificado que incluya un centro logístico y eso cautivó a varias empresas. En ese sentido, el presidente de CARPAL S.A y el ministro Schiavi rubricaron un documento que establece formalmente la intención de la compañía de instalarse en el predio industrial y generar empleo local. La Provincia le otorga al proyecto los beneficios contemplados en el Régimen de Promoción de Inversiones.

 

Siguiendo con las gestiones de articulación con los municipios, desde el organismo garantizaron apoyo para impulsar el parque industrial de San Carlos.

 

Luego de los lamentables incendios que arrasaron con importantes extensiones de tierras y en algunos casos dañaron a aserraderos, el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio definió un protocolo para evitar focos ígneos en zonas de actividad industrial y también la manera de proceder en caso de que ocurran. Se trata de un trabajo amplio que considera todos los aspectos a cumplir por los trabajadores del sector.

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Cerca del cierre del año, Schiavi comenzó a trabajar en junto a productores de cerveza artesanal para que ganen más mercado. Como resultado de esa gestión, el Gobierno provincial y la Municipalidad de Corrientes firmaron un Convenio Marco de Cooperación con la Cámara de Cerveceros Artesanales de la Provincia de Corrientes.

 

Procurando llevar la gestión a cada rincón de la provincia, Schiavi logró que Mocoretá se sume a la Red de Parques Industriales de Corrientes y se generaron encuentros de articulación entre Provincia y el municipio de Colonia Liebig para apuntalar la zona industrial de la ciudad.

 

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Otra de las acciones de Gobierno provincial fue el otorgamiento de 280 mil m²  de terrenos para ejecución de proyectos madereros en Ituzaingó.

 

En tanto, en La Cruz se avanzó con la firma de un convenio para la radicación de cinco industrias en el parque industrial. Schiavi y los responsables de las empresas rubricaron un convenio que plasma la intención de radicarse en el parque industrial de la ciudad.

 

Una de las importantes gestiones del año también fue la constitución de la Mesa Textil Industrial de Corrientes

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Cerca de fin de año, Schiavi puso en funciones a dos nuevos funcionarios: la directora de Industria, Mariel Gabur, y el director de Pymes, Damian Garavano. Ambos procedentes del interior, la primera de Liebig, y Garavano de Paso de los Libres; aportándole al área una participación de mujeres y jóvenes del interior.

 

Además de todo lo anterior, el Ministerio también estuvo abocado a realizar constantemente trabajos de mantenimiento, mejoramiento y fortalecimiento de la infraestructura de los parques industriales de carácter provincial.

 

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Fue un año difícil para la gestión del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio por las complicaciones que generó el coronavirus, pero vale destacar que el titular de la cartera manifestó que “muchos de los proyectos que teníamos y programas que habíamos lanzado, con la impronta del gobernador Gustavo Valdés de industrialización de nuestra producción primaria, parecían que podían postergarse o ralentizarse con la pandemia, pero la buena noticia es que no fue así”.

 

Subsecretaría de Industria

 

Para la Subsecretaría de Industria, a cargo de Edgar Benitez, el 2020 fue un reto importante porque tras dos años de realizar capacitaciones presenciales en oficios a lo largo y ancho de la provincia, surgió la necesidad de adaptarse a un nuevo contexto.

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El universo industrial de Corrientes estuvo parado un tiempo, pero rápidamente se activó con protocolos sanitarios, y capacitaciones del personal y la Subsecretaría estuvo ahí para ayudarlos.

 

Durante la pandemia, el subsecretario y sus técnicos visitaron más de 20 localidades (Ituzaingó, San Carlos, Garrucho, Garabí, Goya, Cruz de los Milagros, Pago de los Deseos, Mburucuyá, San Miguel, Concepción, Mercedes, Curuzú Cuatía, Santa Rosa, Gobernador Virasoro, Monte Caseros, La Cruz, Villa Olivari, Yapeyú, entre otros) entregando bienes de capital y recabando información de problemáticas y brindando consejos a distintos actores industriales de la provincia, desde las micro, pequeñas y medianas empresas hasta las grandes cooperativas que exportan a todo el mundo.

 

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Este año entró en operación la planta de biomasa de Genergíabio Corrientes, ubicada en el parque de Santa Rosa, y se espera por la de FRESA, en Virasoro. Se trata de proyectos que aprovechan los subproductos de la industria forestal y la transforman en electricidad para los pobladores de las zonas aledañas.

 

Siguiendo este camino de las energías renovables, la cartera a cargo de Benitez realizó una exitosa capacitación virtual sobre Energías Fotovoltaicas a nivel hogareño, empresarial e institucional con más de 300 asistentes. Además, se generó una labor articulada con la Asociación de Comercio de Curuzú Cuatiá y a la Universidad de la Cuenca del Plata para realizar durante el último trimestre del año una serie de webinars sobre identidad, packaging y otras habilidades para el emprendedor.

 

También desde el área se fortaleció la Red de Parques Industriales de Corrientes, una red pensada como una gran tela de araña para generar unidad a pesar de las distancias geográficas entre los distintos parques, logrando una sinergia entre empresarios, municipios y prestadores locales de bienes y servicios. Se iniciaron expedientes para unas 30 empresas (6 en Santa Rosa, 19 en Ituzaingó, 5 en Mercedes y 3 en Paso de los Libres) y se están tramitando la incorporación de otras.

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“El 2020 fue un año atípico, pero nos pudimos adaptar rápido y seguir respondiendo a las problemáticas de aquellos que quieren apostar por la industria correntina y llevar adelante el desarrollo, la modernización y la inclusión social de todos los correntinos”, dijo el subsecretario Benitez.

 

Subsecretaría de Trabajo

 

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El organismo a cargo de Jorge Rivolta realizó distintas capacitaciones a lo largo del año, incorporando la modalidad de manera remota por el contexto de pandemia y las medidas sanitarias definidas en consecuencia.

 

De las jornadas participaron 1575 alumnos, de los cuales 524 son de la ciudad de Corrientes y los restantes 1051 participantes residen en otros puntos de la provincia. Aproximadamente se llegó al 75 por ciento de la provincia, alcanzando a un total de 58 localidades.

 

Las capacitaciones abordaron en total 20 oficios: Auxiliar Administrativo, Auxiliar Contable, Bioseguridad, Capacitación Administrativa y Contable, Ceremonial y Protocolo, Community Manager, Cuidados Gerontológicos, Gestoría Administrativa, Introducción al Marketing, Lengua de Señas, Manipulación de Alimentos, Oportunidad Laboral Pospandemia, Oratoria, Primeros Auxilios, Secretariado Jurídico, Secretariado Jurídico Administrativo, Seguridad e Higiene Laboral, Valores en el ámbito laboral.

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El curso con más participantes fue el de Lenguaje de Señas con 218 alumnos.

 

Por otra parte, Trabajo avanzó en la creación de una comisión tripartita contra la violencia laboral. Junto a organizaciones sindicales, cámaras empresariales y autoridades universitarias diagramaron políticas conjuntas para combatir este flagelo en Corrientes.

 

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También reforzaron el llamado a adherirse a la Rúbrica Digital, la iniciativa que permite la firma de documentación laboral a través de Internet, de manera segura, gratuita y rápida. En este sentido, Rivolta expresó que “la modernización del Estado es imprescindible porque puede hacer frente a cualquier contingencia” en el marco de la pandemia.

 

Entre las gestiones del subsecretario de Trabajo se destacan las reuniones que mantuvo con legisladores para impulsar la Ley de Conciliación Laboral. Rivolta, participó de distintos encuentros para explicar el proyecto que busca la adhesión para contener al trabajador y darle una alternativa rápida de resolución de un conflicto laboral. En esa línea, los sindicatos le entregaron a Rivolta propuestas para la Ley de Conciliación Laboral.

 

La cartera laboral dictó talleres para reforzar la seguridad sanitaria en más de 200 comedores como parte de la lucha contra el coronavirus. Junto a la Dirección de Seguridad Alimentaria capacitaron al personal de los centros comunitarios en medidas de higiene y manipulación de alimentos con el fin de unificar criterios para desarrollar las actividades.

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Cerca de fin de año Trabajo expuso acciones contra la explotación infantil en una capacitación del RENATRE. En el ciclo realizado a través de plataforma Zoom “Trabajo cultural, cosecha y empaque de arándanos”, la Subsecretaría de Trabajo generó aportes y participó en la organización del mismo.

 

A modo de síntesis de lo que dejó el año, en contexto de pandemia Trabajo avanzó con mil conciliaciones laborales. Desde junio de este año se lograron mil acuerdos para evitar conflictos en los lugares de trabajo, más precisamente para colaborar en el cumplimiento y efectivización de protocolos sanitarios, acercando a las partes para buscar soluciones en común.

 

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Subsecretaría de Comercio

 

En lo que respecta a las gestiones del organismo a cargo de Juan José Ahmar, las gestiones realizadas estuvieron vinculadas en resguardar y garantizar los derechos de los consumidores haciendo controles en comercios, concretando capacitaciones, ampliando la presencia de las delegaciones en el interior provincial y realizando mediaciones entre empresas y usuarios.

 

Una de las actividades más relevantes del año de la Subsecretaría de Comercio fue en marzo cuando Schiavi inauguró una delegación de Defensa del Consumidor en Gobernador Virasoro. Es la tercera oficina de la Dirección de Defensa del Consumidor en el interior provincial y en la nueva sede se toman denuncias por reclamos a empresas de bienes y servicios, evitando traslados a la Capital por trámites.

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La Subsecretaría es la entidad encargada del cumplimiento y control de comercios porque así lo dispone la Nación. En materia de controles, el año inició con los agentes del organismo recorriendo las librerías que ofrecían la Canasta Escolar Correntina; pero una vez que se desató la pandemia en todo el territorio nacional, en la provincia se abocaron a constatar precios y disponibilidad de alcohol en gel y repelentes en farmacias y droguerías de Capital para verificar la existencia y los precios de esos productos. Para evitar maniobras desleales, Comercio inspeccionó también droguerías por la faltante de alcohol en gel. En ese contexto complicado, desde la cartera industrial pidieron a Nación que intime a los fabricantes de este producto para distribuir y abastecer a la comunidad.

 

Las inspecciones incluyeron también a los comercios adheridos al programa Precios Cuidados para asegurar la presencia de los productos en las góndolas. Gracias a este trabajo se logró que los precios de supermercados se retrotraigan y se ajusten a los acuerdos realizados.

 

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Las verdulerías y fruterías de la Capital también estuvieron en la agenda de Comercio con el fin de evitar abusos de precios. En algunos casos detectaron irregularidades y se labraron actas por no exponer los costos de los alimentos.

 

Los controles de precios también llegaron a municipios del interior. Desde el inicio de los operativos de control de Precios Máximos, la Subsecretaría de Comercio diagramó un sistema de trabajo coordinado con las municipalidades de la ciudad de Corrientes, Ituzaingó, Gobernador Virasoro, Bella Vista, Goya, Alvear y Mburucuyá.

 

Dada la continuidad de la cuarentena y con las medidas obligatorias de prevención del coronavirus, se verificaron la disponibilidad y los precios de venta de barbijos y alcohol en gel.

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Los inspectores de Comercio controlaron los Precios Máximos en Itá Ibaté, y se reunieron con el intendente para avanzar con la apertura de una delegación en la localidad.

 

El precio del gas -como todos los años- es otro de los temas sensibles del área y en el 2020 no fue la excepción porque se realizaron numerosos controles de los precios de venta del gas envasado en distribuidoras de Capital. En la mayoría de los casos, en los centros de distribución de respetaba el precio máximo establecido por la Nación.

 

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Los controles también abarcaron el cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria en supermercados. Por decisión de Ahmar, los comercios de Capital fueron visitados por los agentes para corroborar el cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas para la lucha contra el coronavirus.

 

En lo que respecta a fiscalizaciones también se verificó el correcto uso de las Tarjetas Sapucay y Mbareté, y ya en el último mes del año se corroboraron el cumplimiento de los Precios Cuidados y la disponibilidad de la canasta navideña. También controlaron el tiempo máximo de espera en las filas de las cajas y las medidas sanitarias de prevención del coronavirus.

 

Este año profundizó las relaciones entre empresarios y funcionarios del Ministerio porque ante la pandemia, se realizaron una serie de encuentros para desplegar un plan de tareas en los comercios con el fin de llevar tranquilidad a la población y garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención de la COVID-19.

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En algunos casos, los controles derivaron en sanciones por incumplimiento. En este caso se labraron actas por irregularidades en los precios establecidos por la Nación. Como autoridad de aplicación, la Subsecretaría actuó clausurando supermercados en la capital y el interior provincial, fundamentalmente en casos donde se detectaron productos vencidos y se decomisaron alcohol en gel de dudosa procedencia.

 

Los locales de cobranzas extrabancarias también fueron apercibidos por el organismo. Tras recibir denuncias por cobros de plus, cargos o adicionales los agentes públicos realizaron controles y detectaron incumplimientos y labraron actas de infracción para desalentar las prácticas abusivas.

 

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En Paso de la Patria y Mburucuyá se verificó el cumplimiento del régimen de Precios Máximos y al identificar productos que se vendían a valores superiores y se labraron actas de infracción.

 

Desde agosto rige la nueva etapa del programa Precios Cuidados y en Corrientes se aplica en las sucursales de las cadenas nacionales. En sus recorridas, los agentes detectaron faltantes y labraron actas de infracción.

 

La gestión de Ahmar incluyó también este año una capacitación a trabajadores de delegaciones de Defensa del Consumidor de Ituzaingó y Gobernador Virasoro. El objetivo del evento fue brindar mejor atención y asesoramiento al público.

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Otro de los puntos fuertes del 2020 fue el lanzamiento de la aplicación para teléfonos celulares Precios Correntinos, la cual permite constatar el valor de los productos contemplados por el programa nacional Precios Máximos. La app posee una solicitud para realizar denuncias anónimas, ante las irregularidades que se puedan presentar.

 

Este año la Justicia confirmó las multas aplicadas por la Subsecretaría de Comercio. El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó las sanciones en causas iniciadas de oficio por el organismo para dar respuesta a reclamos realizados por consumidores. Los fallos fueron resueltos por unanimidad.

 

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Ya en el cierre del año, Comercio estuvo ocupado en un trabajo articulado para lograr una tienda virtual para comerciantes y artesanos. El ministro Schiavi; el subsecretario Ahmar, y el gerente de APICC, Carlos Vasallo, dialogaron sobre el Plan de Transformación Digital dirigida a comerciantes y artesanos correntinos. La pandemia aceleró el proceso de digitalización de la compra-venta, por lo cual se proyecta una herramienta de comercio electrónico.

 

 

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Política

Corrientes 2030. Recta final por una década de objetivos consensuados

PLAN ESTRATÉGICO PARTICIPATIVO

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“Tenemos que pensar y planificar la Corrientes del 2030”, dijo el gobernador Gustavo Valdés cuando presentó en octubre pasado el Plan Estratégico Participativo que lleva adelante la elaboración del Nuevo Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social. Desde entonces, se concretaron decenas de charlas y talleres virtuales abiertos con miles de participantes, en los cuales se recolectaron cientos de propuestas sobre Desarrollo, Modernización, Inclusión y Género. Ahora, se preparan entrevistas a diversos referentes y talleres de consultas para culminar en la redacción final del acuerdo que se espera firmar en abril próximo. De esta forma, el Mandatario planteó “mirar hacia adelante con objetivos claros, definidos y consensuados por todos”.


El equipo técnico Corrientes 2030 procesa las propuestas que se aportaron en los talleres virtuales que convocaron recientemente a unas 6 mil personas de toda la provincia. Es así que se logró recoger una importante cantidad de ideas y aspiraciones de los muy diversos sectores de la sociedad, las cuales se pondrán a disposición para la redacción del Nuevo Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social.

 

“Corrientes 2030 es un espacio de diálogo, trabajo conjunto y planificación en el que miramos el mañana por fuera de la coyuntura”, indicó Valdés en una de sus publicaciones de redes sociales, sosteniendo que el mismo es “abierto y transparente con el foco puesto en el fortalecimiento de la participación ciudadana”.

 

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Con estas premisas, se realizaron a través de videoconferencias ocho charlas de sensibilización y 25 talleres participativos para las distintas regiones de la provincia, en los cuales participaron unas 6 mil personas, pertenecientes a diversos ámbitos de la sociedad. Los mismos se dividieron en los cuatro ejes de este plan estratégico: Desarrollo, Modernización, Inclusión y Género, concluyendo en el último destinado exclusivamente para jóvenes, el cual abordó estas cuatro temáticas.

 

En tanto, en las charlas de sensibilización que se realizaron previamente a los talleres, los ministros y otros funcionarios explicaron la tarea que llevan adelante desde sus respectivas áreas y la visión que guía sus pasos, en tal sentido.

 

Cabe señalar que para cada eje se convocaron especialistas en cada taller y fue así que para Desarrollo, los académicos Fabio Quetglas y Vicente Donato, remarcaron la importancia de establecer conectividad con países limítrofes para abrir nuevos mercados; mientras que en Modernización, el ingeniero Carlos Pallotti explicó su importancia para la economía y la transformación de la sociedad; luego, la socióloga Gabriela Agosto describió el rol de la educación y los gobiernos locales en la Inclusión; y en el eje Género, Julia Pomares (CIPPEC), planteó la necesidad de políticas públicas para una mayor inserción de la mujer en el ámbito laboral.

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Ahora, la siguiente etapa de este Plan Estratégico Participativo consiste en la realización de entrevistas en profundidad a distintos referentes, tanto de los sectores público como privado, las cuales tendrán a su cargo un equipo especializado del ámbito académico, durante el mes de febrero. La información que se obtenga de este trabajo se sumará al conjunto de propuestas obtenido de los talleres y con ello, el equipo técnico Corrientes 2030 redactará el primer borrador del Pacto.

 

Con este documento preliminar se realizará durante el mes de marzo una nueva ronda de talleres de consulta y validación, a fin de consensuar la versión definitiva con los municipios y los Consejos Regionales, en los cuales se nuclean diversas instituciones públicas y privadas, y que integran el Consejo Provincial para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social, órgano representativo con rango constitucional.

 

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Al respecto, Valdés señaló que “con la puesta en marcha del Plan Estratégico Participativo Corrientes 2030, abrimos las puertas para que cada uno de los correntinos y las correntinas puedan hacer su aporte a través de las organizaciones de la sociedad civil. Así, mediante los talleres virtuales participativos, recibimos cientos de ideas para impulsar el desarrollo, la modernización, la inclusión social, con un acento puesto en hacer efectivos los derechos de las mujeres y los jóvenes”.

 

 “Ahora vamos a procesar todas esas propuestas para que sean revisadas y ordenadas de cara a una nueva consulta”, afirmó luego, a fin de que “tengan el consenso necesario para que antes que finalice el PEP 2021, podamos firmar el Nuevo Pacto Correntino para el Desarrollo Económico y Social que guiará a nuestra provincia durante los próximos 10 años”. Cabe señalar que el primer Pacto fue firmado el 5 de diciembre de 2013 con Ricardo Colombi como gobernador, tras un proceso similar al que actualmente se lleva adelante con Valdés como principal impulsor y con la firme decisión política de rubricar este nuevo acuerdo en abril próximo.

 

“Cumplimos el primer paso”, había dicho el Mandatario en referencia al PEP 2021 cuando presentó el 16 de octubre pasado el nuevo Plan Estratégico Participativo, sosteniendo que “ahora tenemos que pensar y planificar la Corrientes del 2030”. Y consideró que este proceso “tiene que ver con proyectar el presupuesto a ese período: son los recursos que tenemos para crecer, desarrollarnos y para mirar hacia adelante, pero fundamentalmente para brindar calidad institucional con objetivos claros, definidos y consensuados por todos en una provincia que necesita tener definiciones de futuro”.

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