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Sociedad

Se realizó una nueva Audiencia Pública

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

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Ante un importante número de jubilados y pensionados presentes se realizó ayer jueves 30, en el salón del Instituto de Previsión Social, una nueva audiencia pública, correspondiente al presente mes de septiembre.


En la misma se trataron los siguientes temas: 1.- Resolución N° 2612/2004 de fecha 13 de septiembre/04 – Normativa para la liquidación de haberes previsionales a partir del mes de septiembre de 2004; 2.- Devolución sumas retenidas en haberes superiores a $ 1.000.- período marzo /00 a marzo/03: (Dto.Ley 12 y Modific.).- A partir del anuncio del gobernador de la Provincia de Corrientes el día 09/09/2004 – Fecha de inicio devolución: a determinar; Plazo máximo para la devolución total: 31 de diciembre de 2005 – Ya se ha presentado la información relacionada con la deuda ante las autoridades pertinentes. La deuda, equivalente al 66,67% a personas mayores de 80 años y 85% al resto, se recalculará y liquidará conjuntamente con los haberes mensuales, sin necesidad de realizar ningún trámite o solicitud. Se mantendrá además la vigencia de la Resolución IPS N° 0561/04 – Flujorama; 3.- Leyes y proyectos de Leyes Especiales y/o de Cómputos privilegiados: Opiniones. Participación de representantes de Centros y Asociaciones de Jubilados; Pensionados y Jubilados independientes. 4.- Incompatibilidad Art.29°: Ley 5582 – ya está en vigencia excepción a sanciones por incompatibilidades – 90 días de vigencia y por única vez – Mediante esta Ley- que habilita al IPS a reestablecer los beneficios Jubilatorios suspendidos por aplicación del Art. 29° de la Ley 4917, debiendo aplicarse en tal sentido, sobre los haberes reestablecidos, una deducción de hasta el 20% hasta alcanzar la suma de lo percibido en demaía. Todo jubilado provincial que estuviere en situación de incompatibilidad, tiene 90 días para exteriorizar su situación, sin perder el goce de sus haberes previsionales. Vencimiento el 01 de diciembre de 2004. RESOLUCIÓN Nº 2612/04 El interventor del Instituto de Previsión Social mediante Resolución Nº 2612, implementó la movilidad con los haberes de setiembre de 2.004, bajo las siguientes modalidades: a) suma fija remunerativa equivalente al 82% s/ $90,00 para jubilaciones ó 75 % s/ $ 73,80 para pensiones, en la medida que con dicho incremento, no supere un haber básico remunerativo de $ 1.000 (Pesos Mil), en cuyo caso se adicionará la suma remunerativa necesaria hasta alcanzar los Pesos Mil ($ 1.000); b) Suma fija no remunerativa, equivalente a la diferencia entre $ 370,00 (haber mínimo de bolsillo garantizado de acuerdo al artículo 4º del Decreto 1514) y la liquidación normal remunerativa luego de adicionarse lo establecido en inciso a) del presente artículo; c) El haber mínimo garantizado para afiliados comprendidos en el presente artículo es de $ 370,00. Asimismo en el artículo 2, implementó para los beneficiarios alcanzados por el Acuerdo Extraordinario Nº 2 de fecha 14 de mayo de 2.004 emanado del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes, la movilidad con los haberes de setiembre de 2004 adicionando un porcentaje equivalente al 10% (diez por ciento) al haber inicial determinado oportunamente, incremento que será remunerativo. Ratificó, en el artículo 3, lo dispuesto en el artículo 2º de la Res. IPS Nº 2314, respecto de futuras movilidades de personal en actividad perteneciente a cualquiera de los entes que establece el artículo número 20 de la Ley 4917. En el artículo 4, establece como haber mínimo con carácter remunerativo- a efectos del cálculo de cargos por aportes y contribuciones- del personal en actividad perteneciente a cualquiera de los entes comprendidos en el artículo Nº 20 de la Ley 4917, la suma de pesos trescientos cincuenta ($350,00). En correspondencia con dicha suma, se establece: a) Haber mínimo remunerativo de jubilación: $ 287,00; b) Haber mínimo remunerativo de pensión: $ 215,00. A efectos de claridad normativa y reglamentaria, se denomina “haber mínimo garantizado”-art. 1; inciso c)-: al haber inicial, deducido aportes personal para obra social y adicionado suma fija no remunerativa para alcanzar el mínimo garantizado, con abstracción de aportes personales en los cuales el organismo es agente de retención. A su vez, “haber mínimo remunerativo de jubilación-art 4, inciso a): Es el haber inicial determinado, equivalente al 82% del promedio de remuneraciones mensuales sujetos a aportes y contribuciones. “Haber mínimo remunerativo de pensión” art. 4, inciso b)- Es el equivalente al 75% del haber mínimo remunerativo de jubilación.

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Sociedad

Canteros entregó distinción a los autores de la Marcha a Belgrano

“HACEDORES DEL BIEN COMÚN”

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El vicegobernador, Gustavo Canteros hizo entrega del reconocimiento “Hacedores del Bien Común” a Thierry Calderón de la Barca y Silvia Beatriz Romero, autores de la marcha al General Manuel Belgrano llamada “Forjado en bronce y macerado en plata”.


“Es loable el trabajo que desempeñaron estos docentes al destacar la figura de uno de nuestros próceres, un hombre inmenso como fue el General Manuel Belgrano, que en 1810 durante la campaña hacia el Paraguay pasó por Corrientes y fundó dos pueblos: Curuzú Cuatiá, Concepción de Yaguareté Corá”, expresó Canteros y destacó “la creatividad y el compromiso de Thierry Calderón de la Barca y Silvia Romero, de crear una marcha para homenajearlo”.

 

Durante el acto de entrega de la distinción los autores intercambiaron sus experiencias y anécdotas del proceso creativo y la repercusión que ha tenido. También se refirieron a las experiencias y desafíos en el ámbito educativo durante este año y las dificultades por las que atravesaron los alumnos y sus familias en momentos de pandemia.

 

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Vale recordar que la marcha “Forjado en bronce y macerado en plata”, que ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados, se encuentra en la Cámara de Senadores para su tratamiento. La aprobación permitirá que la misma se incorpore al Himnario Oficial.

 

Thierry Calderón de la Barca es dramaturgo, poeta, narrador y pedagogo de teatro. Es docente de la Escuela Nº 1 "Juana Manso" y en el Colegio Polimodal "Presidente Hipólito Irigoyen". Tiene en su haber premios nacionales e internacionales y diversas publicaciones, siempre referidas a la temática regional y sus personajes. Y fue el autor de la letra de la marcha.

 

Silvia Romero es bachiller con orientación docente, Profesora de Música en Enseñanza Primaria, Profesora Secundaria en especialización de piano y Post-título en Educación Musical, títulos docentes obtenidos dentro y fuera de la provincia. Es la compositora de esta esta canción patria en honor a Manuel Belgrano. Ejerce en las Escuelas Técnicas Nº 1 "Juana Manso" y Nº 2 "Bernardino Rivadavia", como así también en San Luis del Palmar.

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El reconocimiento Hacedores del Bien Común se otorga a los ciudadanos y ciudadanas y ONGs que contribuyen a la sociedad, con actividades solidarias y creativas.

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Sociedad

Valdés firmó un acuerdo con el intendente de Ituzaingó por regalías de Yacyretá

“HACEDORES DEL BIEN COMÚN”

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El gobernador Gustavo Valdés firmó un acuerdo con el intendente de Ituzaingó, Eduardo Burna. El mandatario provincial informó que la rúbrica se vincula a "una deuda histórica de la Nación" por las regalías de Yacyretá. De este modo, "finalizamos con 10 años de gestiones para que reconozcan un derecho de Corrientes", sostuvo luego, indicando que también hará lo propio con Isla Apipé y Villa Olivari.


“Es loable el trabajo que desempeñaron estos docentes al destacar la figura de uno de nuestros próceres, un hombre inmenso como fue el General Manuel Belgrano, que en 1810 durante la campaña hacia el Paraguay pasó por Corrientes y fundó dos pueblos: Curuzú Cuatiá, Concepción de Yaguareté Corá”, expresó Canteros y destacó “la creatividad y el compromiso de Thierry Calderón de la Barca y Silvia Romero, de crear una marcha para homenajearlo”.

 

Durante el acto de entrega de la distinción los autores intercambiaron sus experiencias y anécdotas del proceso creativo y la repercusión que ha tenido. También se refirieron a las experiencias y desafíos en el ámbito educativo durante este año y las dificultades por las que atravesaron los alumnos y sus familias en momentos de pandemia.

 

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Silvia Romero es bachiller con orientación docente, Profesora de Música en Enseñanza Primaria, Profesora Secundaria en especialización de piano y Post-título en Educación Musical, títulos docentes obtenidos dentro y fuera de la provincia. Es la compositora de esta esta canción patria en honor a Manuel Belgrano. Ejerce en las Escuelas Técnicas Nº 1 "Juana Manso" y Nº 2 "Bernardino Rivadavia", como así también en San Luis del Palmar.

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Sociedad

El Consejo Hídrico Federal prorrogó la elección de autoridades

“HACEDORES DEL BIEN COMÚN”

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Se realizó de manera virtual, la Asamblea Ordinaria N° 36 del Consejo Hídrico Federal (COHIFE) donde se aprobó la propuesta de prorrogar la elección de autoridades 2020-2021 hasta la próxima Asamblea Ordinaria de mayo de 2021, donde la provincia de Corrientes integra el Comité Ejecutivo.


“Es loable el trabajo que desempeñaron estos docentes al destacar la figura de uno de nuestros próceres, un hombre inmenso como fue el General Manuel Belgrano, que en 1810 durante la campaña hacia el Paraguay pasó por Corrientes y fundó dos pueblos: Curuzú Cuatiá, Concepción de Yaguareté Corá”, expresó Canteros y destacó “la creatividad y el compromiso de Thierry Calderón de la Barca y Silvia Romero, de crear una marcha para homenajearlo”.

 

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