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Reunión con Ricardo Colombi

AMAS DE CASA

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El Sindicato de Amas de Casa de Corrientes se reunión esta mañana de miércoles con Ricardo Colombi, candidato a gobernador de Corrientes por Encuentro por Corrientes (ECO), en Ituzaingó 956 de la ciudad correntina. Ricardo asumió el compromiso de la creación de un Instituto Previsional para las Amas de Casa.


En una reunión donde estuvieron representantes de las “amas de casa” de gran parte de la provincia, se le explicó a Ricardo Colombi cual es el proyecto de Ley de Jubilación para las Amas de Casa. En la misma el candidato a gobernador no solo se comprometió a pedir a la Nación la devolución de los aportes realizados que “se fueron de la provincia” una vez que desaparecieron las AFJP, sino el apoyo para que SACRA, el sindicato que reúne a las amas de casa, tenga filiales en los 68 municipios correntinos. SINTESIS DEL PROYECTO DE LEY DE JUBILACION PARA LAS AMAS DE CASA DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, ELABORADO POR EL SACRA AMBITO DE APLICACIÓN – CONCEPTO – SISTEMAS Ama de Casa a toda persona de sexo femenino, cualquiera sea su estado civil, que realiza tareas de atención de su hogar como actividad principal.- LAS AMAS DE CASA PODRAN INGRESAR AL SISTEMA Jubilatorio autónomo que contemplará otorgarles: a) El beneficio jubilatorio con aportes. b) beneficio por invalidez total y permanente c) El beneficio jubilatorio sin aportes previos.- BENEFICIO JUBILATORIO ORDINARIO Tendrán derecho a la jubilación ordinaria las amas de casa que reúnan las siguientes condiciones: a) Haber cumplido los sesenta (60) años de edad; b) Haber efectuado los aportes mensuales igual al cinco por ciento (5%) del haber jubilatorio mínimo que otorgue el Instituto de Seguridad Social de la Provincia de Corrientes. Equivalente al 50% de 1 MOPRE ò $35.- Los aportes que se requieren como mínimo para gozar de los beneficios jubilatorios instituidos en la presente ley son los equivalentes a treinta (30) años y podrán ser depositados mensualmente, semestralmente o anualmente de acuerdo a sus posibilidades. Las afiliadas al presente Régimen podrán realizar pagos adelantados a fin de dar cumplimiento a este requisito. No gozar de ningún otro beneficio previsional en el ámbito de la Provincia, y o Nación. Este régimen jubilatorio no es incompatible con cualquier sistema de pensión por viudez. Las afiliadas al presente régimen que se conviertan circunstancialmente en trabajadoras con relación de dependencia tendrán derecho a acumular los aportes de ambas actividades laborales, lo que le dará derecho a obtener un mejor haber jubilatorio, siendo en todos los casos computables los aportes realizados con anterioridad. Tendrán derecho a percibir el 82% móvil de un salario mínimo vital y móvil vigente al momento del otorgamiento del beneficio. BENEFICIO JUBILATORIO POR INVALIDEZ ARTICULO 8º Quedarán también comprendidas dentro del presente régimen las amas de casa que padecieran de una invalidez total y permanente, cualquiera que fuera su edad, siempre que acredite cinco (5) años de aportes. En este caso la beneficiaria percibirá un haber equivalente al setenta por ciento (70%) de la jubilación ordinaria del salario mínimo vital y móvil vigente al momento del otorgamiento del beneficio. La apreciación de invalidez la efectuarán todos Hospitales Zonales de la Provincia mediante Junta Médica constituida al efecto. Para acceder al beneficio deberá acreditarse una invalidez no menor al 66% Los recursos para hacer efectivo el pago de la jubilación de las amas de casa se integrarán de los siguientes fondos: a) Con el aporte obligatorio que realizarán las afiliadas al presente régimen y con los fondos que se transfieran del sistema de reciprocidad jubilatorio, ANSES e IPS; b) Con otro género de recurso públicos o privados que el Poder Ejecutivo resuelva destinar al pago del presente beneficio.c) un fondo constituido por el 2% dos por ciento de lo producido en concepto de juegos de Lotería y Casinos y otros . BENEFICIO JUBILATORIO SIN APORTES PREVIOS Tendrán derecho a la jubilación sin aportes previos las amas de casa que reúnan las siguientes condiciones: a) Haber cumplido los cincuenta y cinco (55) años de edad a la fecha de promulgación y reglamentación de la presente ley , b) acreditar el ingreso de 30 años de aportes, bajo un sistema de aportes anticipados los que se podrán integrar, previa liquidación de la deuda en un plan de 1 a 60 cuotas debiendo tener abonado la 1º de las cuotas al momento de iniciar el trámite jubilatorio y el resto se descontarán automáticamente del haber mensual que perciba. El haber jubilatorio del ama de casa será equivalente al 60% del salario mínimo vital y móvil vigente al momento del otorgamiento del beneficio DERECHOS Y DEBERES LOS EFECTOS DEL ART. ANTERIOR Las aportantes a otros regímenes jubilatorios que dejaren de estar comprendidas en los mismos y reunieren los requisitos de esta Ley, podrán incorporarse a los beneficios de la presente en función de convenios de reciprocidad previsional. Observando la aprobación y cumplimiento de “prorrato tempore”. ARTICULO 15º: Los aportes jubilatorios y demás ingresos previstos por esta Ley serán depositados en una cuenta especial del Banco de la Provincia del Corrientes, sobre la OBRA SOCIAL Las Amas de Casa podrán adherir al Régimen Previsional Provincial a partir de los 18 años de edad.-Las amas de casa que adhieran al régimen previsional ingresarán además el 50 % de las cotizaciones necesarias para acceder a las prestaciones del Régimen de Salud que proveerá la Obra Social del Sindicato de Amas de Casa O.S.S.A.C.R.A. Mediante un aporte adicional podrán las amas de casa a su elección, incorporar a cada integrante de su grupo familiar primario. ORGANO DE APLICACION Se creará por ley el Instituto de Seguridad Social para las Amas de Casa de la Provincia, debiendo establecer la reglamentación respectiva, el funcionamiento y atención por parte del organismo señalado de este servicio previsional Directorio: Presidente, Vice, vocal activas, vocal pasiva , sindico, sindico por los afiliados El Instituto de Seguridad Social para la Amas de Casa de la Provincia percibirá y administrará los fondos que ingresen por efecto de esta Ley. Concederá los beneficios emergentes. Atenderá con ellos el pago de los beneficios acordados y los gastos de administración inherentes de la presente Ley, debiendo establecer la reglamentación respectiva, el funcionamiento y atención por parte del organismo señalado de este servicio previsional. Subsecretaría Previsional de las Amas de Casa como parte integrante del organigrama dependiente del Poder Ejecutivo Provincial. Será ejercida por persona designada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Sindicato de Amas de Casa de Corrientes, que tendrá la misión de promover e impulsar las herramientas legales en esta mencionada.- Órgano de contralor: A los efectos de la aplicación de la presente Ley se creará una Comisión Bicameral en el ámbito de la Legislatura de la Provincia de seguimiento del Sistema de Previsión Social para las Amas de Casa de Corrientes, que tendrá por objeto conocer y evaluar la situación económica financiera del Instituto de Seguridad Social para las Amas de Casa, con intervención de la Subsecretaría Previsional de las Amas de Casa.

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Presentan el Manual de Buenas Prácticas en cultivo y cosecha de té

RENATRE

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Este martes 15 de diciembre se realizará, de manera virtual, la presentación del “Manual de Buenas Prácticas en cultivo y cosecha de té”. El Registro Nacional de Trabajadores Rurales (Renatre), a través de las delegaciones de Misiones y Corrientes, cursaron invitación a participar del zoom planificado de 9 a 11, a través del sitio del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta).

 


El “Manual de Buenas Prácticas en cultivo y cosecha de té” fue elaborado en el marco de la Mesa Cuatripartita del Programa Nacional de Prevención de Riesgos (Pronapre), que integra RENATRE y que coordina la Superintendencia de Riesgos de Trabajo de la Nación.

 

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Las inscripciones deben realizarse previamente al mail: arndt.guillermo@inta.gob.ar. El temario de la presentación incluye: Programadas Nacionales de Prevención; Sistema de Riesgos de Trabajo; Buenas Prácticas Preventivas en la Actividad; y Normativa en Salud y Seguridad para el Sector. Y cada organismo participante de la elaboración del manual brindará detalles del trabajo realizado.

 

El RENATRE, junto a organismos nacionales y provinciales, trabaja permanentemente para desarrollar acciones concretas que permitan a trabajadores rurales y empleadores contar con más herramientas para mejorar sus condiciones de trabajo.

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Cerró el ciclo de capacitación a trabajadores yerbateros

RENATRE

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Con un excelente balance de participación y acompañamiento institucional, concluyó el ciclo de capacitaciones a trabajadores yerbateros organizado por la Delegación Corrientes del RENATRE (Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores). Garruchos, Garaví, San Carlos, Colonia Liebig y Gobernador Virasoro formaron parte del cronograma de actividades presenciales teórico –prácticas desarrolladas durante una semana.


RENATRE Corrientes organizó este ciclo en conjunto con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM), la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y las respectivas municipalidades.

 

El último tramo se cumplió en Colonia Liebig y Gobernador Virasoro, en cuyos cierres participaron las autoridades municipales locales, encabezadas por los intendentes de cada una de estas localidades, Lizardo González y Emiliano Fernández Recalde, respectivamente.

 

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Asistió también en uno de los tramos, Esteban Friedlmeyer, director del INyM en representación de la Corrientes, y dirigente de la Cooperativa Agrícola de Colonia Liebig.

 

Fueron más de 75 trabajadores rurales capacitados en estas cinco jurisdicciones del interior de la Provincia de Corrientes. El ciclo se cumplió con el protocolo COVID 19 y grupos de 15 trabajadores, conforme las autorizaciones de las respectivas intendencias en el marco de la prevención de contagios de la enfermedad.

 

La delegada provincial del registro, Mónica Arnaiz, destacó el éxito de las jornadas y el apoyo de las intendencias que valoran las acciones de capacitación ofrecidas por RENATRE, INTA, UATRE e INYM.

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El RENATRE lleva adelante capacitaciones en las diferentes actividades que lo requieran, e impulsa jornadas que permitan a los trabajadores rurales y empleadores contar con más herramientas para mejorar su inserción laboral y la producción.

 

 

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Continúa en Colonia Liebig y Virasoro la capacitación a yerbateros

CONCLUYÓ EN SAN CARLOS

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En el tramo final del ciclo de capacitaciones destinado a trabajadores yerbateros, la Delegación Corrientes del RENATRE (Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores) realizó el cierre en San Carlos y sigue hasta mañana en Colonia Liebig y Gobernador Virasoro.


Es una capacitación presencial teórico-práctica organizada en conjunto por el registro, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM), la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y las municipalidades donde se desarrollan.

 

La delegada provincial del RENATRE, Mónica Arnaiz, estuvo en las actividades desarrolladas en San Carlos. El cierre contó con la participación del viceintendente de la localidad, Diego Meabrio; el secretario de Gobierno municipal, Julio Flores; el director titular del INYM, Nelson Dalcolmo, junto con Víctor Comparín, también referente del Instituto; y los delegados de UATRE en la zona, Claudia Vidal y Sergio Greñuk, entre otros.

 

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Las jornadas se desarrollan con el protocolo COVID 19 y grupos de 15 trabajadores, conforme las autorizaciones de las respectivas intendencias en el marco de la prevención de contagios de la enfermedad.

 

El RENATRE desarrolla capacitaciones en las diferentes actividades que lo requieran, e impulsa jornadas que permitan a los trabajadores rurales y empleadores contar con más herramientas para mejorar su inserción laboral y la producción.

 

 

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